Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El Derecho de la Unión Europea es materia recurrente en los exámenes de la Escala Básica de Policía Nacional. Las preguntas se centran en la estructura institucional, las fuentes del Derecho y los procedimientos de toma de decisiones. Dominar los artículos del Tratado de la Unión Europea (TUE) y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) en sus versiones consolidadas es imprescindible para no perder puntos en este bloque.
Marco normativo
- Tratado de la Unión Europea (TUE): establece los principios, valores, instituciones y la estructura general de la UE.
- Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE): desarrolla el funcionamiento de las instituciones y las políticas de la UE.
Ambos tratados tienen el mismo valor jurídico (art. 1 TUE y art. 1 TFUE). Son los tratados constitutivos vigentes tras la reforma introducida por el Tratado de Lisboa (en vigor desde el 1 de diciembre de 2009).
Las instituciones de la Unión Europea
El art. 13 TUE establece el marco institucional de la UE. Las instituciones son siete:
- Parlamento Europeo
- Consejo Europeo
- Consejo (también llamado Consejo de la Unión Europea o Consejo de Ministros)
- Comisión Europea
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Banco Central Europeo
- Tribunal de Cuentas
Truco: P-CE-C-C-TJ-BCE-TC — siete instituciones, en este orden.
Parlamento Europeo
- Compuesto por representantes de los ciudadanos de la Unión (art. 14.2 TUE).
- El número de escaños no puede superar los 750, más el Presidente (750 + 1 = 751 como máximo).
- La representación es decrecientemente proporcional: ningún Estado puede tener menos de 6 ni más de 96 escaños (art. 14.2 TUE).
- Los diputados son elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto, por un mandato de 5 años (art. 14.3 TUE).
- Elige a su Presidente y a la Mesa.
Consejo Europeo
- Compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, el Presidente del Consejo Europeo y el Presidente de la Comisión (art. 15.2 TUE).
- También participa el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (art. 15.2 TUE).
- No ejerce función legislativa (art. 15.1 TUE).
- Su Presidente es elegido por el propio Consejo Europeo por mayoría cualificada, para un mandato de 2 años y medio, renovable una sola vez (art. 15.5 TUE).
- Se reúne dos veces por semestre como mínimo (art. 15.3 TUE).
- Toma sus decisiones por consenso, salvo cuando los Tratados dispongan otra cosa (art. 15.4 TUE).
Consejo (de la Unión Europea)
- Compuesto por un representante de cada Estado miembro a nivel ministerial (art. 16.2 TUE).
- La presidencia del Consejo (salvo la de Asuntos Exteriores) la ejercen los Estados miembros por rotación, en condiciones de igualdad (art. 16.9 TUE).
- Toma decisiones por mayoría cualificada, salvo que los Tratados dispongan otra cosa (art. 16.3 TUE).
Mayoría cualificada en el Consejo
Según el art. 16.4 TUE, la mayoría cualificada requiere:
- Al menos el 55 % de los miembros del Consejo (lo que equivale a un mínimo de 15 Estados).
- Que dichos Estados representen al menos el 65 % de la población de la Unión.
La minoría de bloqueo debe estar formada por al menos 4 miembros del Consejo (art. 16.4 TUE).
Comisión Europea
- Promueve el interés general de la Unión y actúa con independencia (art. 17.1 TUE).
- Tiene el monopolio de la iniciativa legislativa en el procedimiento legislativo ordinario (art. 17.2 TUE).
- Compuesta por un nacional de cada Estado miembro, incluido su Presidente y el Alto Representante (art. 17.4 TUE).
- El mandato de la Comisión es de 5 años (art. 17.3 TUE).
- El Presidente de la Comisión es elegido por el Parlamento Europeo a propuesta del Consejo Europeo, por mayoría de los miembros que lo componen (art. 17.7 TUE).
- El Parlamento Europeo puede aprobar una moción de censura contra la Comisión (art. 17.8 TUE).
