Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El tema de la Unión Europea es uno de los más recurrentes en los exámenes de Auxilio Judicial. Aparece en el bloque de Derecho Comunitario e institucional y combina preguntas sobre tratados fundacionales, estructura institucional, sedes y principios básicos del ordenamiento europeo. Dominar este tema requiere precisión en fechas, artículos y denominaciones exactas.
Marco normativo
Los apuntes se anclan en las siguientes fuentes, por orden de relevancia:
- Tratado de la Unión Europea (TUE): texto consolidado tras Lisboa.
- Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE): regula el funcionamiento interno y las competencias.
- Tratado de Lisboa de 2007: firmado el 13 de diciembre de 2007, entró en vigor el 1 de diciembre de 2009. Modificó el TUE y el antiguo Tratado CE, que pasó a denominarse TFUE.
- Decisión del Consejo Europeo 2018/937: fija la composición del Parlamento Europeo para la legislatura iniciada en 2019.
- Protocolo sobre las sedes de las instituciones de la UE: anejo a los Tratados, determina dónde se ubican físicamente las instituciones.
- Sentencia Costa/ENEL del TJUE (1964): establece el principio de primacía del Derecho de la Unión sobre el Derecho nacional.
Estructura del tema
1. Los Tratados constitutivos y el Tratado de Lisboa
La Unión Europea reposa sobre dos tratados de rango equivalente (art. 1 TUE):
- El Tratado de la Unión Europea (TUE).
- El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
El Tratado de Lisboa no creó un texto único (“Constitución Europea”), sino que modificó los tratados existentes. Su aportación más relevante:
- Otorgó personalidad jurídica única a la UE (art. 47 TUE).
- Suprimió la estructura de “tres pilares” heredada de Maastricht.
- Creó la figura del Presidente del Consejo Europeo con mandato estable (art. 15.5 TUE): elegido por mayoría cualificada, mandato de dos años y medio, renovable una sola vez.
- Creó la figura del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (art. 18 TUE).
- Reconoció jurídicamente la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE con el mismo valor jurídico que los Tratados (art. 6.1 TUE).
Conceptos clave
Las instituciones de la Unión Europea
El art. 13.1 TUE enumera las siete instituciones de la UE:
- Parlamento Europeo
- Consejo Europeo
- Consejo
- Comisión Europea
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Banco Central Europeo
- Tribunal de Cuentas
Atención: el Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones son órganos consultivos, no instituciones a efectos del art. 13 TUE.
El Parlamento Europeo
- Representa a los ciudadanos de la Unión (art. 14.2 TUE).
- Sus miembros se eligen por sufragio universal directo, libre y secreto (art. 14.3 TUE).
- El mandato es de cinco años.
- El número máximo de escaños es de 751 (incluyendo el Presidente), con un mínimo de 6 y un máximo de 96 por Estado miembro (art. 14.2 TUE).
- La Decisión del Consejo Europeo 2018/937 fijó la composición concreta para la legislatura 2019-2024, reduciendo el total a 705 escaños tras la salida del Reino Unido.
El Consejo Europeo
- Está compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, el Presidente del Consejo Europeo y el Presidente de la Comisión (art. 15.2 TUE).
- No ejerce función legislativa (art. 15.1 TUE).
- Se pronuncia por consenso, salvo que los Tratados dispongan otra cosa (art. 15.4 TUE).
- Su Presidente es elegido por mayoría cualificada por el propio Consejo Europeo, por un período de dos años y medio, renovable una vez (art. 15.5 TUE).
El Consejo
- Representa a los Gobiernos de los Estados miembros (art. 16.2 TUE).
- Ejerce conjuntamente con el Parlamento Europeo la función legislativa y presupuestaria (art. 16.1 TUE).
- La regla general de votación es la mayoría cualificada (art. 16.3 TUE).
- La mayoría cualificada requiere al menos el 55 % de los miembros del Consejo que representen a Estados miembros que reúnan como mínimo el 65 % de la población de la Unión (art. 16.4 TUE). Esta doble condición es la llamada “doble mayoría”.
