Materia de estudio
Resumen de repaso redactado con ayuda de IA a partir de la normativa del tema. Ante cualquier duda, manda el texto publicado en el diario oficial.
Este tema es uno de los más preguntados en la oposición a la Escala Básica de la Ertzaintza. Abarca los cuatro grandes pilares institucionales del Estado español tal como los configura la Constitución Española de 1978 (CE). El opositor debe dominar artículos concretos, plazos, mayorías y la distribución de funciones entre órganos.
Marco normativo
- Constitución Española de 1978, publicada en el BOE de 29 de diciembre de 1978.
- Título II: La Corona (arts. 56–65)
- Título III: Las Cortes Generales (arts. 66–96)
- Título IV: El Gobierno y la Administración (arts. 97–107)
- Título VI: El Poder Judicial (arts. 117–127)
La Corona
Forma política del Estado
El art. 1.3 CE establece que «la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria». No es una monarquía absoluta ni meramente constitucional: el Rey reina pero no gobierna; su actuación está sujeta al refrendo.
El Rey: funciones y estatuto
El art. 56.1 CE define al Rey como «Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia», árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones.
Funciones principales del Rey (arts. 62 y 63 CE):
- Sancionar y promulgar las leyes.
- Convocar y disolver las Cortes Generales (en los términos previstos en la CE).
- Convocar elecciones y referéndum.
- Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo.
- Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros.
- Conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones.
- Ser informado de los asuntos de Estado y presidir el Consejo de Ministros cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
- El mando supremo de las Fuerzas Armadas (art. 62.h CE).
- Acreditar a los embajadores y representar al Estado en las relaciones internacionales (art. 63 CE).
El refrendo
El art. 64 CE exige que los actos del Rey sean refrendados por el Presidente del Gobierno o, en su caso, por los ministros competentes. Sin refrendo, los actos del Rey carecen de validez. Excepción: los actos relativos a la Casa Real (nombramiento y relevo de los miembros civiles y militares de su Casa) no requieren refrendo.
Sucesión y regencia
- El art. 57.1 CE establece el orden de sucesión: primogenitura y representación, con preferencia del varón sobre la mujer en el mismo grado. Dato de examen: este criterio de preferencia del varón es el que figura en la CE vigente, aunque ha sido objeto de debate de reforma.
- La Regencia (art. 59 CE) se activa cuando el Rey es menor de edad o está inhabilitado. Corresponde en primer lugar al Regente designado en testamento o, en su defecto, al pariente mayor de edad más próximo a suceder.
- La tutela del Rey menor corresponde a la persona designada en testamento por el Rey difunto (art. 60 CE).
Las Cortes Generales
Composición y función
El art. 66.1 CE establece que «las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado». Sus funciones esenciales (art. 66.2 CE): ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban los Presupuestos Generales del Estado y controlan la acción del Gobierno.
El Congreso de los Diputados
- Compuesto por un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados (art. 68.1 CE). En la práctica: 350 diputados.
- Mandato de 4 años (art. 68.4 CE).
- Circunscripción electoral: la provincia (art. 68.2 CE).
- Sistema electoral: representación proporcional.
El Senado
- Es la Cámara de representación territorial (art. 69.1 CE).
- Mandato de 4 años (art. 69.6 CE).
- Los senadores se eligen por provincias (4 por provincia peninsular), islas y Comunidades Autónomas.
Mayorías relevantes — dato crítico de examen
- Mayoría simple: más votos a favor que en contra (procedimiento ordinario).
- Mayoría absoluta: mayoría de los miembros de la Cámara (mitad más uno del total).
- Mayoría de 3/5: reforma constitucional ordinaria (art. 167 CE), Defensor del Pueblo, miembros del Tribunal Constitucional.
- Mayoría de 2/3: reforma constitucional agravada (art. 168 CE).
El procedimiento legislativo
- La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso, al Senado, a las Asambleas de las CCAA y, en determinadas materias, a la iniciativa popular (art. 87 CE). La iniciativa popular requiere 500.000 firmas (art. 87.3 CE).
- Los Presupuestos Generales del Estado son elaborados por el Gobierno y aprobados por las Cortes (art. 134.1 CE). El Gobierno debe presentarlos antes del 1 de octubre de cada año (art. 134.3 CE).
