Test: Seguridad e higiene en el trabajo: Ley 31/1995 de Prevencion de Riesgos Laborales y RD 67/2010

10 preguntas tipo examen para Policia Nacional — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 45 es habitual en los exámenes de la Escala Básica de Policía Nacional porque la prevención de riesgos laborales afecta directamente a la actividad policial. Las preguntas se centran en definiciones, obligaciones del empresario, derechos del trabajador y los órganos de representación. El Real Decreto 67/2010 adapta la Ley 31/1995 a la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, lo que incluye al Cuerpo Nacional de Policía.


Marco normativo

  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL): norma principal. Publicada en el BOE de 10 de noviembre de 1995. Transpone la Directiva 89/391/CEE del Consejo.
  • Real Decreto 67/2010, de 29 de enero: adapta la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos autónomos. Publicado en el BOE de 12 de febrero de 2010.

Estructura del tema

1. Objeto y ámbito de aplicación de la LPRL

El art. 1 LPRL define su objeto: «promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo».

El art. 3 LPRL establece el ámbito de aplicación:

  • Se aplica a las relaciones laborales reguladas en el Estatuto de los Trabajadores.
  • Se aplica también a las Administraciones Públicas y al personal funcionario, con las particularidades que establezcan sus normas específicas.
  • Quedan excluidas las actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las Fuerzas Armadas, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y los servicios de protección civil, aunque se garantizarán condiciones de seguridad y salud adecuadas.

Atención: la exclusión no es total; se garantiza la protección, pero con normas específicas. El RD 67/2010 es precisamente esa norma específica para la AGE.


Conceptos clave

Riesgo laboral (art. 4.2 LPRL)

«La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.» Para calificar su gravedad se valoran conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.

Daños derivados del trabajo (art. 4.3 LPRL)

«Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.»

Prevención (art. 4.1 LPRL)

«El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.»

Equipo de protección individual (art. 4.8 LPRL)

«Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo.»


Obligaciones del empresario / Administración

Deber general de protección (art. 14 LPRL)

El empresario tiene el deber de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Este deber incluye:

  • Adoptar cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud.
  • Integrar la prevención en el sistema general de gestión de la empresa.
  • Asumir el coste de las medidas de prevención (nunca recae sobre el trabajador).

Principios de la acción preventiva (art. 15 LPRL)

El empresario aplicará los principios siguientes (por orden de prelación):

  1. Evitar los riesgos.
  2. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
  3. Combatir los riesgos en su origen.
  4. Adaptar el trabajo a la persona.
  5. Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  6. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  7. Planificar la prevención.
  8. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
  9. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Evaluación de riesgos (art. 16 LPRL)

La prevención de riesgos laborales debe integrarse en el sistema general de gestión de la empresa. El empresario realizará una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Cuando el resultado lo haga necesario, se adoptará un plan de prevención.

Información, consulta y participación (arts. 18 y 33 LPRL)

  • El empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban información sobre los riesgos y las medidas de protección.
  • Los trabajadores tienen derecho a ser consultados y a participar en las cuestiones relacionadas con la prevención.

Formación de los trabajadores (art. 19 LPRL)

El empresario garantizará que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva. La formación se impartirá dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con descuento de aquélla.

Medidas de emergencia (art. 20 LPRL)

El empresario analizará las posibles situaciones de emergencia y adoptará las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.

Vigilancia de la salud (art. 22 LPRL)

El empresario garantizará a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia es voluntaria para el trabajador, salvo excepciones tasadas en la ley (cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo, para verificar si el estado de salud puede constituir un peligro para el propio trabajador o para terceros, o cuando así lo establezca una disposición legal).


Derechos de los trabajadores (art. 14 LPRL)

  • Derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud.
  • Derecho a ser informados de los riesgos.
  • Derecho a ser consultados y a participar.
  • Derecho a la formación en materia preventiva.
  • Derecho a interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo en caso de riesgo grave e inminente (art. 21 LPRL).
  • Derecho a la vigilancia de su salud.

Órganos de representación en materia preventiva

Delegados de Prevención (arts. 35 y 36 LPRL)

Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.

