Test: Extranjería e inmigración. Régimen jurídico de los extranjeros en España. Protección internacional

10 preguntas tipo test de Policía Canaria

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Test de este tema
10 preguntas

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Materia de estudio

Resumen de repaso redactado con ayuda de IA a partir de la normativa del tema. Ante cualquier duda, manda el texto publicado en el diario oficial.

El régimen jurídico de los extranjeros en España es materia recurrente en las oposiciones de cuerpos policiales autonómicos. Para la Policía Canaria tiene especial relevancia dado el contexto migratorio de las Islas. Este tema se articula sobre tres pilares normativos: la LO 4/2000 (LOEX), su Reglamento aprobado por RD 1155/2024 (que derogó el RD 557/2011 y está en vigor desde el 20 de mayo de 2025), y la Ley 12/2009 de asilo y protección subsidiaria.

Marco normativo

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEX). Norma principal en materia de extranjería.
  • Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la LO 4/2000 (RELOEX), en vigor desde el 20 de mayo de 2025; derogó el anterior Reglamento aprobado por el RD 557/2011. Desarrolla los procedimientos y condiciones de aplicación.
  • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Regula las formas de protección internacional en España.

Estructura del tema

1. Concepto de extranjero

El art. 1.1 LOEX define como extranjeros a «los que carezcan de la nacionalidad española». La ley se aplica a estos, sin perjuicio de lo establecido en tratados internacionales suscritos por España (art. 1.3 LOEX).

Los ciudadanos de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo tienen un régimen especial diferenciado, no regulado por la LOEX sino por su normativa específica.


Conceptos clave

Situaciones administrativas de los extranjeros

El art. 29 LOEX establece que los extranjeros pueden encontrarse en España en las siguientes situaciones:

  • Situación de estancia: permanencia en territorio español por un período no superior a 90 días, sin necesidad de autorización de residencia (art. 30 LOEX).
  • Situación de residencia temporal: autorización para residir en España por un período superior a 90 días e inferior a 5 años (art. 31 LOEX).
  • Situación de residencia de larga duración: situación que habilita a residir y trabajar en España indefinidamente, en igualdad de condiciones que los españoles, salvo las excepciones legales (art. 32 LOEX). Se obtiene tras 5 años de residencia legal y continuada.

Documentación de los extranjeros

  • El art. 4 LOEX establece la obligación de los extranjeros de tener documentación que acredite su identidad y situación en España.
  • Los extranjeros en situación de residencia deben obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) cuando su autorización sea superior a 6 meses (art. 4.2 LOEX y art. 209 RELOEX).
  • La TIE tiene una vigencia vinculada a la autorización concedida.

Entrada en territorio español

  • El art. 25 LOEX regula los requisitos de entrada: los extranjeros deben hacerlo por los puestos habilitados, estar provistos de pasaporte válido o documento de viaje, y no estar sujetos a prohibición de entrada.
  • El visado es exigible salvo que el extranjero esté exento por tratado o convenio (art. 25.1 LOEX).
  • La denegación de entrada debe ser motivada y notificada al interesado (art. 26 LOEX).

Reagrupación familiar

  • Regulada en los arts. 16 a 19 LOEX.
  • El reagrupante debe tener autorización de residencia de al menos 1 año y haber solicitado la renovación (art. 18.1 LOEX).
  • Pueden ser reagrupados: cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 18 años o incapaces, y ascendientes en determinadas condiciones (art. 17 LOEX).
  • La autorización de residencia por reagrupación familiar tiene una vigencia inicial de 1 año (art. 19.2 LOEX).

Régimen sancionador: infracciones y sanciones

El art. 52 LOEX clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves.

Infracciones leves (art. 52 LOEX): incumplimiento de obligaciones de comunicación de cambio de domicilio, entre otras.

Infracciones graves (art. 53 LOEX): entre las más relevantes para el examen:

  • Encontrarse irregularmente en territorio español (art. 53.1.a LOEX).
  • No dar de alta en la Seguridad Social al trabajador extranjero (art. 53.1.b LOEX).
  • Incumplir las medidas impuestas por razón de seguridad pública (art. 53.1.d LOEX).
  • Participar en actividades contrarias al orden público (art. 53.1.f LOEX).

