Test: Eliminacion de residuos sanitarios (RD 952/1997)

10 preguntas tipo examen para TCAE — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

La gestión de residuos sanitarios es materia recurrente en los exámenes de TCAE. El TCAE interviene directamente en la segregación, envasado y transporte interno de residuos, por lo que el conocimiento de las categorías, los contenedores y los protocolos de actuación resulta imprescindible. El marco normativo combina legislación estatal y normativa autonómica, siendo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular la norma estatal de referencia vigente.

Marco normativo

Normativa estatal

  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE núm. 85, de 9 de abril de 2022). Deroga la anterior Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, aunque muchas normativas autonómicas de residuos sanitarios se desarrollaron al amparo de esta última.
  • El art. 2 de la Ley 7/2022 establece el ámbito de aplicación: se aplica a toda producción y gestión de residuos en territorio español, incluyendo los residuos sanitarios.
  • El art. 7 de la Ley 7/2022 recoge la jerarquía de residuos: prevención, preparación para la reutilización, reciclado, otro tipo de valorización y eliminación. Esta jerarquía es de aplicación también en el ámbito sanitario.
  • El art. 3 de la Ley 7/2022 contiene las definiciones clave: residuo, productor, poseedor, gestor, recogida, tratamiento, entre otras.

Normativa autonómica

Cada comunidad autónoma ha desarrollado su propia normativa de residuos sanitarios, generalmente mediante decreto autonómico. Aunque los contenidos concretos varían, todas las normativas autonómicas comparten:

  • La clasificación de residuos sanitarios en grupos o clases.
  • La obligación de segregación en origen.
  • Los requisitos de envasado, etiquetado y almacenamiento.
  • Los plazos máximos de almacenamiento en las distintas áreas del centro.

Nota para el opositor: En el examen de tu comunidad autónoma, aplica la normativa autonómica específica. Los apuntes que siguen recogen los criterios comunes a la mayoría de normativas autonómicas vigentes, basadas en los principios de la Ley 7/2022 y, anteriormente, de la Ley 22/2011.

Norma técnica aplicable

  • UNE-EN ISO 23907 (Protección contra heridas por objetos cortopunzantes en el sector sanitario y hospitalario): establece los requisitos de diseño y rendimiento de los dispositivos de protección frente a cortopunzantes, así como los contenedores rígidos para su eliminación.

Clasificación de los residuos sanitarios

La mayoría de normativas autonómicas establecen cuatro grupos principales:

  • Grupo I — Residuos asimilables a urbanos:

    • No presentan riesgo específico.
    • Ejemplos: papel, cartón, restos de comida, material de oficina.
    • Gestión: circuito de residuos urbanos ordinarios.
  • Grupo II — Residuos sanitarios no específicos:

    • Generados en la actividad sanitaria, sin riesgo biológico especial.
    • Ejemplos: material de curas sin contaminación biológica significativa, ropa desechable no contaminada.
    • Gestión: bolsa de color verde o negro según la comunidad autónoma; recogida diferenciada del Grupo I en muchas normativas.
  • Grupo III — Residuos sanitarios específicos o de riesgo:

    • Presentan riesgo biológico, químico o infeccioso.
    • Subgrupos habituales:
      • IIIa: Residuos infecciosos (cultivos, material en contacto con enfermedades de declaración obligatoria de alta peligrosidad).
      • IIIb: Residuos anatómicos (restos humanos reconocibles no destinados a trasplante ni autopsia).
      • IIIc: Sangre y hemoderivados en forma líquida.
      • IIId: Objetos cortopunzantes y cortantes (agujas, bisturís, lancetas).
    • Gestión: contenedores específicos, recogida por gestor autorizado.
  • Grupo IV — Residuos tipificados:

    • Residuos con regulación específica propia: citostáticos, medicamentos caducados, residuos radiactivos, amalgamas dentales.
    • Gestión: circuitos completamente diferenciados y gestores especializados.

Conceptos clave

Productor de residuos

Según el art. 3.p) de la Ley 7/2022, el productor es «cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos». En el ámbito sanitario, el centro hospitalario o clínica es el productor principal.

Poseedor de residuos

Según el art. 3.q) de la Ley 7/2022, el poseedor es «el productor de residuos o la persona física o jurídica que esté en posesión de éstos». El TCAE, al manipular residuos en su actividad diaria, actúa como poseedor en sentido funcional.

Gestor autorizado

Empresa o entidad con autorización administrativa para realizar operaciones de recogida, transporte, valorización o eliminación de residuos. La contratación de un gestor autorizado es obligación del centro sanitario.

Segregación en origen

Principio fundamental: cada tipo de residuo debe depositarse en el contenedor adecuado en el momento y lugar en que se genera. La mezcla de residuos de distintos grupos está prohibida y puede elevar la categoría de peligrosidad del conjunto.


