Test: Derecho Penal. El delito. Concepto y grados de ejecución. Circunstancias modificativas. Las penas

10 preguntas tipo test de Ertzaintza

Tema 22 Título Preliminar del Código Penal

Test de este tema · también cubre los Temas 23, 24, 25 y 26

Fuente oficial: BOPV núm. 226, de 24-11-2025, anexo I · Temario comprobado el 27/09/2026

Ver temario oficial y fuentes

Tema 22: Título Preliminar del Código Penal. De las garantías penales y de la aplicación de la Ley Penal.

Tema 23: De los delitos (artículo 10 a 18 CP).

Tema 24: De las causas que eximen de la responsabilidad criminal (artículos 19 y 20 CP).

Tema 25: De las circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad criminal (artículo 21 y 22 CP).

Tema 26: De las personas criminalmente responsable de los delitos (artículo 27 a 30 CP).

Fuente: BOPV núm. 226, de 24-11-2025, anexo I.

Cada pregunta cita la norma en que se basa. ¿Has visto un error? Reportar un error · Cómo revisamos

Test de este tema
10 preguntas

Al responder verás la explicación y la norma en que se basa cada pregunta.

Materia de estudio

Resumen de repaso redactado con ayuda de IA a partir de la normativa del tema. Ante cualquier duda, manda el texto publicado en el diario oficial.

El Derecho Penal es materia recurrente en los exámenes de la Escala Básica de la Ertzaintza. Este tema concentra los pilares dogmáticos del Código Penal (LO 10/1995, de 23 de noviembre): el concepto de delito, sus formas de ejecución incompleta, las circunstancias que modifican la responsabilidad y el sistema de penas. Dominar estos contenidos permite responder un bloque significativo de preguntas test con seguridad.

Marco normativo

  • Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (CP).
  • Libro I: Disposiciones generales (arts. 1 a 137).
  • Libro II: Delitos y sus penas (arts. 138 y ss.).

El CP es ley orgánica porque, conforme al art. 81 CE, las normas penales que desarrollan derechos fundamentales exigen esa forma. Su entrada en vigor se produjo el 24 de mayo de 1996.


El delito: concepto y clasificación

El art. 10 CP establece: «Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley».

Elementos que se extraen:

  • Acción u omisión: comportamiento humano, activo o pasivo.
  • Dolosas o imprudentes: el CP solo castiga conductas dolosas o, cuando expresamente se prevea, imprudentes (art. 12 CP).
  • Penadas por la ley: principio de legalidad (art. 1 CP).

Principio de legalidad

El art. 1 CP recoge que «no será castigada ninguna acción ni omisión que no esté prevista como delito por ley anterior a su perpetración». La analogía in malam partem está prohibida (art. 4.1 CP).

Clasificación de las infracciones penales

El art. 13 CP distingue:

  • Delitos graves: castigados con pena grave.
  • Delitos menos graves: castigados con pena menos grave.
  • Delitos leves: castigados con pena leve.

La calificación se determina por la pena prevista en abstracto (art. 13.4 CP). Cuando la pena sea alternativa, el delito se califica por la de mayor gravedad.

Atención: La reforma de 2015 (LO 1/2015) suprimió las faltas e introdujo los delitos leves. Ya no existe la categoría “falta” en el CP vigente.


Grados de ejecución del delito

Iter criminis

El CP regula las formas imperfectas de ejecución en los arts. 15 a 18.

Consumación

El delito está consumado cuando se realizan todos los elementos del tipo penal. Es la forma plena de ejecución.

Tentativa

El art. 16.1 CP define la tentativa: «Hay tentativa cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y sin embargo éste no se produce por causas independientes de la voluntad del autor».

Elementos clave:

  • Inicio de actos ejecutivos exteriores.
  • Resultado no producido por causas ajenas al autor.
  • Se castiga con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito consumado (art. 62 CP).

Desistimiento voluntario

El art. 16.2 CP establece que queda exento de responsabilidad penal quien voluntariamente desiste de la ejecución ya iniciada o impide la producción del resultado. Si hay varios partícipes, se aplica solo a quien desiste activamente (art. 16.3 CP).

Conspiración, proposición y provocación

Reguladas en los arts. 17 y 18 CP. Solo son punibles cuando la ley expresamente lo prevea (art. 17.3 y art. 18.2 CP).

  • Conspiración (art. 17.1 CP): dos o más personas se conciertan para ejecutar un delito y resuelven ejecutarlo.
  • Proposición (art. 17.2 CP): quien ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar.
  • Provocación (art. 18.1 CP): incitación directa a cometer un delito por medio que posibilite llegar a un número indeterminado de personas. Si la provocación va seguida de la comisión del delito, se castiga como inducción.

