Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
La Constitución Española de 1978 (CE) es la norma suprema del ordenamiento jurídico español. Para el TCAE, este tema es especialmente relevante porque el art. 43 CE —que reconoce el derecho a la protección de la salud— es el fundamento constitucional de todo el sistema sanitario en el que el auxiliar de enfermería desarrolla su trabajo. Las preguntas de examen se concentran en el Título Preliminar, en la estructura del Título I y en el contenido concreto del art. 43.
Marco normativo
- Constitución Española de 1978 (BOE de 29 de diciembre de 1978).
- Norma de referencia: el propio texto constitucional, en especial:
- Título Preliminar (arts. 1-9)
- Título I: «De los derechos y deberes fundamentales» (arts. 10-55)
- Capítulo I: De los españoles y los extranjeros (arts. 11-13)
- Capítulo II: Derechos y libertades (arts. 14-38)
- Sección 1.ª: De los derechos fundamentales y de las libertades públicas (arts. 15-29)
- Sección 2.ª: De los derechos y deberes de los ciudadanos (arts. 30-38)
- Capítulo III: De los principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52)
- Capítulo IV: De las garantías de las libertades y derechos fundamentales (arts. 53-54)
- Capítulo V: De la suspensión de los derechos y libertades (art. 55)
Principios fundamentales: el Título Preliminar
El Título Preliminar establece los pilares del Estado español. Los datos que más se preguntan son:
- Art. 1.1 CE: España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
- Art. 1.2 CE: La soberanía nacional reside en el pueblo español.
- Art. 1.3 CE: La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
- Art. 2 CE: La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.
- Art. 3.1 CE: El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
- Art. 9.1 CE: Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
- Art. 9.2 CE: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas.
Estructura del Título I: derechos y deberes fundamentales
El Título I se divide en cinco capítulos. La ubicación de cada derecho dentro del Título determina su nivel de protección jurídica, dato que el examen explota con frecuencia.
Capítulo II, Sección 1.ª — Derechos fundamentales y libertades públicas (arts. 15-29)
Son los derechos con máxima protección. Según el art. 53.2 CE, cualquier ciudadano puede reclamarlos ante los tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad, y en su caso mediante recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Derechos incluidos en esta sección (los más preguntados para TCAE):
- Art. 15: Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Prohibición de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes. Abolición de la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
- Art. 16: Libertad ideológica, religiosa y de culto.
- Art. 17: Derecho a la libertad y seguridad. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
- Art. 18: Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Inviolabilidad del domicilio.
- Art. 24: Derecho a la tutela judicial efectiva.
- Art. 27: Derecho a la educación.
- Art. 28: Derecho a sindicarse libremente y derecho a la huelga.
- Art. 29: Derecho de petición.
Capítulo II, Sección 2.ª — Derechos y deberes de los ciudadanos (arts. 30-38)
Protección inferior a la Sección 1.ª: se regulan mediante ley ordinaria y no son susceptibles de amparo constitucional.
- Art. 30: Derecho y deber de defender a España. Servicio militar.
- Art. 31: Deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante un sistema tributario justo.
- Art. 32: Derecho al matrimonio.
- Art. 35: Deber de trabajar y derecho al trabajo.
Capítulo III — Principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52)
Dato clave para el examen: estos principios no son derechos subjetivos directamente exigibles. Según el art. 53.3 CE, su reconocimiento, respeto y protección informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Aquí se sitúa el art. 43 CE, el más importante para el TCAE.
El artículo 43 CE: la protección de la salud
El art. 43 CE es el fundamento constitucional del sistema nacional de salud. Consta de tres apartados:
- Art. 43.1 CE: «Se reconoce el derecho a la protección de la salud.»
- Art. 43.2 CE: Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
- Art. 43.3 CE: Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Puntos críticos del art. 43 CE para el test:
- El derecho a la protección de la salud está en el Capítulo III del Título I, no en el Capítulo II. Por tanto, es un principio rector, no un derecho fundamental en sentido estricto.
- No es directamente exigible ante los tribunales sin ley de desarrollo.
- Obliga a los poderes públicos a organizar la salud pública con medidas preventivas y prestaciones y servicios.
- Incluye expresamente el fomento de la educación sanitaria, la educación física y el deporte.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- 29 de diciembre de 1978: fecha de publicación de la CE en el BOE.
- 72 horas: plazo máximo de detención preventiva sin pasar a disposición judicial (art. 17.2 CE).
- Art. 1.3 CE: forma política → Monarquía parlamentaria (no «constitucional»).
- Art. 43: ubicado en el Capítulo III del Título I (principios rectores, no derechos fundamentales).
- Art. 53.2 CE: amparo constitucional solo para los derechos de la Sección 1.ª del Capítulo II y para el art. 14 (igualdad).
- Art. 14 CE: principio de igualdad ante la ley. Aunque está fuera de la Sección 1.ª formalmente (es el artículo que abre el Capítulo II antes de la Sección 1.ª), goza también de protección mediante recurso de amparo según el art. 53.2 CE.
Errores típicos del opositor
- Confundir «Monarquía constitucional» con «Monarquía parlamentaria»: la CE dice expresamente «parlamentaria» (art. 1.3 CE).
- Creer que el art. 43 reconoce un derecho fundamental: es un principio rector del Capítulo III, no un derecho de la Sección 1.ª del Capítulo II.
- Situar el art. 43 en el Capítulo II: está en el Capítulo III. Esta distinción determina su nivel de protección y aparece en test.
- Olvidar los tres apartados del art. 43: el tercero (educación sanitaria, deporte, ocio) suele aparecer en preguntas de detalle.
- Confundir los valores superiores del art. 1.1 CE: son cuatro — libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. «Solidaridad» no figura en este artículo.
Trucos mnemotécnicos
- Art. 1.1 CE — valores superiores: «Li-Jus-I-Plu» → Libertad, Justicia, Igualdad, Pluralismo político.
- Art. 43 — tres apartados: «Reconoce – Organiza – Fomenta»: el Estado reconoce el derecho, organiza la salud pública, fomenta la educación sanitaria y el deporte.
- Capítulo III ≠ derecho fundamental: recuerda que el art. 43 está en el capítulo de los principios rectores (arts. 39-52). Una regla fácil: si el artículo supera el 38, ya no es derecho fundamental del Capítulo II.
- 72 horas de detención: tres días, tres cifras iguales → «3 días, 72 horas» (art. 17.2 CE).
- Forma del Estado: «España es una Monarquía Parlamentaria» → las iniciales MP recuerdan a «Máxima Protección» del Parlamento sobre el Rey.