Infracciones muy graves (art. 54 LOEX): entre ellas, participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que puedan perjudicar las relaciones de España con otros países (art. 54.1.a LOEX).

Sanciones (art. 55 LOEX):

  • Infracciones leves: multa de hasta 500 euros.
  • Infracciones graves: multa de 501 a 10.000 euros.
  • Infracciones muy graves: multa de 10.001 a 100.000 euros.

Expulsión del territorio

  • La expulsión puede sustituir a la multa en los supuestos de infracciones graves o muy graves (art. 57.1 LOEX).
  • La expulsión conlleva la prohibición de entrada en territorio español. Su duración mínima es de 5 años y puede extenderse hasta 10 años en los casos más graves (art. 58.2 LOEX).
  • El art. 57.6 LOEX prohíbe la expulsión de extranjeros que sean cónyuge de español, ascendientes o descendientes en primer grado de español, salvo causa grave de orden público o seguridad nacional.

Internamiento

  • El art. 62 LOEX regula el internamiento de extranjeros en centros específicos (CIE, Centros de Internamiento de Extranjeros), que no tienen carácter penitenciario.
  • El internamiento debe ser autorizado por el juez de instrucción competente.
  • La duración máxima del internamiento es de 60 días, sin posibilidad de prórroga (art. 62.2 LOEX).

Protección internacional: Ley 12/2009

Modalidades de protección

La Ley 12/2009 distingue dos formas de protección internacional:

  • Derecho de asilo: reconocido a las personas que tienen la condición de refugiado conforme a la Convención de Ginebra de 1951 (art. 2 Ley 12/2009). Exige un fundado temor de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a determinado grupo social.
  • Protección subsidiaria: reconocida a quienes no reúnen los requisitos para el asilo pero existen motivos fundados para creer que sufrirían daños graves si regresaran a su país (art. 4 Ley 12/2009). Los daños graves incluyen: condena a pena de muerte, tortura, tratos inhumanos o degradantes, y amenazas graves por violencia indiscriminada en conflictos armados.

Procedimiento de solicitud

  • La solicitud puede presentarse en frontera, en puestos fronterizos, en comisarías de policía y en oficinas de extranjería (art. 17 Ley 12/2009).
  • El solicitante no puede ser expulsado mientras su solicitud esté en tramitación (principio de no devolución, art. 19 Ley 12/2009).
  • El órgano competente para resolver es la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), dependiente del Ministerio del Interior.
  • La resolución corresponde al Ministro del Interior (art. 24 Ley 12/2009).

Plazos clave (Ley 12/2009)

  • Plazo para solicitar asilo en territorio español: 1 mes desde la entrada en España o desde que se produzcan los hechos que justifican el temor (art. 17.2 Ley 12/2009).
  • Plazo para solicitar asilo en frontera: la solicitud se tramita en el puesto fronterizo y la resolución de inadmisión a trámite debe producirse en 4 días (art. 21.2 Ley 12/2009).
  • Plazo máximo de resolución del procedimiento ordinario: 6 meses (art. 24.1 Ley 12/2009).

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Estancia sin autorización de residencia: máximo 90 días.
  • Residencia temporal: de más de 90 días a menos de 5 años.
  • Residencia de larga duración: tras 5 años de residencia legal y continuada.
  • TIE obligatoria cuando la autorización supera 6 meses.
  • Internamiento en CIE: máximo 60 días, sin prórroga.
  • Prohibición de entrada por expulsión: mínimo 5 años, máximo 10 años.
  • Multa infracción leve: hasta 500 €; grave: 501-10.000 €; muy grave: 10.001-100.000 €.
  • Plazo solicitud asilo en territorio: 1 mes.
  • Plazo resolución procedimiento ordinario de asilo: 6 meses.
  • Resolución en frontera: 4 días.