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Clasificación general

El CP regula tres tipos:

  1. Eximentes (art. 20 CP): excluyen la responsabilidad penal.
  2. Atenuantes (art. 21 CP): reducen la pena.
  3. Agravantes (art. 22 CP): aumentan la pena.
  4. Circunstancia mixta: parentesco (art. 23 CP), que puede atenuar o agravar según el delito.

Eximentes (art. 20 CP)

Las principales:

  • Anomalía o alteración psíquica (art. 20.1 CP).
  • Estado de intoxicación plena por alcohol u otras sustancias, si no fue buscado para delinquir (art. 20.2 CP).
  • Alteración en la percepción desde el nacimiento o la infancia (art. 20.3 CP).
  • Legítima defensa (art. 20.4 CP): requiere agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado y falta de provocación suficiente.
  • Estado de necesidad (art. 20.5 CP): el mal causado no debe ser mayor que el que se trata de evitar.
  • Miedo insuperable (art. 20.6 CP).
  • Cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo (art. 20.7 CP).

Atenuantes (art. 21 CP)

  • Causas análogas a las eximentes incompletas (art. 21.1 CP).
  • Grave adicción a sustancias (art. 21.2 CP).
  • Actuación por arrebato u obcecación (art. 21.3 CP).
  • Confesión a las autoridades antes de conocer la apertura del procedimiento (art. 21.4 CP).
  • Reparación del daño o disminución de sus efectos (art. 21.5 CP).
  • Dilaciones indebidas extraordinarias (art. 21.6 CP).
  • Análoga significación a las anteriores (art. 21.7 CP).

Agravantes (art. 22 CP)

Las más preguntadas:

  • Alevosía (art. 22.1ª CP): asegurar la ejecución sin riesgo para el autor.
  • Disfraz, abuso de superioridad, aprovechamiento de circunstancias (art. 22.2ª CP).
  • Precio, recompensa o promesa (art. 22.3ª CP).
  • Motivos discriminatorios por razón de raza, ideología, orientación sexual, etc. (art. 22.4ª CP).
  • Ensañamiento (art. 22.5ª CP): aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento.
  • Abuso de confianza (art. 22.6ª CP).
  • Prevalerse del carácter público del culpable (art. 22.7ª CP).
  • Reincidencia (art. 22.8ª CP): condena firme anterior por delito del mismo Título del CP y de la misma naturaleza.

Circunstancia mixta de parentesco (art. 23 CP)

Puede atenuar o agravar según la naturaleza del delito y el vínculo entre autor y víctima (cónyuge, pareja de hecho, ascendientes, descendientes, hermanos).


Las penas

Clasificación por naturaleza (art. 32 CP)

  • Privativas de libertad: prisión, localización permanente, responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa (art. 35 CP).
  • Privativas de otros derechos (art. 39 CP): inhabilitación, suspensión, privación del derecho a conducir, etc.
  • Multa (art. 50 CP): sistema de días-multa.

Clasificación por gravedad (art. 33 CP)

Penas graves (art. 33.2 CP):

  • Prisión superior a 5 años.
  • Inhabilitación absoluta.
  • Inhabilitación especial superior a 5 años.
  • Suspensión de empleo superior a 5 años.
  • Privación del derecho a conducir superior a 8 años.

Penas menos graves (art. 33.3 CP):

  • Prisión de 3 meses a 5 años.
  • Inhabilitación especial de 3 meses a 5 años.
  • Multa de más de 2 meses.
  • Localización permanente de 1 día a 3 meses.

Penas leves (art. 33.4 CP):

  • Localización permanente de 1 a 30 días.
  • Multa de 1 a 2 meses.
  • Privación del derecho a conducir de 3 meses a 1 año.

Penas accesorias

El art. 54 CP regula la inhabilitación absoluta como accesoria cuando la pena principal es de prisión igual o superior a 10 años.


Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Tentativa: pena inferior en 1 o 2 grados (art. 62 CP).
  • Prisión: mínimo 3 meses, máximo general 20 años (art. 36 CP); casos especiales hasta 25, 30 o 40 años.
  • Multa: cuota diaria entre 2 y 400 euros (art. 50.4 CP).
  • Reincidencia: condena firme anterior por delito del mismo Título y misma naturaleza (art. 22.8ª CP).
  • Prisión permanente revisable: revisión obligatoria a los 25 años de cumplimiento efectivo (art. 92 CP).

