Test: Tecnologia policial. Equipamiento policial. Sistemas de comunicacion de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Medios tecnicos de vigilancia y seguimiento

10 preguntas — Policía Nacional

Este test de Tecnologia policial. Equipamiento policial. Sistemas de comunicacion de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Medios tecnicos de vigilancia y seguimiento contiene 10 preguntas tipo examen para la oposicion de Policía Nacional - Escala Básica. Cada pregunta incluye la referencia legal exacta (BOE) y una explicacion detallada de la respuesta correcta.

Pulsa Comenzar Test para responder de forma interactiva con correccion instantanea, o consulta las preguntas y respuestas en la seccion de referencia mas abajo.

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas tipo examen: Tecnologia policial. Equipamiento policial. Sistemas de comunicacion de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Medios tecnicos de vigilancia y seguimiento

10 preguntas tipo test basadas en Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos. Pulsa Comenzar Test arriba para responder de forma interactiva y ver las respuestas correctas con explicacion legal.

Pregunta 1

Según la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, ¿cuál es el objeto principal de la regulación de la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad?

  • A) Regular la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos
  • B) Regular exclusivamente el uso de videocámaras en espacios privados
  • C) Establecer las sanciones por uso indebido de videocámaras
  • D) Regular únicamente las videocámaras de la Policía Nacional

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 1 (BOE)

Pregunta 2

¿Qué finalidades específicas establece la Ley Orgánica 4/1997 para el uso de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad?

  • A) Únicamente la prevención de delitos
  • B) La seguridad ciudadana, la prevención de infracciones penales y la sanción de las infracciones de las ordenanzas municipales
  • C) Solo el control del tráfico rodado
  • D) Exclusivamente la identificación de personas

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 2 (BOE)

Pregunta 3

Según la Ley Orgánica 4/1997, ¿quién debe autorizar la instalación fija de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado?

  • A) El Delegado del Gobierno
  • B) El Director General de la Policía
  • C) El Ministro del Interior
  • D) El Alcalde del municipio

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 3.1 (BOE)

Pregunta 4

¿Qué requisito establece la Ley Orgánica 4/1997 respecto a la señalización de las videocámaras?

  • A) No es necesaria ninguna señalización
  • B) Solo se debe señalizar en centros comerciales
  • C) Se debe señalizar de forma claramente visible la existencia de las cámaras
  • D) Solo es obligatorio señalizar las cámaras móviles

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 4.1 (BOE)

Pregunta 5

Según la Ley Orgánica 4/1997, ¿cuál es el plazo máximo de conservación de las grabaciones obtenidas?

  • A) 15 días
  • B) Un mes
  • C) Tres meses
  • D) Seis meses

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 5.1 (BOE)

Pregunta 6

¿En qué supuestos puede ampliarse el plazo de conservación de las grabaciones según la Ley Orgánica 4/1997?

  • A) Nunca puede ampliarse el plazo
  • B) Solo cuando lo solicite un particular
  • C) Cuando estén relacionadas con infracciones penales o procedimientos judiciales o administrativos
  • D) Únicamente en casos de terrorismo

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 5.2 (BOE)

Pregunta 7

Según la Ley Orgánica 4/1997, ¿qué derecho tienen los ciudadanos respecto a las grabaciones que les afecten?

  • A) Derecho de acceso, rectificación y cancelación
  • B) Solo derecho de información
  • C) Únicamente derecho de cancelación
  • D) No tienen ningún derecho específico

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 6 (BOE)

Pregunta 8

¿Qué establece la Ley Orgánica 4/1997 sobre la utilización de las grabaciones obtenidas?

  • A) Pueden utilizarse para cualquier finalidad
  • B) Solo pueden utilizarse para fines comerciales
  • C) Únicamente podrán utilizarse para las finalidades previstas en la ley
  • D) Pueden cederse libremente a terceros

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 7 (BOE)

Pregunta 9

Según la Ley Orgánica 4/1997, ¿qué tipo de infracciones se tipifican por el incumplimiento de sus disposiciones?

  • A) Solo infracciones leves
  • B) Infracciones leves, graves y muy graves
  • C) Únicamente infracciones penales
  • D) No se tipifica ningún tipo de infracción

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Art. 8 (BOE)

Pregunta 10

¿Cuándo entró en vigor la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad?

  • A) El mismo día de su publicación en el BOE
  • B) A los veinte días de su publicación en el BOE
  • C) A los tres meses de su publicación
  • D) Al año siguiente de su publicación

Ref: Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, Disposición final (BOE)