Contenedores y envasado

Residuos del Grupo III — Cortopunzantes (IIId)

  • Contenedor rígido, resistente a la perforación, de un solo uso, con cierre de seguridad.
  • Requisitos recogidos en la norma UNE-EN ISO 23907: resistencia a la penetración, estanqueidad, apertura unidireccional, marcado e identificación.
  • Nunca se debe reencapuchar la aguja con ambas manos. La técnica de una sola mano o el uso de dispositivos de seguridad es la práctica recomendada.
  • El contenedor se cierra definitivamente cuando alcanza las ¾ partes de su capacidad (criterio mayoritario en protocolos hospitalarios).

Residuos del Grupo III — Infecciosos (IIIa, IIIb, IIIc)

  • Bolsa o contenedor de color amarillo (criterio más extendido en normativas autonómicas).
  • Resistente a la rotura y estanco.
  • Identificado con el símbolo de biopeligro.

Residuos del Grupo II

  • Bolsa de color verde (en muchas comunidades autónomas).
  • Resistente, con cierre hermético.

Residuos del Grupo I

  • Bolsa de color negro o gris: circuito de residuos urbanos.

Atención: Los colores de bolsa pueden variar entre comunidades autónomas. En el examen, aplica el código de colores de tu normativa autonómica específica.


Almacenamiento y transporte interno

  • Los residuos del Grupo III no deben permanecer en la unidad de generación más de 24 horas en la mayoría de protocolos hospitalarios (algunos fijan 72 horas en almacén intermedio).
  • El transporte interno se realiza en carros cerrados y diferenciados para residuos, nunca mezclados con ropa limpia, medicación o material estéril.
  • Los contenedores deben estar cerrados durante el transporte.
  • El almacenamiento final en el centro (almacén de residuos) tiene plazos máximos fijados por la normativa autonómica, habitualmente no superiores a 72 horas para residuos del Grupo III.

Protocolo de actuación ante vertidos de material biológico

En caso de derrame o vertido accidental de material biológico (sangre, fluidos corporales):

  1. Señalizar la zona para evitar accidentes.
  2. Equiparse con guantes, mascarilla y, si procede, bata y protección ocular.
  3. Absorber el vertido con material absorbente (papel, gasas) desde el exterior hacia el interior.
  4. Aplicar desinfectante (hipoclorito sódico al 1 % o la concentración indicada en el protocolo del centro) sobre la zona afectada.
  5. Eliminar el material utilizado como residuo del Grupo III (biopeligroso).
  6. Registrar el incidente y notificarlo al responsable según el protocolo del centro.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • ¾ partes de capacidad: límite de llenado del contenedor de cortopunzantes.
  • 24 horas: tiempo máximo habitual de permanencia de residuos del Grupo III en la unidad de generación.
  • 72 horas: tiempo máximo habitual en almacén intermedio o final del centro para residuos del Grupo III.
  • 4 grupos de clasificación de residuos sanitarios (I, II, III y IV).
  • Ley 7/2022: norma estatal vigente en materia de residuos (en vigor desde abril de 2022).

Errores típicos del opositor

  • Confundir Grupo II con Grupo III: el Grupo II no tiene riesgo biológico específico; el Grupo III sí. Un apósito con sangre de un paciente con hepatitis B es Grupo III, no Grupo II.
  • Reencapuchar agujas con dos manos: práctica prohibida; es la principal causa de accidente cortopunzante.
  • Llenar el contenedor de cortopunzantes hasta el borde: el cierre se realiza a las ¾ partes.
  • Mezclar residuos de distintos grupos: eleva la categoría de peligrosidad y está expresamente prohibido.
  • Creer que la Ley 22/2011 sigue vigente: fue derogada por la Ley 7/2022.

Trucos mnemotécnicos

  • “1-2-3-4 = U-V-A-M”: Grupo I → Urbanos; Grupo II → sin riesgo específico (Verde); Grupo III → Amenaza biológica (Amarillo); Grupo IV → regulación propia (Medicamentos, citostáticos, radiactivos).
  • “¾ y cierra”: cuando el contenedor de cortopunzantes llega a tres cuartos, se cierra. Sin excepciones.
  • “Señaliza-Equípate-Absorbe-Desinfecta-Elimina-Registra”: los seis pasos del protocolo de vertido biológico, en orden.
  • Ley 7/2022 = 7 letras en “residuo”: recurso para recordar el número de la ley vigente.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun la clasificacion de residuos sanitarios, los residuos del Grupo II (residuos sanitarios no especificos) son:

    • A) Residuos generados en actividades sanitarias que no presentan riesgo de infeccion, como material de curas, yesos, ropa desechable contaminada con sangre
    • B) Residuos urbanos generales como restos de comida y papel de oficina
    • C) Residuos infecciosos de pacientes con enfermedades transmisibles de alta peligrosidad
    • D) Residuos citotoxicos y restos de medicamentos antineoplasicos