La Diputación Permanente
El art. 78 CE prevé una Diputación Permanente en cada Cámara para velar por los poderes de las Cortes cuando estas no están reunidas (entre períodos de sesiones, o disueltas).
El Gobierno y la Administración
Composición y función
El art. 98.1 CE establece que «el Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley». El art. 97 CE atribuye al Gobierno la dirección de la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado.
Investidura del Presidente del Gobierno
- El Rey propone un candidato a través del Presidente del Congreso (art. 99.1 CE).
- El candidato expone su programa y solicita la confianza.
- Primera votación: mayoría absoluta del Congreso.
- Segunda votación (48 horas después): mayoría simple.
- Si no obtiene la confianza, se suceden nuevas propuestas. Si transcurren 2 meses desde la primera votación sin que ningún candidato obtenga la confianza, el Rey disuelve las Cámaras (art. 99.5 CE).
Cese del Gobierno
El Gobierno cesa (art. 101 CE):
- Tras la celebración de elecciones generales.
- En los casos de pérdida de confianza parlamentaria (moción de censura o cuestión de confianza).
- Por dimisión o fallecimiento del Presidente.
Moción de censura y cuestión de confianza
- Moción de censura (art. 113 CE): es constructiva (debe incluir un candidato alternativo). Requiere mayoría absoluta del Congreso para prosperar. La propone 1/10 parte de los diputados.
- Cuestión de confianza (art. 112 CE): la plantea el Presidente del Gobierno. Se aprueba por mayoría simple del Congreso.
El Poder Judicial
Principios fundamentales
El art. 117.1 CE proclama que «la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley».
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
- Es el órgano de gobierno del Poder Judicial (art. 122.2 CE).
- Compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo preside, y por 20 vocales.
- Mandato de los vocales: 5 años.
El Tribunal Supremo
- Es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes (art. 123.1 CE), salvo en materia de garantías constitucionales (donde el superior es el Tribunal Constitucional).
El Ministerio Fiscal
- El art. 124.1 CE establece que el Ministerio Fiscal tiene por misión «promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley».
- Actúa con autonomía funcional dentro del Poder Ejecutivo; no forma parte del Poder Judicial.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- Diputados: mínimo 300, máximo 400 (en la práctica, 350) — art. 68.1 CE.
- Mandato Congreso y Senado: 4 años — arts. 68.4 y 69.6 CE.
- Iniciativa legislativa popular: 500.000 firmas — art. 87.3 CE.
- Presentación de Presupuestos: antes del 1 de octubre — art. 134.3 CE.
- Plazo máximo sin investidura: 2 meses — art. 99.5 CE.
- Moción de censura: 1/10 de diputados para proponerla; mayoría absoluta para aprobarla — art. 113 CE.
- Vocales del CGPJ: 20 vocales + Presidente del TS — art. 122.2 CE.
- Mandato vocales CGPJ: 5 años — art. 122.3 CE.
Errores típicos del opositor
- Confundir mayoría absoluta (mitad más uno del total de miembros) con mayoría simple (más síes que noes en la votación).
- Creer que el Senado tiene las mismas funciones que el Congreso: el Senado es Cámara de representación territorial y tiene un papel secundario en el proceso legislativo ordinario.
- Atribuir al Rey funciones de gobierno: el Rey reina, no gobierna; sus actos requieren refrendo.
- Confundir el Tribunal Supremo con el Tribunal Constitucional: el TS es el superior en todos los órdenes jurisdiccionales ordinarios; el TC no forma parte del Poder Judicial (se regula en el Título IX CE).
- Situar al Ministerio Fiscal dentro del Poder Judicial: actúa con autonomía funcional pero no pertenece a él.
Trucos mnemotécnicos
- “El Rey SANCIONA, PROMULGA y CONVOCA”: las tres acciones más preguntadas del art. 62 CE.
- “300-400-350”: mínimo, máximo y número real de diputados.
- “2 meses sin Rey-Presidente = disolución”: si nadie es investido en 2 meses, el Rey disuelve las Cámaras.
- “Moción = Constructiva + Absoluta”: la moción de censura siempre lleva candidato alternativo y necesita mayoría absoluta.
- “CGPJ = 20 + 1 (el Presidente del TS) = 5 años”: composición y mandato del órgano de gobierno del Poder Judicial.
- “Fiscal: defiende la LEY, no al Gobierno”: el Ministerio Fiscal defiende la legalidad y los derechos ciudadanos, con autonomía funcional.