Test: Investigacion de accidentes de trafico. Diligencias policiales. El informe tecnico de accidentes

10 preguntas — Policía Local

Este test de Investigacion de accidentes de trafico. Diligencias policiales. El informe tecnico de accidentes contiene 10 preguntas tipo examen para la oposicion de Policía Local - Temario General. Cada pregunta incluye la referencia legal exacta (BOE) y una explicacion detallada de la respuesta correcta.

Pulsa Comenzar Test para responder de forma interactiva con correccion instantanea, o consulta las preguntas y respuestas en la seccion de referencia mas abajo.

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas tipo examen: Investigacion de accidentes de trafico. Diligencias policiales. El informe tecnico de accidentes

10 preguntas tipo test basadas en Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Pulsa Comenzar Test arriba para responder de forma interactiva y ver las respuestas correctas con explicacion legal.

Pregunta 1

Según el Real Decreto Legislativo 6/2015, ¿qué se entiende por accidente de tráfico?

  • A) Cualquier suceso del que resulten víctimas o daños materiales, producido con ocasión de la circulación
  • B) Solo los sucesos que produzcan víctimas mortales en la vía pública
  • C) Únicamente las colisiones entre dos o más vehículos a motor
  • D) Los sucesos que requieran intervención de los servicios de emergencia

Ref: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Art. 3 (BOE)

Pregunta 2

¿Cuál es la obligación de los agentes de la autoridad respecto a los accidentes de tráfico según la legislación vigente?

  • A) Solo intervenir cuando haya víctimas mortales
  • B) Auxiliar a las víctimas, restablecer la seguridad de la circulación e investigar los hechos
  • C) Únicamente regular el tráfico hasta la llegada de los servicios sanitarios
  • D) Elaborar el atestado solo si se lo solicitan los implicados

Ref: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Art. 51 (BOE)

Pregunta 3

En caso de accidente con víctimas, ¿cuál es la primera actuación que debe realizar la Policía Local?

  • A) Tomar fotografías del lugar del accidente
  • B) Identificar a todos los implicados en el accidente
  • C) Prestar auxilio a las víctimas y solicitar asistencia sanitaria
  • D) Delimitar la zona del accidente con conos y señales

Ref: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Art. 51.1 (BOE)

Pregunta 4

¿Qué elementos debe contener obligatoriamente el atestado de un accidente de tráfico?

  • A) Solo la identificación de los conductores y la descripción de los daños
  • B) Identificación de personas y vehículos, circunstancias del accidente, croquis y diligencias practicadas
  • C) Únicamente las declaraciones de los testigos presenciales
  • D) Solo el croquis del accidente y las fotografías del lugar

Ref: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, Art. 180 (BOE)

Pregunta 5

Según el Reglamento General de Circulación, ¿cuándo es obligatorio realizar el test de alcoholemia a los conductores implicados en un accidente?

  • A) Solo cuando el conductor presente síntomas evidentes de embriaguez
  • B) Únicamente en accidentes con víctimas mortales
  • C) En todos los accidentes de tráfico con víctimas
  • D) Solo cuando lo solicite expresamente el Ministerio Fiscal

Ref: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, Art. 21.2 (BOE)

Pregunta 6

¿Cuál es el plazo máximo para remitir el atestado de un accidente de tráfico al Juzgado competente?

  • A) 24 horas desde la ocurrencia del accidente
  • B) 72 horas desde la finalización de las diligencias
  • C) Una semana desde la fecha del accidente
  • D) 15 días naturales desde la instrucción del atestado

Ref: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Art. 51.3 (BOE)

Pregunta 7

En la investigación de accidentes de tráfico, ¿qué información debe recogerse obligatoriamente sobre los vehículos implicados?

  • A) Solo la matrícula y el color del vehículo
  • B) Matrícula, marca, modelo, número de bastidor, seguro y ITV
  • C) Únicamente los datos del seguro obligatorio
  • D) Solo la documentación que porte el conductor en el momento

Ref: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, Art. 180.1 (BOE)

Pregunta 8

¿Cuál es la finalidad principal del croquis en el informe técnico de accidentes de tráfico?

  • A) Sustituir completamente a las fotografías del lugar
  • B) Representar gráficamente la posición de vehículos, señales y elementos relevantes
  • C) Calcular matemáticamente la velocidad de los vehículos
  • D) Determinar exclusivamente las responsabilidades civiles

Ref: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, Art. 180.2 (BOE)

Pregunta 9

En caso de accidente mortal, ¿qué autoridad debe ser comunicada inmediatamente además del Juzgado de Guardia?

  • A) Solo el Ministerio Fiscal
  • B) El Juzgado de Instrucción y el Ministerio Fiscal
  • C) Únicamente la Dirección General de Tráfico
  • D) Solo el Jefe Provincial de Tráfico

Ref: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Art. 51.2 (BOE)

Pregunta 10

¿Qué medidas de conservación de indicios debe adoptar la Policía Local en el lugar del accidente?

  • A) Solo fotografiar los vehículos implicados
  • B) Señalizar, medir distancias, fotografiar, recoger muestras y proteger huellas
  • C) Únicamente mover los vehículos para restablecer la circulación
  • D) Solo tomar declaración a los testigos presenciales

Ref: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, Art. 180.3 (BOE)