Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS) es la norma vertebradora de todo el sistema policial español. Para la oposición de Policía Nacional — Escala Básica, este tema es de los más preguntados: los exámenes extraen preguntas directas de su articulado, especialmente de los principios básicos de actuación, la estructura orgánica y el régimen estatutario del Cuerpo Nacional de Policía.
Marco normativo
- Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (BOE núm. 63, de 14 de marzo de 1986).
- Tiene rango de ley orgánica por afectar al desarrollo de derechos fundamentales y libertades públicas (art. 81 CE) y por regular cuerpos que ejercen funciones coercitivas del Estado.
- Su fundamento constitucional se encuentra en el art. 104 CE, que encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades y la garantía de la seguridad ciudadana.
Estructura del tema
La LOFCS se organiza en cinco títulos:
- Título I — Disposiciones generales (arts. 1-7)
- Título II — De las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (arts. 8-40)
- Título III — De las Policías de las Comunidades Autónomas (arts. 41-52)
- Título IV — De la Policía Local (arts. 53-54)
- Título V — De la colaboración y coordinación entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales (arts. 55-58)
Conceptos clave
Misión constitucional de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
El art. 1.1 LOFCS establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado. El art. 1.2 dispone que el mantenimiento de la seguridad pública se ejercerá por las distintas Administraciones Públicas a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: clasificación (art. 2 LOFCS)
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil.
- Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas.
- Cuerpos de Policía de las Corporaciones Locales (Policía Local y Policía Municipal).
Principios básicos de actuación (art. 5 LOFCS)
Son el núcleo más preguntado en los exámenes. Se agrupan en:
a) Adecuación al ordenamiento jurídico:
- Ejercicio de sus funciones con absoluto respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
- Actuación con integridad y dignidad, absteniéndose de todo acto de corrupción.
- Sujeción a los principios de jerarquía y subordinación.
- Colaboración con la Administración de Justicia y auxilio a sus miembros.
b) Relaciones con la comunidad:
- Impedir cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria.
- Observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos.
- Actuar con la decisión necesaria, sin demora, cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable.
- Utilizar la fuerza solo en las situaciones en que sea estrictamente necesaria y en la medida que lo requiera.
c) Tratamiento de detenidos:
- Identificarse debidamente como miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando lo requieran las circunstancias.
- Velar por la vida e integridad física de las personas a quienes detuvieren o que se encuentren bajo su custodia.
- Dar cumplimiento y observar con la debida diligencia los trámites, plazos y requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico cuando se proceda a la detención.
d) Dedicación profesional:
- Llevar a cabo sus funciones con total dedicación.
- Intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana.
e) Secreto profesional:
- Guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones.
- No están obligados a revelar las fuentes de información salvo que el ejercicio de sus funciones o las disposiciones de la Ley les impongan actuar de otra manera.
f) Responsabilidad:
- Son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional llevaren a cabo, infringiendo o vulnerando las normas legales, así como las reglamentarias que rijan su profesión y los principios enunciados.
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: estructura (arts. 9-14 LOFCS)
- Dependen del Ministerio del Interior (art. 9).
- El Cuerpo Nacional de Policía es un instituto armado de naturaleza civil (art. 9.1).
- La Guardia Civil es un instituto armado de naturaleza militar (art. 9.1).
- Ambos cuerpos ejercen sus funciones en todo el territorio nacional (art. 11 y 12).
Funciones del Cuerpo Nacional de Policía (art. 11 LOFCS)
Son funciones propias y exclusivas del CNP, entre otras:
- Expedir el Documento Nacional de Identidad y los pasaportes.
- Controlar la entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
- Las actuaciones para impedir la fabricación, tráfico y depósito ilícito de armas, explosivos y drogas tóxicas.
- Vigilar e inspeccionar el cumplimiento de la normativa en materia de extranjería.
- Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países.
- Controlar a las empresas y al personal de seguridad privada.
- Proteger a las autoridades del Estado y vigilar y custodiar los edificios e instalaciones de los órganos constitucionales.
Funciones de la Guardia Civil (art. 12 LOFCS)
Son funciones propias y exclusivas de la Guardia Civil, entre otras:
- Las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos.
- El resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
- La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que lo requieran.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, recursos hidráulicos y riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.
- La conducción interurbana de presos y detenidos.
Funciones comunes a ambos cuerpos (art. 11.1 LOFCS)
- Velar por el cumplimiento de las leyes y disposiciones generales.
- Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro.
- Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables.
- Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la seguridad pública.
- Colaborar con los Servicios de Protección Civil en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Régimen estatutario del Cuerpo Nacional de Policía (arts. 27-40 LOFCS)
- El personal del CNP tiene la condición de funcionario de carrera (art. 27).
- Las escalas del CNP son (art. 29):
- Escala Superior
- Escala Ejecutiva
- Escala de Subinspección
- Escala Básica
- La Escala Básica comprende las categorías de Oficial y Agente (art. 29).
- El art. 6 prohíbe a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ejercer el derecho de huelga, así como acciones sustitutivas de este o actuaciones que conlleven abandono de servicio.
- El art. 7 reconoce el derecho a constituir organizaciones sindicales de ámbito nacional para la defensa de sus intereses profesionales, con las limitaciones derivadas de su condición.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- Fecha de la ley: 13 de marzo de 1986 (BOE: 14 de marzo de 1986).
- Número de la ley: Ley Orgánica 2/1986.
- Número de títulos: cinco.
- Naturaleza del CNP: civil (art. 9.1).
- Naturaleza de la Guardia Civil: militar (art. 9.1).
- Escalas del CNP: cuatro (art. 29).
- La Escala Básica comprende: Oficial y Agente (art. 29).
Errores típicos del opositor
- Confundir la naturaleza del CNP y la Guardia Civil: el CNP es civil; la Guardia Civil es militar. Error frecuente en test.
- Atribuir funciones exclusivas de un cuerpo al otro: el DNI y el pasaporte son del CNP (art. 11); el resguardo fiscal y el contrabando son de la Guardia Civil (art. 12).
- Creer que los policías pueden ejercer el derecho de huelga: el art. 6 LOFCS lo prohíbe expresamente.
- Confundir el número de escalas: son cuatro escalas, no tres ni cinco.
- Situar la ley en 1985 o 1987: la fecha exacta es 1986.
Trucos mnemotécnicos
- “2/1986 — DOS MIL OCHENTA Y SEIS” → Ley Orgánica 2 del año 1986, aprobada el 13 de marzo.
- “CNP = Civil, GC = Guardia (Militar)” → La inicial C de Civil corresponde al Cuerpo Nacional de Policía.
- “DNI-PASA-EXTRA” → Las tres funciones más preguntadas del CNP: DNI, PASAportes, EXTRAnjería.
- “CONTRA-NATURA-PRESOS” → Las tres funciones más preguntadas de la Guardia Civil: CONTRAbando, NATURAaleza, PRESOs (conducción interurbana).
- “SUPE-EJECU-SUBINS-BÁSICA” → Las cuatro escalas del CNP en orden descendente.