Test: Normativa de trafico. La Ley sobre Trafico, Circulacion de Vehiculos a Motor y Seguridad Vial. Ambito de aplicacion

10 preguntas tipo examen para Policía Local — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 18 es uno de los pilares del temario de Policía Local: la normativa de tráfico es la herramienta de trabajo diaria del agente y aparece de forma recurrente en los exámenes. Conocer el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 6/2015 es imprescindible para responder correctamente las preguntas sobre competencias, definiciones y principios generales.

Marco normativo

La norma de referencia es el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante, TRLTSV o LSV).

  • Es un texto refundido: el Gobierno lo aprobó por delegación legislativa de las Cortes Generales, refundiendo normas anteriores en un único cuerpo legal.
  • Deroga expresamente el Real Decreto Legislativo 339/1990, que era la anterior Ley de Tráfico.
  • Se complementa con el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003) y el Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998), entre otros.

Estructura del texto refundido

El TRLTSV se organiza en:

  • Título Preliminar: objeto, ámbito de aplicación y definiciones (arts. 1-3).
  • Título I: Competencias administrativas (arts. 4-10).
  • Título II: Normas de circulación (arts. 11-50).
  • Título III: Vehículos (arts. 51-75).
  • Título IV: Conductores (arts. 76-100).
  • Título V: Seguridad vial (arts. 101-108).
  • Título VI: Régimen sancionador (arts. 109-173).

El examen se centra especialmente en el Título Preliminar y en el Título I (competencias), por su relación directa con la función del Policía Local.

Conceptos clave

Objeto de la ley

El art. 1 TRLTSV establece que la ley tiene por objeto regular la circulación de vehículos a motor y ciclomotores por las vías o terrenos a que se refiere su ámbito de aplicación, así como la seguridad vial.

Ámbito de aplicación territorial

El art. 2 TRLTSV delimita el ámbito de aplicación. La ley se aplica en todo el territorio nacional y regula la circulación en:

  • Vías o terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos.
  • Vías o terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

Exclusiones expresas del art. 2 TRLTSV:

  • Las vías o terrenos privados de acceso restringido (uso exclusivo de sus titulares o de personas autorizadas).

Este punto es muy preguntado: la clave está en la expresión “colectividad indeterminada de usuarios”. Si el terreno privado es accesible al público en general (por ejemplo, un aparcamiento de un centro comercial abierto), la ley sí se aplica. Si el acceso está restringido a personas concretas, no.

Definiciones relevantes (Anexo I del TRLTSV)

El TRLTSV incluye un Anexo I con definiciones. Las más preguntadas en exámenes:

  • Vía pública: vía o terreno por el que existe derecho de circulación abierto al uso público.
  • Vía urbana: la situada dentro de poblado.
  • Vía interurbana: la situada fuera de poblado.
  • Conductor: persona que maneja el mecanismo de dirección o va al mando de un vehículo.
  • Peatón: persona que circula a pie por la vía.
  • Vehículo de motor: vehículo provisto de motor para su propulsión, excepto los ciclomotores, los tranvías y los vehículos para personas de movilidad reducida.
  • Ciclomotor: vehículo de dos o tres ruedas con velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h y con determinadas características de motor.

Competencias: Estado, Comunidades Autónomas y Municipios

El Título I (arts. 4 a 10) distribuye competencias entre las distintas Administraciones. Este reparto es muy preguntado.

Competencias del Estado (art. 5 TRLTSV):

  • Regulación de las condiciones básicas de la circulación.
  • Matriculación, homologación y reforma de vehículos.
  • Concesión y revisión de permisos y licencias de conducción.
  • Regulación y control del transporte de mercancías peligrosas.
  • Gestión del Registro de Conductores e Infractores.
  • Gestión del Registro de Vehículos.
  • Vigilancia y disciplina del tráfico en vías interurbanas (Guardia Civil de Tráfico).

Competencias de las Comunidades Autónomas:

  • Las que les hayan sido transferidas o delegadas por el Estado.
  • Algunas CC. AA. tienen transferida la gestión del tráfico en su territorio (por ejemplo, el País Vasco y Cataluña tienen sus propios cuerpos de tráfico).

Competencias de los Municipios (art. 7 TRLTSV):

Este artículo es especialmente relevante para el Policía Local. Los municipios tienen competencia para:

  • Ordenación y control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad.
  • Regulación mediante ordenanza municipal de circulación.
  • Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
  • Autorización de pruebas deportivas en vías urbanas.
  • Realización de pruebas de alcoholemia.
  • Sanción de las infracciones a sus propias ordenanzas y a los preceptos de la ley cuya vigilancia les corresponda.

Distinción clave para el examen:

  • La Guardia Civil de Tráfico vigila las vías interurbanas (carreteras).
  • La Policía Local vigila las vías urbanas (dentro del municipio).
  • Ambos cuerpos pueden actuar en colaboración, pero el ámbito ordinario de cada uno está claramente delimitado.

Principio de colaboración y coordinación

El art. 4 TRLTSV establece que las Administraciones Públicas con competencias en materia de tráfico deben actuar con arreglo a los principios de colaboración, coordinación y lealtad institucional.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Velocidad máxima del ciclomotor: 45 km/h por construcción (Anexo I TRLTSV).
  • Ámbito de aplicación: vías públicas + vías privadas de uso por colectividad indeterminada (art. 2).
  • Competencia municipal: art. 7 TRLTSV (número de artículo muy preguntado).
  • Competencia estatal: art. 5 TRLTSV.
  • Fecha de aprobación del TRLTSV: 30 de octubre de 2015.

