Test: La firma electronica. El DNI electronico. Certificados digitales. La Administracion Electronica
10 preguntas — Policía Nacional
Este test de La firma electronica. El DNI electronico. Certificados digitales. La Administracion Electronica contiene 10 preguntas tipo examen para la oposicion de Policía Nacional - Escala Básica. Cada pregunta incluye la referencia legal exacta (BOE) y una explicacion detallada de la respuesta correcta.
Pulsa Comenzar Test para responder de forma interactiva con correccion instantanea, o consulta las preguntas y respuestas en la seccion de referencia mas abajo.
Cada pregunta incluye referencia legal exacta
Preguntas tipo examen: La firma electronica. El DNI electronico. Certificados digitales. La Administracion Electronica
10 preguntas tipo test basadas en Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza. Pulsa Comenzar Test arriba para responder de forma interactiva y ver las respuestas correctas con explicacion legal.
Pregunta 1
Según el Reglamento eIDAS, ¿qué se entiende por firma electrónica?
- A) Datos en formato electrónico anejos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos que utiliza el firmante para firmar
- B) Un certificado digital emitido por una autoridad de certificación reconocida
- C) Un código numérico único que identifica al usuario en sistemas electrónicos
- D) La huella dactilar digitalizada almacenada en el DNI electrónico
Ref: Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza, Art. 3.10 (BOE)
Pregunta 2
¿Cuáles son los tres niveles de firma electrónica establecidos en el Reglamento eIDAS?
- A) Firma electrónica simple, firma electrónica avanzada y firma electrónica cualificada
- B) Firma electrónica básica, firma electrónica intermedia y firma electrónica superior
- C) Firma electrónica personal, firma electrónica empresarial y firma electrónica institucional
- D) Firma electrónica local, firma electrónica nacional y firma electrónica europea
Ref: Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza, Art. 3.10, 3.11 y 3.12 (BOE)
Pregunta 3
Según el Real Decreto 1553/2005, ¿qué autoridad es competente para la expedición del DNI electrónico?
- A) El Ministerio del Interior
- B) El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- C) La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
- D) Las Comunidades Autónomas
Ref: Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, Art. 1 (BOE)
Pregunta 4
¿Qué tipo de certificados electrónicos incorpora el DNI electrónico según el Real Decreto 1553/2005?
- A) Certificado de autenticación y certificado de firma electrónica
- B) Únicamente certificado de firma electrónica
- C) Certificado de identificación, certificado de firma y certificado de cifrado
- D) Certificado biométrico y certificado de firma electrónica
Ref: Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, Art. 8 (BOE)
Pregunta 5
Según la Ley 6/2020, ¿qué organismo ejerce las funciones de supervisión de los prestadores de servicios de confianza en España?
- A) El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- B) La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
- C) El Consejo de Seguridad Nacional
- D) La Agencia Española de Protección de Datos
Ref: Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, Art. 4 (BOE)
Pregunta 6
¿Cuál es la validez temporal máxima de los certificados de firma electrónica del DNI electrónico según el Real Decreto 1553/2005?
- A) 30 meses desde su activación
- B) 24 meses desde su activación
- C) 36 meses desde su activación
- D) La misma que la validez del DNI físico
Ref: Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, Art. 10.2 (BOE)
Pregunta 7
Según el Reglamento eIDAS, ¿qué característica debe cumplir una firma electrónica cualificada?
- A) Debe estar basada en un certificado cualificado y creada por un dispositivo cualificado de creación de firma electrónica
- B) Debe estar únicamente basada en un certificado cualificado
- C) Debe incluir datos biométricos del firmante
- D) Debe ser validada por una autoridad judicial
Ref: Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza, Art. 3.12 (BOE)
Pregunta 8
¿Qué efecto jurídico tiene la firma electrónica cualificada según el Reglamento eIDAS?
- A) Tiene el efecto jurídico equivalente al de una firma manuscrita
- B) Tiene mayor valor jurídico que una firma manuscrita
- C) Solo tiene validez en el ámbito digital
- D) Requiere ratificación posterior para tener validez
Ref: Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza, Art. 25.2 (BOE)
Pregunta 9
Según el Real Decreto 1553/2005, ¿qué información debe contener obligatoriamente un certificado de firma electrónica del DNI?
- A) El número del DNI, nombre y apellidos del titular, y la clave pública
- B) Únicamente el número del DNI y la clave pública
- C) El número del DNI, datos biométricos y la clave privada
- D) El nombre completo, dirección postal y número de teléfono
Ref: Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, Art. 9 (BOE)
Pregunta 10
Según la Ley 6/2020, ¿cuál es el plazo máximo para que un prestador de servicios de confianza notifique el inicio de sus actividades?
- A) 15 días hábiles antes del inicio de la actividad
- B) 30 días naturales antes del inicio de la actividad
- C) 10 días hábiles antes del inicio de la actividad
- D) No existe obligación de notificación previa
Ref: Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, Art. 7.1 (BOE)