Test: Instalaciones en Edificios: Electricidad, Gas, Ventilación (RITE, REBT)

10 preguntas tipo examen para Bomberos Madrid — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 12 es uno de los más técnicos del temario de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid. Su importancia operativa es directa: el conocimiento de las instalaciones eléctricas, de gas y de ventilación determina la actuación segura en intervenciones en edificios. Las preguntas de examen combinan datos numéricos precisos con conceptos reglamentarios, por lo que la memorización de cifras y artículos concretos es imprescindible.


Marco normativo

Las normas que vertebran este tema son:

  • Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC-BT).
  • Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
  • Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC-ICG).
  • CTE DB-HS 3 (Documento Básico de Salubridad, sección 3: Calidad del aire interior), que complementa al RITE en materia de ventilación de edificios residenciales.

Instalaciones eléctricas: REBT (RD 842/2002)

Ámbito de aplicación

El REBT regula las instalaciones eléctricas cuya tensión nominal no supera los 1.000 V en corriente alterna o los 1.500 V en corriente continua (art. 2 RD 842/2002).

ITC-BT-24: Protección contra los contactos eléctricos

Esta instrucción distingue dos tipos de contacto:

  • Contacto directo: contacto de personas con partes activas de los materiales y equipos.
  • Contacto indirecto: contacto de personas con masas puestas accidentalmente bajo tensión.

Medidas de protección contra contactos directos (ITC-BT-24):

  • Alejamiento de las partes activas.
  • Interposición de obstáculos.
  • Recubrimiento de las partes activas con aislamiento adecuado.
  • Utilización de muy baja tensión de seguridad (MBTS): ≤ 50 V en corriente alterna o ≤ 120 V en corriente continua en locales secos; ≤ 25 V en corriente alterna o ≤ 60 V en corriente continua en locales húmedos o mojados.

Medidas de protección contra contactos indirectos (ITC-BT-24):

  • Puesta a tierra de las masas y dispositivos de corte por intensidad de defecto (interruptores diferenciales).
  • Separación de circuitos.
  • Empleo de equipos de clase II (doble aislamiento).

ITC-BT-28: Instalaciones en locales de pública concurrencia

Esta instrucción es especialmente relevante para bomberos porque regula los edificios con mayor riesgo de incendio y evacuación.

Locales incluidos (ITC-BT-28):

  • Espectáculos y actividades recreativas.
  • Reunión, trabajo y usos sanitarios.
  • Locales de culto, museos, archivos y similares.

Requisitos destacados (ITC-BT-28):

  • Las instalaciones deben disponer de alumbrado de emergencia que garantice la iluminación en caso de fallo del suministro normal.
  • El alumbrado de emergencia debe entrar en funcionamiento de forma automática al producirse el fallo del alumbrado general o cuando la tensión baje por debajo del 70 % de su valor nominal.
  • La instalación del alumbrado de emergencia debe proporcionar una iluminancia mínima de 1 lux a nivel del suelo en los recorridos de evacuación.
  • En los puntos donde estén situados los equipos de seguridad, las instalaciones de protección contra incendios y los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminancia mínima es de 5 lux.
  • El alumbrado de emergencia debe tener una autonomía mínima de 1 hora.
  • Los locales de pública concurrencia deben contar con dos suministros: el suministro normal y el suministro de socorro (o fuente propia de energía).

Instalaciones térmicas: RITE (RD 1027/2007)

Ámbito de aplicación

El RITE se aplica a las instalaciones térmicas en los edificios, entendidas como las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria (art. 1 RD 1027/2007).

Exigencias básicas

El RITE establece tres exigencias básicas (art. 1 RD 1027/2007):

  • IT 1 — Bienestar e higiene: las instalaciones térmicas deben proporcionar el bienestar térmico y la calidad del aire interior exigidos.
  • IT 2 — Eficiencia energética: las instalaciones deben diseñarse para optimizar el consumo de energía.
  • IT 3 — Seguridad: las instalaciones deben diseñarse y construirse de forma que se reduzca el riesgo de accidentes y siniestros.

Ventilación e IT 1.1.4 (calidad del aire interior)

El RITE clasifica la calidad del aire interior en cuatro categorías (IDA):

  • IDA 1 — Aire de óptima calidad (hospitales, clínicas, laboratorios).
  • IDA 2 — Aire de buena calidad (oficinas, residencias, salas de lectura).
  • IDA 3 — Aire de calidad media (bares, restaurantes, tiendas).
  • IDA 4 — Aire de calidad baja (uso esporádico, almacenes).

El caudal mínimo de aire exterior de ventilación se determina en función de la categoría IDA asignada al local.

CTE DB-HS 3 y ventilación en viviendas

El CTE DB-HS 3 complementa al RITE para los edificios de uso residencial privado. Establece que los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal.

Caudales mínimos de ventilación (DB-HS 3):

  • Dormitorios: 5 l/s por ocupante.
  • Salas de estar y comedores: 3 l/s por ocupante.
  • Aseos y cuartos de baño: 15 l/s por local.
  • Cocinas: 50 l/s por local (extracción mecánica).