Errores típicos del opositor

  • Confundir el ámbito de aplicación: creer que la ley solo se aplica en vías públicas. La ley también se aplica en vías privadas si son de uso por colectividad indeterminada (art. 2).
  • Atribuir al Policía Local competencias interurbanas: el Policía Local actúa en vías urbanas; la vigilancia interurbana corresponde ordinariamente a la Guardia Civil de Tráfico.
  • Confundir el TRLTSV con el Reglamento General de Circulación: el RD 1428/2003 desarrolla la ley, pero no es la ley. Las preguntas sobre el ámbito de aplicación se anclan en el TRLTSV.
  • Creer que el texto refundido es una ley nueva: es una refundición de normas preexistentes, aprobada por delegación legislativa. No introduce contenido radicalmente nuevo, sino que ordena y sistematiza.
  • Olvidar el Anexo I: las definiciones del Anexo I tienen valor normativo y son fuente directa de preguntas tipo test.

Trucos mnemotécnicos

  • “6/2015 = Seis de Tráfico”: el RDL 6/2015 es el texto refundido de tráfico. El número 6 y el año 2015 van juntos.
  • Art. 7 = Municipios: el 7 es el artículo de los municipios. Recuerda: “7 letras tiene ALCALDE”.
  • Art. 5 = Estado: el 5 es el artículo del Estado. “5 = Estado Central”.
  • Colectividad indeterminada: piensa en el aparcamiento del supermercado. Entra cualquiera → la ley se aplica. Solo entra el dueño → la ley no se aplica.
  • Guardia Civil = carretera / Policía Local = ciudad: la C de Carretera va con la C de Civil; la C de Ciudad va con la L de Local.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. ¿Cuál es la denominación completa de la norma que regula el tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial en España?

    • A) Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
    • B) Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
    • C) Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
    • D) Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de tráfico

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Disposición final primera

  2. Según el artículo 2 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, ¿cuál es el ámbito de aplicación territorial de esta norma?

    • A) Se aplica en todo el territorio nacional, salvo en los territorios donde sea de aplicación la legislación especial
    • B) Se aplica únicamente en las vías públicas urbanas e interurbanas del territorio nacional
    • C) Se aplica exclusivamente en las carreteras estatales y autonómicas
    • D) Se aplica en todo el territorio nacional sin excepción alguna

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 2.1

  3. ¿Qué tipos de vías están incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley sobre Tráfico según su artículo 2?

    • A) Las vías públicas urbanas, interurbanas y las vías privadas destinadas al uso público
    • B) Únicamente las vías públicas urbanas e interurbanas
    • C) Todas las vías públicas y privadas sin distinción
    • D) Las autopistas, autovías y carreteras nacionales exclusivamente

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 2.2

  4. Según el artículo 1 del texto refundido, ¿cuál es el objeto principal de esta Ley?

    • A) La ordenación general del tráfico de vehículos a motor y ciclomotores por las vías públicas, así como la tipificación y sanción de las infracciones en materia de tráfico y seguridad vial
    • B) La regulación exclusiva del tráfico de vehículos a motor en autopistas y autovías
    • C) La tipificación de infracciones penales relacionadas con la conducción de vehículos
    • D) La ordenación del transporte público y privado de viajeros y mercancías

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 1

  5. ¿Qué establece el artículo 3 del texto refundido respecto a las competencias en materia de tráfico y seguridad vial?

    • A) Corresponden al Estado, las Comunidades Autónomas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias
    • B) Corresponden exclusivamente al Estado a través de la Dirección General de Tráfico
    • C) Corresponden únicamente a las Comunidades Autónomas y los Municipios
    • D) Corresponden exclusivamente a los Municipios en sus respectivos términos municipales

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 3.1

  6. Según el artículo 4 del texto refundido, ¿cuáles son las competencias del Estado en materia de tráfico y seguridad vial?

    • A) La ordenación general del tráfico, la normativa sobre vehículos, la formación vial y el Registro de Vehículos, entre otras
    • B) Únicamente la regulación del tráfico en autopistas y autovías de titularidad estatal
    • C) Exclusivamente la expedición de permisos de conducir y licencias de conducción
    • D) Solo la tipificación de infracciones muy graves en materia de tráfico

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 4

  7. ¿Qué tipo de vehículos quedan excluidos del ámbito de aplicación de la Ley según su artículo 2?

    • A) Los que circulen por vías que no estén destinadas al uso público
    • B) Los vehículos de emergencia cuando circulen en servicio urgente
    • C) Los ciclomotores de menos de 50 cc
    • D) Los vehículos agrícolas cuando circulen por vías urbanas

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 2.2

  8. Según el artículo 5 del texto refundido, ¿cuáles son las competencias de las Comunidades Autónomas en materia de tráfico?

    • A) La ejecución de la legislación del Estado en las vías interurbanas de su titularidad y la gestión del procedimiento sancionador
    • B) La regulación completa del tráfico en todo su territorio autonómico
    • C) Únicamente la señalización de las carreteras autonómicas
    • D) Solo la inspección técnica de vehículos en su territorio

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 5

  9. ¿Qué establece el artículo 7 del texto refundido sobre las competencias municipales en materia de tráfico?

    • A) La regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías urbanas de su titularidad
    • B) Únicamente la vigilancia del tráfico mediante la Policía Local
    • C) Solo la señalización de las vías urbanas de su titularidad
    • D) Exclusivamente la imposición de sanciones por infracciones leves

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 7.1

  10. Según el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, ¿qué se entiende por vía pública?

    • A) Toda vía de dominio y uso público destinada a la circulación, así como sus zonas de servicio
    • B) Únicamente las carreteras estatales, autonómicas y provinciales
    • C) Solo las vías urbanas dentro del casco urbano de los municipios
    • D) Exclusivamente las autopistas y autovías de peaje

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 2