    Referencia: Normativa autonomica de residuos sanitarios (basada en Ley 22/2011 de residuos) , Clasificacion de residuos sanitarios

  2. Los residuos del Grupo III (residuos sanitarios especificos o de riesgo) incluyen:

    • A) Residuos de pacientes con infecciones de alta transmisibilidad, agujas y material cortopunzante, cultivos de laboratorio y vacunas vivas atenuadas
    • B) Papel, carton y restos de alimentos de las cocinas hospitalarias
    • C) Residuos radiactivos de los servicios de medicina nuclear
    • D) Aceites usados de las cocinas y talleres del hospital

    Referencia: Normativa autonomica de residuos sanitarios , Grupo III - Residuos sanitarios especificos

  3. El contenedor rigido para material cortopunzante (agujas, bisturis) debe cumplir las siguientes caracteristicas:

    • A) Ser rigido, resistente a la perforacion, con cierre hermetico, de un solo uso e identificado con el codigo de color correspondiente
    • B) Ser de plastico flexible para facilitar su compresion y reducir volumen
    • C) Ser reutilizable tras su vaciado y limpieza
    • D) Ser de carton con bolsa interior de plastico

    Referencia: UNE-EN ISO 23907 (Proteccion contra heridas por objetos cortopunzantes) , UNE-EN ISO 23907

  4. Segun la normativa de residuos sanitarios, las bolsas para residuos del Grupo III se identifican habitualmente con el color:

    • A) Amarillo o rojo, segun la normativa autonomica
    • B) Negro, igual que los residuos urbanos
    • C) Verde, para diferenciarlos del resto
    • D) Rojo o amarillo con el simbolo de biopeligrosidad, segun la comunidad autonoma

    Referencia: Normativa autonomica de gestion de residuos sanitarios , Identificacion y envasado de residuos

  5. Los residuos citotoxicos (restos de medicamentos antineoplasicos y material contaminado) pertenecen al:

    • A) Grupo IV de residuos sanitarios, requiriendo gestion especial como residuo peligroso
    • B) Grupo I, ya que los medicamentos caducados son residuos urbanos
    • C) Grupo II, tratandose como residuos sanitarios no especificos
    • D) Grupo III, junto con los residuos infecciosos

    Referencia: Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economia circular , Titulo IV - Residuos peligrosos

  6. La responsabilidad de la correcta segregacion de residuos en el punto de generacion corresponde a:

    • A) Todo el personal sanitario que los genera, incluido el TCAE
    • B) Exclusivamente al personal de limpieza del hospital
    • C) Unicamente al Servicio de Medicina Preventiva
    • D) Solo al personal medico y de enfermeria

    Referencia: Protocolos de gestion de residuos sanitarios hospitalarios , Segregacion en origen

  7. Segun la normativa vigente, los residuos del Grupo I (asimilables a urbanos) en un centro sanitario son:

    • A) Restos de comida, papel, carton, envases y residuos que no han estado en contacto con actividad sanitaria
    • B) Gasas y vendajes contaminados con sangre
    • C) Agujas y lancetas utilizadas en extracciones de sangre
    • D) Frascos de medicamentos citotoxicos

    Referencia: Normativa autonomica de gestion de residuos sanitarios , Grupo I - Residuos asimilables a urbanos

  8. El tratamiento mas habitual para los residuos del Grupo III antes de su eliminacion es:

    • A) Esterilizacion por autoclave o incineracion en plantas autorizadas
    • B) Triturado y vertido al alcantarillado
    • C) Enterramiento directo en vertedero municipal
    • D) Reciclaje en plantas de clasificacion de residuos urbanos

    Referencia: Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados , Titulo IV

  9. En relacion con el almacenamiento intermedio de residuos sanitarios en el centro, se debe cumplir que:

    • A) El tiempo de almacenamiento no superara las 72 horas como norma general, y el local estara senalizado, ventilado y con acceso restringido
    • B) Los residuos pueden almacenarse indefinidamente hasta completar un volumen suficiente para su retirada
    • C) Los residuos del Grupo III pueden almacenarse junto con los del Grupo I sin separacion
    • D) El almacen puede ubicarse en cualquier zona del hospital sin requisitos especiales

    Referencia: Normativa autonomica de gestion de residuos sanitarios , Almacenamiento de residuos sanitarios

  10. Ante un vertido accidental de residuos del Grupo III (infecciosos), el TCAE debe:

    • A) Ponerse los EPI adecuados (guantes, bata), delimitar la zona, aplicar desinfectante sobre el vertido, recoger con material absorbente y depositar todo en contenedor del Grupo III
    • B) Recoger el vertido con las manos desnudas para actuar rapidamente
    • C) Abandonar la zona y esperar a que se seque el vertido
    • D) Diluir con agua abundante y dejar que drene por el desague

    Referencia: Protocolo de actuacion ante vertidos de material biologico , Procedimiento de limpieza de vertidos