Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
Las Cortes Generales constituyen el poder legislativo del Estado español y representan al pueblo español (art. 66.1 CE). Este tema es uno de los más preguntados en la oposición de Policía Nacional Escala Básica porque combina cifras exactas, plazos y distinciones entre las dos cámaras que generan errores frecuentes en el test. Dominar este bloque es imprescindible para superar la prueba de conocimientos constitucionales.
Marco normativo
- Constitución Española de 1978 (CE): Título III, arts. 66 a 96 (Cortes Generales) y art. 54 (Defensor del Pueblo).
- Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo (LODP).
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).
Estructura del tema
1. Las Cortes Generales: disposiciones generales
El art. 66 CE define las Cortes Generales como la institución que:
- Representa al pueblo español.
- Ejerce la potestad legislativa del Estado.
- Aprueba los Presupuestos Generales del Estado.
- Controla la acción del Gobierno.
- Tiene las demás competencias que la Constitución atribuya.
Las Cortes son bicamerales: se componen del Congreso de los Diputados y del Senado (art. 66.1 CE).
Son inviolables (art. 66.3 CE): ninguna autoridad puede disolver, suspender ni interferir en su funcionamiento.
El Congreso de los Diputados
Composición
Según el art. 68 CE y la LOREG:
- Mínimo 300 y máximo 400 diputados.
- Actualmente: 350 diputados.
- Circunscripción electoral: la provincia.
- Ceuta y Melilla eligen 1 diputado cada una.
- Sistema electoral: proporcional (método D’Hondt), con barrera mínima del 3 % de los votos válidos emitidos en la circunscripción (art. 163 LOREG).
- Mandato: 4 años (art. 68.4 CE).
- Sufragio: universal, libre, igual, directo y secreto (art. 68.1 CE).
Atribuciones específicas del Congreso
- Investidura del Presidente del Gobierno (art. 99 CE): el candidato expone su programa y solicita la confianza al Congreso.
- Moción de censura y cuestión de confianza (arts. 112 y 113 CE): el Congreso es la cámara que vota ambas.
- Convalidación o derogación de Decretos-leyes (art. 86.2 CE): el Congreso debe pronunciarse en el plazo de 30 días desde la promulgación.
- Autorización de estados de alarma, excepción y sitio (art. 116 CE).
- Primacía legislativa: en caso de desacuerdo con el Senado, el Congreso puede levantar el veto o enmiendas del Senado por mayoría absoluta o, transcurridos dos meses, por mayoría simple (art. 90.2 CE).
El Senado
Composición
Según el art. 69 CE:
- El Senado es la cámara de representación territorial.
- Senadores de elección directa: 4 por provincia peninsular (art. 69.2 CE).
- Ceuta y Melilla: 2 senadores cada una (art. 69.4 CE).
- Las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca, Tenerife): 3 senadores cada una.
- Las islas o agrupaciones de islas restantes: 1 senador cada una.
- Senadores de designación autonómica: 1 por Comunidad Autónoma más 1 adicional por cada millón de habitantes (art. 69.5 CE).
- Mandato: 4 años (art. 69.6 CE).
- Sufragio: universal, libre, igual, directo y secreto para los de elección directa.
Atribuciones específicas del Senado
- Veto o enmienda a los proyectos de ley aprobados por el Congreso, en el plazo de 2 meses (art. 90.2 CE). El Congreso puede levantar el veto.
- Autorización para que el Gobierno aplique el art. 155 CE (coerción estatal a una Comunidad Autónoma): requiere mayoría absoluta del Senado.
- Intervención en la reforma constitucional (arts. 167 y 168 CE).
Funcionamiento de las Cortes Generales
Períodos de sesiones (art. 73 CE)
- Las Cámaras se reúnen anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones:
- De septiembre a diciembre.
- De febrero a junio.
- Fuera de estos períodos pueden reunirse en sesión extraordinaria, a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las cámaras (art. 73.2 CE).