Número de Delegados de Prevención según plantilla:

  • De 50 a 100 trabajadores: 2 delegados.
  • De 101 a 500 trabajadores: 3 delegados.
  • De 501 a 1.000 trabajadores: 4 delegados.
  • De 1.001 a 2.000 trabajadores: 5 delegados.
  • De 2.001 a 3.000 trabajadores: 6 delegados.
  • De 3.001 a 4.000 trabajadores: 7 delegados.
  • De 4.001 en adelante: 8 delegados.

En empresas de hasta 30 trabajadores, el Delegado de Personal ejerce las competencias del Delegado de Prevención. En empresas de 31 a 49 trabajadores, habrá 1 Delegado de Prevención.

Comité de Seguridad y Salud (art. 38 LPRL)

  • Se constituye en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores.
  • Es un órgano paritario y colegiado de participación.
  • Compuesto por los Delegados de Prevención de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en igual número, de la otra.
  • Se reúne trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones.

Real Decreto 67/2010: especialidades para la AGE

  • Adapta la LPRL a la Administración General del Estado y sus organismos autónomos (art. 1 RD 67/2010).
  • Regula la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas en la AGE.
  • Los Delegados de Prevención en la AGE son designados por y entre los representantes del personal (funcionarios, estatutarios y laborales).
  • Se prevé la constitución de Comités de Seguridad y Salud en los departamentos ministeriales y organismos autónomos.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • 50 o más trabajadores: umbral para constituir el Comité de Seguridad y Salud (art. 38 LPRL).
  • Reunión trimestral del Comité de Seguridad y Salud (art. 38.3 LPRL).
  • 1 Delegado de Prevención en centros de 31 a 49 trabajadores.
  • 2 Delegados de Prevención a partir de 50 trabajadores.
  • La LPRL se publicó en el BOE el 10 de noviembre de 1995.
  • El RD 67/2010 se publicó en el BOE el 12 de febrero de 2010.

Errores típicos del opositor

  • Confundir riesgo laboral (posibilidad de daño) con daño derivado del trabajo (lesión ya producida). Son definiciones distintas del art. 4 LPRL.
  • Creer que la vigilancia de la salud es siempre obligatoria para el trabajador: es voluntaria con excepciones tasadas (art. 22 LPRL).
  • Pensar que el Comité de Seguridad y Salud se constituye desde el primer trabajador: solo a partir de 50 trabajadores (art. 38 LPRL).
  • Confundir el Delegado de Prevención (representante de los trabajadores en prevención) con el Delegado de Personal (representante general). Son figuras distintas, aunque en empresas de hasta 30 trabajadores coinciden.
  • Olvidar que el coste de las medidas preventivas nunca puede recaer sobre el trabajador (art. 14.5 LPRL).

Trucos mnemotécnicos

  • “EECASPAD” para los 9 principios del art. 15 LPRL: Evitar, Evaluar, Combatir, Adaptar, Seguir la técnica, Sustituir, Planificar, Anteponer colectiva, Dar instrucciones.
  • “50 = Comité”: el número 50 activa el Comité de Seguridad y Salud. Por debajo, solo Delegados de Prevención.
  • “La prevención es gratis para el trabajador”: cualquier pregunta que sugiera que el trabajador paga algo es incorrecta.
  • Para recordar que la vigilancia de la salud es voluntaria: piensa en “salud = intimidad = voluntaria”, salvo que haya riesgo para terceros o exigencia legal.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencion de Riesgos Laborales (LPRL) tiene por objeto:

    • A) Promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicacion de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevencion de riesgos derivados del trabajo
    • B) Regular exclusivamente las indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
    • C) Establecer las sanciones penales aplicables a los empresarios que incumplan las normas de seguridad
    • D) Crear un seguro obligatorio de accidentes laborales para todas las empresas

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 2.1

  2. Segun el articulo 14 de la LPRL, el derecho de los trabajadores a una proteccion eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo supone un correlativo deber del empresario de:

    • A) Proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales, siendo este deber de proteccion incondicional y debiendo garantizar la seguridad y salud en todos los aspectos relacionados con el trabajo
    • B) Informar a los trabajadores de los riesgos, pero sin obligacion de adoptar medidas preventivas concretas
    • C) Contratar un seguro de accidentes que cubra las indemnizaciones correspondientes
    • D) Facilitar equipos de proteccion individual unicamente cuando el trabajador lo solicite por escrito