Errores típicos del opositor

  • Confundir tentativa (resultado no producido por causas ajenas) con desistimiento (el autor para voluntariamente).
  • Creer que la conspiración siempre es punible: solo lo es cuando la ley lo prevea expresamente (art. 17.3 CP).
  • Situar la alevosía como agravante genérica y olvidar que también es elemento del tipo en el asesinato (art. 139 CP).
  • Confundir reincidencia (mismo Título y misma naturaleza) con multirreincidencia (art. 66.1.5ª CP), que permite superar el límite de la mitad superior.
  • Pensar que las faltas siguen existiendo: fueron suprimidas por LO 1/2015.

Trucos mnemotécnicos

  • “Las eximentes son 7”: recuérdalas con “A-I-A-L-N-M-C” → Anomalía, Intoxicación, Alteración percepción, Legítima defensa, Necesidad, Miedo, Cumplimiento deber.
  • “ADARE-RA” para atenuantes del art. 21: Adicción, Arrebato, Reparación, Dilaciones, Eximentes incompletas, Reconocimiento (confesión), Análoga.
  • Tentativa = causas AJENAS; Desistimiento = voluntad PROPIA: la diferencia es quién para el delito.
  • Para recordar que la multa va de 2 a 400 euros por cuota: “dos euros mínimo, cuatrocientos máximo” (art. 50.4 CP).

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según el Código Penal español, ¿cuál es la definición legal de delito?

    • A) Las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley
    • B) Las conductas contrarias al orden público sancionadas administrativamente
    • C) Los comportamientos antisociales tipificados como infracciones graves
    • D) Las acciones dolosas que causen un daño efectivo a terceros

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 10

  2. ¿A partir de qué edad se considera que una persona tiene plena responsabilidad penal según el Código Penal?

    • A) 18 años
    • B) 16 años
    • C) 21 años
    • D) 14 años

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 19

  3. En relación con la tentativa de delito, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta según el Código Penal?

    • A) La tentativa se castiga siempre con la misma pena que el delito consumado
    • B) Hay tentativa cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y sin embargo éste no se produce por causas independientes de la voluntad del autor
    • C) Hay tentativa cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos los actos que objetivamente deberían producir el resultado
    • D) La tentativa solo es punible en los delitos dolosos graves con pena superior a tres años

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 16.1

  4. ¿Cuál es la circunstancia agravante genérica que se refiere a ejecutar el hecho con alevosía?

    • A) Ejecutar el hecho con disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas
    • B) Ejecutar el hecho empleando medios, modos o formas en la ejecución que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido
    • C) Ejecutar el hecho mediante precio, recompensa o promesa
    • D) Ejecutar el hecho con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 22.1ª

  5. Según el Código Penal, ¿cuándo se aprecia la circunstancia mixta de parentesco?

    • A) Únicamente cuando el agraviado sea cónyuge del ofensor
    • B) Ser el agraviado cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente
    • C) Solo en los casos de ascendientes y descendientes por naturaleza
    • D) Cuando exista cualquier tipo de relación familiar hasta el cuarto grado

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 23

  6. ¿Cuál de las siguientes NO es una pena privativa de libertad según el Código Penal?

    • A) Inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo
    • B) Prisión
    • C) Localización permanente
    • D) Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 35 y 39

  7. ¿Cuál es la duración mínima y máxima de la pena de prisión según el Código Penal?

    • A) Mínimo 3 meses y máximo 20 años
    • B) Mínimo 1 mes y máximo 30 años
    • C) Mínimo 15 días y máximo 15 años
    • D) Mínimo 6 meses y máximo 25 años

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 36

  8. En relación con las circunstancias atenuantes, ¿cuál de las siguientes es una atenuante muy cualificada según el Código Penal?

    • A) La de obrar por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación
    • B) La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número anterior
    • C) Las causas expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurran todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos
    • D) Haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 21.1ª

  9. ¿Cuál es el efecto de las circunstancias agravantes en la determinación de la pena?

    • A) Permiten imponer la pena en su mitad superior
    • B) Duplican la pena establecida para el delito
    • C) No tienen efecto específico, quedan al arbitrio del juez
    • D) Aumentan la pena en un grado

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 66.1.2ª

  10. ¿Qué establece el Código Penal respecto a la punibilidad de la conspiración, proposición y provocación para delinquir?

    • A) Solo son punibles cuando se trate de delitos graves
    • B) Son punibles en todos los casos como formas de participación
    • C) Son punibles únicamente cuando se refieran a delitos contra la seguridad del Estado
    • D) La conspiración y proposición para delinquir solo serán punibles en los casos especialmente previstos en la ley

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 17.1