Instalaciones de gas: RD 919/2006 e ITC-ICG 07

Ámbito de aplicación

El RD 919/2006 regula la distribución y utilización de combustibles gaseosos. La ITC-ICG 07 regula específicamente las instalaciones receptoras de gas en edificios.

Presiones de distribución

La normativa clasifica las redes de distribución de gas según la presión de operación:

  • Alta presión A (AP-A): superior a 4 bar.
  • Alta presión B (AP-B): entre 0,4 y 4 bar.
  • Media presión A (MP-A): entre 0,05 y 0,4 bar.
  • Media presión B (MP-B): entre 0,005 y 0,05 bar.
  • Baja presión (BP): hasta 0,005 bar (5 mbar).

Las instalaciones receptoras de los edificios trabajan habitualmente en baja presión.

Locales con instalaciones de gas: ventilación obligatoria (ITC-ICG 07)

Los locales donde se instalen aparatos de gas deben disponer de ventilación suficiente para garantizar la combustión y evitar la acumulación de gas en caso de fuga. La ITC-ICG 07 distingue entre:

  • Ventilación natural: mediante aberturas permanentes comunicadas con el exterior.
  • Ventilación forzada: mediante sistemas mecánicos cuando la ventilación natural no es suficiente.

Los locales deben disponer de aberturas de ventilación en la parte baja (entrada de aire) y en la parte alta (salida de gases de combustión), evitando la acumulación de gas en zonas bajas (para gases más pesados que el aire, como el butano y el propano) o en zonas altas (para gases más ligeros que el aire, como el gas natural).


Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Tensión máxima REBT: 1.000 V (CA) / 1.500 V (CC) — art. 2 RD 842/2002.
  • MBTS en locales secos: ≤ 50 V (CA) / ≤ 120 V (CC) — ITC-BT-24.
  • MBTS en locales húmedos: ≤ 25 V (CA) / ≤ 60 V (CC) — ITC-BT-24.
  • Alumbrado de emergencia: activación por debajo del 70 % de tensión nominal — ITC-BT-28.
  • Iluminancia mínima en recorridos de evacuación: 1 lux — ITC-BT-28.
  • Iluminancia mínima en equipos de seguridad y cuadros: 5 lux — ITC-BT-28.
  • Autonomía mínima del alumbrado de emergencia: 1 hora — ITC-BT-28.
  • Caudal mínimo dormitorios (DB-HS 3): 5 l/s por ocupante.
  • Caudal mínimo aseos (DB-HS 3): 15 l/s por local.
  • Caudal mínimo cocinas (DB-HS 3): 50 l/s por local.
  • Presión máxima baja presión gas: 5 mbar — RD 919/2006.

Errores típicos del opositor

  • Confundir IDA (categorías de calidad del aire interior del RITE) con los caudales del DB-HS 3. Son normativas complementarias pero con ámbitos distintos: el RITE aplica a edificios terciarios y el DB-HS 3 a uso residencial.
  • Confundir el umbral de activación del alumbrado de emergencia (70 % de la tensión nominal) con el nivel de iluminancia mínima (1 lux). Son conceptos distintos de la misma ITC-BT-28.
  • Creer que el REBT regula también la alta tensión. El REBT se limita a instalaciones de baja tensión (hasta 1.000 V en CA).
  • Confundir butano/propano (más pesados que el aire → acumulación en zonas bajas) con gas natural (más ligero → acumulación en zonas altas). Esta distinción tiene consecuencia directa en la ubicación de las aberturas de ventilación exigidas por la ITC-ICG 07.
  • Atribuir al RITE la regulación de la ventilación en viviendas. En viviendas, la norma de referencia es el CTE DB-HS 3; el RITE aplica a las instalaciones térmicas propiamente dichas.

Trucos mnemotécnicos

  • “1-5-70-60” para ITC-BT-28: 1 lux en evacuación, 5 lux en equipos, 70 % de tensión para activación, 60 minutos de autonomía.
  • “IDA 1 es el mejor”: cuanto menor el número, mayor la calidad del aire (IDA 1 = hospitales; IDA 4 = almacenes).
  • “El butano pesa, el natural sube”: butano y propano son más pesados que el aire (ventilación baja); gas natural es más ligero (ventilación alta).
  • “REBT = Baja Tensión = hasta 1.000”: el límite de 1.000 V en CA es el umbral definitorio del REBT.
  • “DB-HS 3: 5-3-15-50”: dormitorios 5 l/s, salas 3 l/s, aseos 15 l/s, cocinas 50 l/s. Orden ascendente de caudal.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT, RD 842/2002), ¿qué se considera instalación de baja tensión?

    • A) Las instalaciones con tensión nominal igual o inferior a 1.000 V en corriente alterna y 1.500 V en corriente continua
    • B) Solo las instalaciones con tensión inferior a 220 V
    • C) Todas las instalaciones eléctricas sin distinción de tensión
    • D) Las instalaciones con tensión superior a 1.000 V e inferior a 30.000 V

    Referencia: Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) , Art. 2

  2. Según la ITC-BT-28 del REBT, ¿qué tipo de alumbrado debe existir en un edificio para garantizar la evacuación segura en caso de fallo del alumbrado normal?