Errores típicos del opositor

  • Confundir estancia (hasta 90 días) con residencia temporal (más de 90 días). Son situaciones jurídicamente distintas.
  • Creer que el internamiento en CIE puede prorrogarse: no admite prórroga; el límite absoluto es 60 días.
  • Confundir asilo (persecución individualizada) con protección subsidiaria (daños graves en contexto de conflicto o riesgo real). Son figuras distintas con requisitos distintos.
  • Atribuir la resolución de las solicitudes de asilo a la OAR: la OAR instruye, pero quien resuelve es el Ministro del Interior.
  • Pensar que la expulsión siempre conlleva prohibición de entrada de 10 años: el mínimo es 5 años; los 10 años son el máximo para los casos más graves.

Trucos mnemotécnicos

  • “90-5-indefinida”: las tres situaciones de permanencia por duración (estancia, residencia temporal, larga duración).
  • “CIE = 60, sin más”: el internamiento en CIE dura como máximo 60 días y no se prorroga.
  • “Asilo = persecución; Subsidiaria = daño grave”: la diferencia esencial entre ambas formas de protección.
  • “OAR instruye, Ministro resuelve”: para no confundir el órgano instructor con el resolutorio en asilo.
  • “1 mes en territorio, 4 días en frontera”: plazos clave del procedimiento de asilo según dónde se solicite.

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según la Ley Orgánica 4/2000, ¿cuál es el plazo máximo de duración de la detención de un extranjero en situación irregular?

    • A) 48 horas
    • B) 5 días
    • C) 72 horas
    • D) 24 horas

    Referencia: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , Art. 62 bis

  2. ¿Qué documento acredita la situación de estancia de un extranjero en España?

    • A) El visado
    • B) La autorización de trabajo
    • C) El pasaporte únicamente
    • D) La tarjeta de identidad de extranjero

    Referencia: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , Art. 25

  3. Según la Ley 12/2009, ¿cuál es el plazo para resolver sobre una solicitud de protección internacional?

    • A) 9 meses
    • B) 3 meses
    • C) 12 meses
    • D) 6 meses

    Referencia: Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria , Art. 24

  4. ¿Cuál es la duración inicial de la autorización de residencia temporal?

    • A) Un año
    • B) Cinco años
    • C) Seis meses
    • D) Dos años

    Referencia: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , Art. 31

  5. Según la Ley Orgánica 4/2000, ¿cuándo constituye infracción grave encontrarse irregularmente en territorio español?

    • A) Cuando no se haya obtenido la prórroga de estancia, se carezca de autorización de residencia o se tenga caducada más de tres meses sin haber solicitado su renovación
    • B) Cuando no hable español
    • C) Cuando no tenga trabajo
    • D) Cuando no tenga domicilio fijo

    Referencia: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , Art. 53.1.a)

  6. ¿Qué organismo es competente para la tramitación de las solicitudes de protección internacional en primera instancia?

    • A) El Ministerio del Interior directamente
    • B) La Comisión Interministerial de Asilo y Refugio
    • C) Los Gobiernos autonómicos
    • D) La Oficina de Asilo y Refugio

    Referencia: Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria , Art. 16

  7. ¿Cuál es el plazo para presentar recurso contra una resolución denegatoria de protección internacional?

    • A) Un mes
    • B) Quince días
    • C) Dos meses
    • D) Tres meses

    Referencia: Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria , Art. 32

  8. Según la Ley Orgánica 4/2000, ¿cuál es el período mínimo de residencia legal continuada exigido para obtener la residencia de larga duración?

    • A) Cinco años
    • B) Tres años
    • C) Dos años
    • D) Diez años

    Referencia: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , Art. 32

  9. Según el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, ¿en qué caso pueden ser reagrupados los hijos mayores de dieciocho años?

    • A) Cuando tengan una discapacidad que requiera de apoyo o no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud
    • B) Basta con que dependan económicamente del reagrupante
    • C) Siempre que estén estudiando
    • D) Siempre que sean menores de 25 años

    Referencia: Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , Art. 66.1.c)

  10. ¿Cuál es la sanción por infracción muy grave en materia de extranjería según la Ley Orgánica 4/2000?

    • A) Multa de 501 a 10.000 euros
    • B) Multa de hasta 500 euros
    • C) Multa de 10.001 a 100.000 euros
    • D) Multa de 100.001 a 200.000 euros

    Referencia: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , Art. 55