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Comprende el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados (art. 19.1 TUE).
- Garantiza el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados (art. 19.1 TUE).
- Los jueces del Tribunal de Justicia son designados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros, por un mandato de 6 años, renovable (art. 19.2 TUE).
Las fuentes del Derecho de la Unión Europea
Derecho primario
Los propios Tratados (TUE y TFUE) y sus protocolos y anexos. Tienen rango superior a todo el Derecho derivado.
Derecho derivado (art. 288 TFUE)
Las instituciones adoptan los siguientes actos:
- Reglamento: alcance general, obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. No necesita transposición.
- Directiva: obliga al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios. Necesita transposición.
- Decisión: obligatoria en todos sus elementos. Si designa destinatarios, solo obliga a estos.
- Recomendación y Dictamen: no son vinculantes (art. 288 TFUE).
Distinción clave para el test: el Reglamento es directamente aplicable; la Directiva necesita ser transpuesta por el Estado.
El procedimiento legislativo ordinario
Regulado en el art. 294 TFUE. Rasgos esenciales:
- La Comisión presenta la propuesta.
- Intervienen en pie de igualdad el Parlamento Europeo y el Consejo.
- Puede tener hasta tres lecturas y, si no hay acuerdo, se convoca un Comité de Conciliación.
- Es el procedimiento general; los procedimientos legislativos especiales son la excepción.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- Instituciones de la UE: 7 (art. 13 TUE).
- Escaños máximos del Parlamento Europeo: 750 + 1 Presidente (art. 14.2 TUE).
- Escaños mínimos por Estado: 6; máximos: 96 (art. 14.2 TUE).
- Mandato del Parlamento Europeo: 5 años (art. 14.3 TUE).
- Mandato del Presidente del Consejo Europeo: 2 años y medio, renovable una vez (art. 15.5 TUE).
- Reuniones mínimas del Consejo Europeo: 2 por semestre (art. 15.3 TUE).
- Mayoría cualificada en el Consejo: 55 % de Estados (mínimo 15) + 65 % de población (art. 16.4 TUE).
- Minoría de bloqueo: mínimo 4 miembros del Consejo (art. 16.4 TUE).
- Mandato de la Comisión: 5 años (art. 17.3 TUE).
- Mandato de los jueces del Tribunal de Justicia: 6 años, renovable (art. 19.2 TUE).
- Entrada en vigor del Tratado de Lisboa: 1 de diciembre de 2009.
Errores típicos del opositor
- Confundir el Consejo Europeo (Jefes de Estado o de Gobierno) con el Consejo de la UE (ministros). Son instituciones distintas con composición y funciones diferentes.
- Atribuir función legislativa al Consejo Europeo: no la tiene (art. 15.1 TUE).
- Creer que la Directiva es directamente aplicable como el Reglamento: falso. La Directiva necesita transposición.
- Confundir el número de escaños: el límite es 750 más el Presidente, no 751 escaños de diputados.
- Olvidar que la minoría de bloqueo requiere al menos 4 Estados, no 3.
- Pensar que la Comisión es elegida directamente por los ciudadanos: la elige el Parlamento Europeo a propuesta del Consejo Europeo.
Trucos mnemotécnicos
- “7 instituciones: P-CE-C-C-TJ-BCE-TC” → Parlamento, Consejo Europeo, Consejo, Comisión, Tribunal de Justicia, Banco Central Europeo, Tribunal de Cuentas.
- “6-96” → mínimo y máximo de escaños por Estado en el Parlamento Europeo.
- “55-65-4” → mayoría cualificada: 55 % de Estados, 65 % de población, 4 para bloquear.
- “RDDR” → Reglamento, Directiva, Decisión, Recomendación/Dictamen: los cuatro actos del art. 288 TFUE, de mayor a menor fuerza vinculante.
- “La Directiva dirige, el Reglamento regula directamente” → para recordar que solo el Reglamento es directamente aplicable.