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 14

  3. Segun el articulo 16 de la LPRL, la prevencion de riesgos laborales debera integrarse en el sistema general de gestion de la empresa mediante:

    • A) La implantacion y aplicacion de un plan de prevencion de riesgos laborales que incluya la evaluacion de riesgos y la planificacion de la actividad preventiva
    • B) La contratacion obligatoria de un servicio de prevencion ajeno en todos los casos
    • C) La designacion de un comite de empresa que se encargue exclusivamente de la prevencion
    • D) La realizacion de un unico informe de seguridad al inicio de la actividad empresarial

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 16

  4. El Real Decreto 67/2010, de 29 de enero, de adaptacion de la legislacion de prevencion de riesgos laborales a la Administracion General del Estado, regula:

    • A) La adaptacion de la LPRL y su normativa de desarrollo a las peculiaridades de la Administracion General del Estado, incluyendo los servicios de prevencion, delegados de prevencion y comites de seguridad y salud
    • B) Exclusivamente la prevencion de riesgos laborales en las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad
    • C) Las indemnizaciones por accidentes de trabajo de los empleados publicos
    • D) La jornada laboral maxima de los funcionarios de la Administracion General del Estado

    Referencia: Real Decreto 67/2010, de 29 de enero , Art. 1 - Objeto

  5. Segun el articulo 20 de la LPRL, el empresario debe analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de:

    • A) Primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuacion de los trabajadores
    • B) Vigilancia de la salud, formacion continua y promocion profesional
    • C) Contratacion de seguros, proteccion de datos y comunicacion interna
    • D) Investigacion de accidentes, inspeccion de maquinaria y control de calidad

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 20

  6. Segun el articulo 21 de la LPRL, en caso de riesgo grave e inminente, los trabajadores tienen derecho a:

    • A) Interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo sin sufrir perjuicio alguno por ello
    • B) Solicitar por escrito al empresario la evaluacion del riesgo en un plazo de 30 dias
    • C) Negarse a trabajar solo si reciben autorizacion previa del delegado de prevencion
    • D) Continuar trabajando pero exigiendo una compensacion economica adicional por riesgo

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 21

  7. El Comite de Seguridad y Salud, segun el articulo 38 de la LPRL, se constituira en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con:

    • A) 50 o mas trabajadores
    • B) 10 o mas trabajadores
    • C) 100 o mas trabajadores
    • D) 250 o mas trabajadores

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 38.1

  8. Segun el articulo 22 de la LPRL, la vigilancia de la salud de los trabajadores a traves de reconocimientos medicos:

    • A) Sera voluntaria para el trabajador con caracter general, salvo excepciones legalmente previstas (riesgo para terceros, obligacion legal, evaluacion de riesgos)
    • B) Sera obligatoria en todos los casos para todos los trabajadores de la empresa
    • C) Solo sera necesaria cuando el trabajador haya sufrido un accidente laboral previo
    • D) Corresponde exclusivamente al sistema publico de salud, sin coste para la empresa

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 22

  9. Los delegados de prevencion, segun el articulo 35 de la LPRL, son:

    • A) Los representantes de los trabajadores con funciones especificas en materia de prevencion de riesgos en el trabajo, elegidos por y entre los representantes del personal
    • B) Tecnicos especialistas contratados por la empresa para gestionar la prevencion de riesgos
    • C) Funcionarios de la Inspeccion de Trabajo designados para cada empresa
    • D) Miembros de la direccion de la empresa designados por el empresario

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 35

  10. Segun el articulo 29 de la LPRL, las obligaciones de los trabajadores en materia de prevencion de riesgos laborales incluyen:

    • A) Usar adecuadamente los medios y equipos de proteccion, informar de los riesgos detectados y cooperar con el empresario para garantizar condiciones seguras
    • B) Financiar la adquisicion de los equipos de proteccion individual que necesiten
    • C) Realizar la evaluacion de riesgos de su puesto de trabajo
    • D) Designar a los delegados de prevencion entre sus companeros de departamento

    Referencia: Ley 31/1995, de Prevencion de Riesgos Laborales , Art. 29