Test: Derecho Penal. El delito. Concepto, grados de ejecucion y participacion. Circunstancias modificativas. Las penas

10 preguntas tipo examen para Policía Local — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Derecho Penal constituye una de las materias nucleares del temario de Policía Local. El agente aplica diariamente categorías penales —delito, autoría, circunstancias modificativas— para valorar hechos, redactar atestados y actuar con proporcionalidad. Un error conceptual en el examen puede costar la plaza; un error en la calle puede costar una condena.

Marco normativo

La norma de referencia única para este tema es la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (en adelante, CP). Al ser ley orgánica, su aprobación, modificación y derogación exigen mayoría absoluta del Congreso (art. 81 CE). El CP ha sufrido numerosas reformas; la más relevante en estructura fue la operada por la LO 1/2015, que eliminó las faltas como categoría autónoma.


El delito: concepto y clasificación

El art. 10 CP define el delito como «las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley». Esta definición aporta tres elementos esenciales:

  • Acción u omisión: comportamiento humano, activo o pasivo.
  • Dolosas o imprudentes: el CP solo castiga el dolo y, excepcionalmente, la imprudencia cuando así lo prevea expresamente (art. 12 CP).
  • Penadas por la ley: principio de legalidad (art. 25 CE; art. 1 CP).

Clasificación de los delitos

El art. 13 CP clasifica los delitos según la pena prevista:

  • Delitos graves: castigados con pena grave (art. 33.2 CP).
  • Delitos menos graves: castigados con pena menos grave (art. 33.3 CP).
  • Delitos leves: castigados con pena leve (art. 33.4 CP).

Atención: desde la LO 1/2015 desaparecen las faltas. Todo pasa a ser delito leve, menos grave o grave.

Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse en dos categorías, el delito se califica por la pena superior (art. 13.4 CP).


Grados de ejecución del delito

El iter criminis (camino del delito) recorre varias fases. El CP solo castiga las siguientes:

Consumación

El delito está consumado cuando se realizan todos los elementos del tipo penal. Es el grado ordinario de punición.

Tentativa

Regulada en el art. 16 CP:

«Hay tentativa cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y sin embargo éste no se produce por causas independientes de la voluntad del autor.»

Claves para el examen:

  • La tentativa requiere actos exteriores de ejecución (no meros actos preparatorios).
  • El resultado no se produce por causas ajenas al autor.
  • Se distingue:
    • Tentativa acabada (delito frustrado en terminología anterior): el autor realiza todos los actos; el resultado no se produce.
    • Tentativa inacabada: el autor no llega a realizar todos los actos.
  • Los jueces rebajarán la pena en uno o dos grados respecto a la del delito consumado (art. 62 CP).

Desistimiento voluntario

El art. 16.2 CP establece que quedará exento de responsabilidad penal quien voluntariamente desista de la ejecución ya iniciada o impida la producción del resultado. Si ya participaron varios sujetos, el desistimiento solo exime a quien lo realiza.

Los actos preparatorios (conspiración, proposición, provocación) solo se castigan cuando la ley lo prevea expresamente (art. 17.3 y 18.2 CP).


Participación en el delito

Autoría

El art. 28 CP establece quiénes son considerados autores:

  1. Autor directo: quien realiza el hecho por sí solo.
  2. Coautor: quien lo realiza conjuntamente con otros.
  3. Autor mediato: quien lo realiza valiéndose de otro como instrumento.

El mismo art. 28 equipara a los autores —a efectos de pena— a:

  • Inductores: quienes inducen directamente a otro a ejecutar el hecho.
  • Cooperadores necesarios: quienes cooperan en su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.

Complicidad

El art. 29 CP define a los cómplices como quienes cooperan en la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos, pero no necesarios. La pena del cómplice es inferior en un grado a la del autor (art. 63 CP).

Cuadro comparativo (lista)

  • Autor directo → pena del tipo.
  • Coautor → pena del tipo.
  • Autor mediato → pena del tipo.
  • Inductor → pena del tipo (equiparado por art. 28).
  • Cooperador necesario → pena del tipo (equiparado por art. 28).
  • Cómplice → pena inferior en un grado (art. 63).