- La minoría de bloqueo debe estar formada por al menos cuatro miembros del Consejo (art. 16.4 TUE).
La Comisión Europea
- Promueve el interés general de la Unión y tiene el monopolio de la iniciativa legislativa ordinaria (art. 17.2 TUE).
- Sus miembros son elegidos por su competencia general y su compromiso europeo; actúan con plena independencia (art. 17.3 TUE).
- El Presidente de la Comisión es elegido por el Parlamento Europeo a propuesta del Consejo Europeo, por mayoría cualificada (art. 17.7 TUE).
- El mandato de la Comisión es de cinco años (art. 17.3 TUE).
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
- Garantiza el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados (art. 19.1 TUE).
- Comprende el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados (art. 19.1 TUE).
- Sede: Luxemburgo (Protocolo sobre las sedes de las instituciones).
El principio de primacía: Sentencia Costa/ENEL (1964)
El TJUE estableció en la sentencia Costa/ENEL de 1964 que el Derecho de la Unión prevalece sobre el Derecho interno de los Estados miembros. Este principio no está recogido expresamente en los Tratados, pero sí en la Declaración n.º 17 aneja al Acta Final del Tratado de Lisboa, que recuerda la jurisprudencia consolidada del TJUE al respecto.
Las sedes de las instituciones (Protocolo sobre las sedes)
- Parlamento Europeo: sede en Estrasburgo (12 períodos parciales de sesiones, incluida la sesión presupuestaria). Sesiones adicionales en Bruselas. Secretaría General en Luxemburgo.
- Consejo: Bruselas (en abril, junio y octubre, en Luxemburgo).
- Comisión Europea: Bruselas.
- Tribunal de Justicia y Tribunal General: Luxemburgo.
- Banco Central Europeo: Fráncfort del Meno.
- Tribunal de Cuentas: Luxemburgo.
- Consejo Europeo: Bruselas.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- Entrada en vigor del Tratado de Lisboa: 1 de diciembre de 2009.
- Firma del Tratado de Lisboa: 13 de diciembre de 2007.
- Instituciones de la UE según art. 13.1 TUE: 7.
- Mandato del Presidente del Consejo Europeo: 2 años y medio, renovable 1 vez.
- Mandato del Parlamento Europeo y de la Comisión: 5 años.
- Escaños máximos del Parlamento Europeo: 751 (art. 14.2 TUE); en la práctica, 705 desde 2019 (Decisión 2018/937).
- Mínimo de escaños por Estado: 6; máximo: 96.
- Mayoría cualificada en el Consejo: 55 % de miembros + 65 % de población.
- Minoría de bloqueo: mínimo 4 Estados miembros.
Errores típicos del opositor
- Confundir el Consejo Europeo (Jefes de Estado o de Gobierno, no legisla) con el Consejo (ministros, sí legisla).
- Creer que el Comité de las Regiones o el Comité Económico y Social son instituciones: son órganos consultivos.
- Situar la sede del Parlamento Europeo en Bruselas: la sede oficial es Estrasburgo.
- Confundir el Consejo de Europa (organización internacional distinta, con sede en Estrasburgo, no es institución de la UE) con el Consejo Europeo o el Consejo.
- Atribuir la primacía del Derecho europeo a un artículo del TUE: no está en el articulado, sino en la Declaración n.º 17 y en la jurisprudencia Costa/ENEL (1964).
Trucos mnemotécnicos
- “7 instituciones, 5 años, 2,5 el Presidente”: las siete instituciones del art. 13 TUE, el mandato de cinco años del Parlamento y la Comisión, y los dos años y medio del Presidente del Consejo Europeo.
- “55-65-4”: los tres números de la mayoría cualificada en el Consejo (55 % de miembros, 65 % de población, 4 Estados para bloquear).
- “ESTRASBURGO = Parlamento + Consejo de Europa”: ambos tienen sede en Estrasburgo, pero son instituciones completamente distintas. No confundirlas.
- “COSTA ganó en el 64”: la sentencia Costa/ENEL es de 1964 y establece la primacía.
- Para las sedes: “LUX-TRIBU” → Luxemburgo alberga el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y el Tribunal de Cuentas.