    • A) Alumbrado de emergencia, que incluye alumbrado de seguridad (con sus variantes: de evacuación, ambiente o anti-pánico, y zonas de alto riesgo)
    • B) Solo luces de neón decorativas en los pasillos
    • C) Linternas individuales proporcionadas a cada ocupante del edificio
    • D) Velas de emergencia en cada planta

    Referencia: Real Decreto 842/2002, REBT, ITC-BT-28 , ITC-BT-28

  3. ¿Cuál es la función del interruptor diferencial (ID) en una instalación eléctrica de baja tensión?

    • A) Proteger a las personas contra contactos indirectos, detectando las corrientes de fuga a tierra y desconectando el circuito
    • B) Proteger la instalación contra sobrecargas y cortocircuitos
    • C) Regular la tensión de suministro de la vivienda
    • D) Medir el consumo eléctrico para la facturación

    Referencia: Real Decreto 842/2002, REBT, ITC-BT-24 , ITC-BT-24

  4. Según el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE, RD 1027/2007), ¿cuál es el objetivo principal de este reglamento?

    • A) Establecer las condiciones que deben cumplir las instalaciones destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene a través de las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria
    • B) Regular exclusivamente las calderas de gas natural en viviendas
    • C) Establecer las normas de construcción de chimeneas
    • D) Regular la temperatura máxima del agua de las piscinas

    Referencia: Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) , Art. 1

  5. En las instalaciones de gas en edificios, ¿qué es una llave de corte general del edificio y dónde debe ubicarse?

    • A) Es la llave que permite cortar el suministro de gas de todo el edificio, y debe situarse en un lugar accesible, generalmente en la fachada o en el armario de regulación del edificio
    • B) Es la llave de paso del agua caliente sanitaria ubicada en el cuarto de calderas
    • C) Es un dispositivo electrónico que solo puede ser activado por la compañía suministradora
    • D) No existe tal dispositivo; cada vivienda tiene su propia llave independiente

    Referencia: Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus ITC , ITC-ICG 07

  6. ¿Qué es un conducto 'shunt' en un edificio de viviendas?

    • A) Un conducto de ventilación colectivo vertical que conecta los cuartos húmedos (baños y cocinas) de diferentes pisos para la evacuación de aire viciado, con ramales individuales por planta que confluyen en un conducto principal
    • B) Un conducto de suministro de gas natural para todo el edificio
    • C) Un bajante de aguas residuales
    • D) Un cable eléctrico de alta tensión que recorre el edificio verticalmente

    Referencia: Real Decreto 1027/2007, RITE; CTE DB-HS 3 (Calidad del aire interior) , Ventilación de edificios residenciales

  7. Según la ITC-BT-25 del REBT, ¿cuántos circuitos independientes debe tener como mínimo una vivienda con electrificación básica?

    • A) 5 circuitos: iluminación, tomas de uso general, cocina y horno, lavadora/lavavajillas/termo, y tomas de baño y auxiliares de cocina
    • B) Un único circuito para toda la vivienda
    • C) 2 circuitos: uno para iluminación y otro para fuerza
    • D) 10 circuitos independientes como mínimo

    Referencia: Real Decreto 842/2002, REBT , ITC-BT-25

  8. ¿Qué es el CGMP (Cuadro General de Mando y Protección) de una vivienda?

    • A) El cuadro eléctrico de la vivienda que contiene el ICP (limitador de potencia), el interruptor diferencial y los interruptores automáticos magnetotérmicos de cada circuito
    • B) El contador eléctrico ubicado en la centralización de contadores del edificio
    • C) El cuadro de mando del ascensor del edificio
    • D) La caja general de protección (CGP) ubicada en la fachada del edificio

    Referencia: Real Decreto 842/2002, REBT , ITC-BT-17

  9. ¿Cuáles son los dos tipos principales de gas suministrado en las instalaciones domésticas en España?

    • A) Gas natural (metano, más ligero que el aire) y gases licuados del petróleo (GLP: butano y propano, más pesados que el aire)
    • B) Hidrógeno y oxígeno
    • C) Gas ciudad y acetileno
    • D) Nitrógeno y dióxido de carbono

    Referencia: Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos , Ámbito de aplicación

  10. Según el CTE DB-HS 3 y el RITE, ¿qué requisito de ventilación se exige para los locales donde se ubican calderas de gas de circuito abierto?

    • A) Deben disponer de ventilación directa al exterior o a través de un conducto, con entrada de aire inferior y salida superior, para garantizar la aportación de aire de combustión y la evacuación de productos de combustión
    • B) No necesitan ventilación especial si la potencia es inferior a 70 kW
    • C) Solo necesitan un extractor mecánico que funcione durante el encendido de la caldera
    • D) Basta con mantener una ventana abierta durante el invierno

    Referencia: Real Decreto 1027/2007, RITE; RD 919/2006, ITC-ICG 07 , IT 1.3 (Seguridad) e ITC-ICG 07