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Eximentes (art. 20 CP)

Excluyen totalmente la responsabilidad penal. Las más preguntadas:

  • Anomalía o alteración psíquica (art. 20.1).
  • Intoxicación plena por alcohol u otras sustancias (art. 20.2).
  • Legítima defensa (art. 20.4): requiere agresión ilegítima, necesidad racional del medio y falta de provocación suficiente.
  • Estado de necesidad (art. 20.5).
  • Miedo insuperable (art. 20.6).
  • Cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo (art. 20.7).

Eximentes incompletas

Cuando no concurren todos los requisitos de una eximente, el tribunal puede aplicar una atenuante cualificada y rebajar la pena en uno o dos grados (art. 21.1 en relación con art. 68 CP).

Atenuantes (art. 21 CP)

  • Grave adicción a sustancias del art. 20.2 (art. 21.2).
  • Obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato u obcecación (art. 21.3).
  • Confesión a las autoridades antes de conocer que el procedimiento se dirige contra el culpable (art. 21.4).
  • Reparación del daño o disminución de sus efectos (art. 21.5).
  • Dilaciones indebidas (art. 21.6).
  • Cualquier otra de análoga significación (art. 21.7).

Agravantes (art. 22 CP)

Las más preguntadas en test:

  • Alevosía (art. 22.1): asegurar la ejecución sin riesgo para el autor.
  • Disfraz (art. 22.2).
  • Abuso de superioridad (art. 22.2).
  • Precio, recompensa o promesa (art. 22.3).
  • Motivos discriminatorios por razón de raza, ideología, orientación sexual, etc. (art. 22.4).
  • Ensañamiento (art. 22.5): aumento deliberado e inhumano del sufrimiento.
  • Abuso de confianza (art. 22.6).
  • Prevalerse del carácter público del culpable (art. 22.7).
  • Reincidencia (art. 22.8): condena firme anterior por delito del mismo título del CP.

Circunstancia mixta: parentesco (art. 23 CP)

El parentesco puede atenuar o agravar según la naturaleza del delito.


Las penas

Clasificación por naturaleza (art. 32 y ss. CP)

  • Privativas de libertad: prisión, localización permanente, responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa (art. 35 CP).
  • Privativas de otros derechos: inhabilitaciones, suspensiones, privación del permiso de conducir, etc. (art. 39 CP).
  • Multa (art. 50 CP): sistema de días-multa. La cuota diaria tiene un mínimo de 2 euros y un máximo de 400 euros (art. 50.4 CP).

Clasificación por gravedad (art. 33 CP)

  • Penas graves: prisión superior a 5 años, inhabilitación absoluta, etc.
  • Penas menos graves: prisión de 3 meses a 5 años, multa superior a 3 meses, etc.
  • Penas leves: localización permanente de 1 día a 3 meses, multa de 1 a 3 meses, etc.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Cuota diaria de multa: mínimo 2 €, máximo 400 € (art. 50.4 CP).
  • Tentativa: rebaja de uno o dos grados (art. 62 CP).
  • Complicidad: pena inferior en un grado (art. 63 CP).
  • Prisión permanente revisable: revisión obligatoria a los 25 años de cumplimiento efectivo (art. 92 CP).
  • Legítima defensa: tres requisitos (agresión ilegítima, necesidad racional del medio, falta de provocación suficiente) — art. 20.4 CP.

Errores típicos del opositor

  • Confundir cooperador necesario (equiparado al autor, art. 28) con cómplice (pena inferior en un grado, art. 29). La clave es si el acto era o no necesario.
  • Creer que la tentativa incluye los actos preparatorios: no. Los actos preparatorios solo se castigan cuando la ley lo diga expresamente.
  • Aplicar la agravante de reincidencia sin comprobar que la condena anterior sea por delito del mismo título del CP (art. 22.8).
  • Olvidar que la imprudencia solo se castiga cuando la ley lo prevea expresamente (art. 12 CP): no existe imprudencia punible por defecto.
  • Confundir eximente (excluye la pena) con atenuante (reduce la pena).