Diputaciones Permanentes (art. 78 CE)
- Velan por los poderes de las cámaras cuando estas no están reunidas (entre períodos de sesiones, en caso de disolución o expiración del mandato).
- Presididas por el Presidente de la cámara respectiva.
- Compuestas por un mínimo de 21 miembros.
Reunión conjunta
Las Cámaras se reúnen en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas atribuidas a las Cortes Generales (art. 74.1 CE), presididas por el Presidente del Congreso.
El Defensor del Pueblo
Regulación y naturaleza
El art. 54 CE lo define como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por estas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I CE. Supervisa la actividad de la Administración.
La regulación detallada se encuentra en la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.
Elección y mandato
- Elegido por las Cortes Generales (Congreso y Senado).
- Mandato: 5 años (art. 2 LODP).
- Reelegible.
- No está sujeto a mandato imperativo, no recibe instrucciones de ninguna autoridad y ejerce sus funciones con autonomía e independencia (art. 6 LODP).
Legitimación activa para quejarse
- Puede actuar de oficio o a instancia de cualquier persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo (art. 10 LODP).
- No es necesario ser ciudadano español.
Procedimiento
- Las quejas deben formularse en el plazo máximo de 1 año desde que el interesado conoció los hechos (art. 15 LODP).
- Las actuaciones son gratuitas para el interesado (art. 15 LODP).
- No interrumpe los plazos de los recursos administrativos o judiciales.
Facultades
- Puede interponer recurso de inconstitucionalidad y recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (art. 162.1 CE y art. 29 LODP).
- Puede supervisar la actividad de la Administración del Estado, autonómica y local.
- No puede intervenir en asuntos pendientes de resolución judicial.
- Presenta un informe anual a las Cortes Generales (art. 33 LODP).
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- 350 diputados en el Congreso.
- 4 años de mandato en ambas cámaras.
- Barrera electoral en el Congreso: 3 % de votos válidos en la circunscripción.
- Senadores por provincia peninsular: 4.
- Senadores por Ceuta y Melilla: 2 cada una.
- Senadores autonómicos: 1 + 1 por millón de habitantes.
- Períodos ordinarios de sesiones: septiembre-diciembre y febrero-junio.
- Diputaciones Permanentes: mínimo 21 miembros.
- Plazo del Senado para vetar o enmendar: 2 meses.
- Plazo del Congreso para convalidar Decretos-leyes: 30 días.
- Defensor del Pueblo: mandato de 5 años.
- Plazo para presentar queja ante el Defensor: 1 año desde el conocimiento de los hechos.
Errores típicos del opositor
- Confundir el número de senadores de Ceuta y Melilla (2 cada una) con el de diputados (1 cada una).
- Atribuir la investidura del Presidente al Senado: es competencia exclusiva del Congreso.
- Creer que el Defensor del Pueblo puede actuar en asuntos pendientes ante los tribunales: no puede.
- Confundir el mandato del Defensor del Pueblo (5 años) con el de las cámaras (4 años).
- Pensar que solo los ciudadanos españoles pueden quejarse al Defensor: cualquier persona puede hacerlo.
- Situar el período de sesiones de enero a mayo: el segundo período comienza en febrero, no en enero.
Trucos mnemotécnicos
- “350 diputados, 4 años” → recuerda: el Congreso tiene 50 más que el mínimo de 300, y dura 4 años como el Senado.
- “El Senado veta en 2, el Congreso levanta en 2 o en simple” → 2 meses de plazo para el Senado; el Congreso levanta el veto por mayoría absoluta o, pasados 2 meses, por mayoría simple.
- “El Defensor dura 5, no 4” → es el único de los órganos del tema con mandato de 5 años.
- “Sep-Dic / Feb-Jun” → los dos períodos ordinarios: recuerda que enero y julio-agosto quedan fuera.
- “4 por provincia, 2 por ciudad autónoma” → senadores de elección directa: 4 en provincias, 2 en Ceuta y Melilla.
- “1 año para quejarse al Defensor” → igual que muchos plazos administrativos generales, lo que facilita la asociación.