Trucos mnemotécnicos

  • “DOLO o IMPRUDENCIA expresa” → recuerda el art. 10 y el art. 12: el CP castiga dolo siempre, imprudencia solo si la ley lo dice.
  • “AIN” para la legítima defensa → Agresión ilegítima, Instrumento necesario (necesidad racional), No provocación suficiente.
  • “AUTOR = pena llena; CÓMPLICE = pena menos uno” → art. 28 vs. art. 63.
  • “2-400” → los extremos de la cuota diaria de multa (art. 50.4 CP).
  • Para los agravantes del art. 22: “ADA-PRECIO-DISC-ENS-CONF-CARGO-REINCI” → Alevosía, Disfraz/Abuso, Precio, Discriminación, Ensañamiento, Confianza, Cargo público, Reincidencia.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según el Código Penal español, ¿cuál es la definición de delito?

    • A) Las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley
    • B) Las acciones dolosas penadas por la ley
    • C) Las acciones y omisiones antijurídicas
    • D) Las conductas contrarias al orden público

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 10

  2. ¿Cuándo existe tentativa según el Código Penal?

    • A) Cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y sin embargo éste no se produce por causas independientes de la voluntad del autor
    • B) Cuando el sujeto planifica la comisión de un delito
    • C) Cuando el sujeto comienza los actos preparatorios del delito
    • D) Cuando el sujeto desiste voluntariamente de consumar el delito

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 16.1

  3. ¿Cuál es la pena de la tentativa en relación con la del delito consumado?

    • A) La pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la ley para el delito consumado
    • B) La misma pena que la del delito consumado
    • C) La mitad de la pena del delito consumado
    • D) La pena inferior en un grado a la del delito consumado

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 16.2

  4. ¿Quiénes son considerados autores según el Código Penal?

    • A) Los que realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento
    • B) Solo los que realizan materialmente el hecho delictivo
    • C) Los que planifican y dirigen la ejecución del delito
    • D) Los que participan de cualquier forma en el delito

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 28

  5. ¿Cuándo se considera que existe inducción según el Código Penal?

    • A) Cuando se induce directamente a otro a ejecutar el hecho
    • B) Cuando se coopera con actos anteriores o simultáneos a la ejecución
    • C) Cuando se ayuda de cualquier modo después de la ejecución
    • D) Cuando se facilitan medios para la ejecución

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 28

  6. ¿Qué pena corresponde a los cómplices según el Código Penal?

    • A) La pena inferior en grado a la fijada por la ley para los autores
    • B) La misma pena que los autores
    • C) La mitad de la pena de los autores
    • D) La pena superior en grado a la de los autores

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 29

  7. ¿Cuál de las siguientes es una circunstancia agravante según el Código Penal?

    • A) Ejecutar el hecho con alevosía
    • B) Ser menor de dieciocho años
    • C) Actuar en estado de necesidad
    • D) Padecer alteraciones psíquicas

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 22.1ª

  8. ¿Cuál es el efecto de las circunstancias atenuantes muy cualificadas?

    • A) Pueden aplicarse en grado inferior al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que se trate
    • B) Reducen la pena a la mitad
    • C) Eximen completamente de responsabilidad
    • D) Solo reducen la pena en un tercio

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 21.6

  9. ¿Cuáles son las penas principales según el Código Penal?

    • A) Prisión, localización permanente, responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, privación del derecho a la tenencia y porte de armas, inhabilitación absoluta, inhabilitación especial, suspensión de empleo o cargo público, privación de la patria potestad, privación del derecho a residir en determinados lugares, prohibición de aproximarse a determinadas personas, prohibición de comunicarse con determinadas personas, trabajos en beneficio de la comunidad y multa
    • B) Solo prisión, multa e inhabilitación
    • C) Prisión, muerte civil y multa
    • D) Solo penas privativas de libertad

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 33

  10. ¿Cuál es la duración máxima de la pena de prisión según el Código Penal?

    • A) Veinte años
    • B) Quince años
    • C) Veinticinco años
    • D) Cadena perpetua

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 36