Test: El Cuerpo de la Guardia Civil: LO 11/2007

10 preguntas tipo examen para Guardia Civil — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 9 es uno de los pilares del bloque jurídico-institucional en la oposición de Cabos y Guardias. La LO 11/2007, de 22 de octubre, regula los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, mientras que la LO 2/1986, de 13 de marzo, establece el marco general de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE). Dominar ambas normas es imprescindible, ya que sus preceptos se cruzan con frecuencia en los exámenes.


Marco normativo

  • LO 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. Publicada en el BOE núm. 254, de 23 de octubre de 2007.
  • LO 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Publicada en el BOE núm. 63, de 14 de marzo de 1986.

Ambas tienen rango de Ley Orgánica, lo que exige mayoría absoluta del Congreso para su aprobación y modificación (art. 81 CE).


Naturaleza y carácter de la Guardia Civil

Naturaleza dual

La Guardia Civil tiene una naturaleza dual que la distingue del resto de cuerpos policiales:

  • Es un instituto armado de naturaleza militar (art. 9 LO 2/1986).
  • Ejerce funciones de seguridad pública como Fuerza y Cuerpo de Seguridad del Estado.

Esta dualidad tiene consecuencias directas: en tiempo de paz depende funcionalmente del Ministerio del Interior para el ejercicio de funciones de seguridad ciudadana y del Ministerio de Defensa para misiones de carácter militar, movilización y situaciones de conflicto armado (art. 9.1 LO 2/1986).

Dependencia orgánica y funcional

Según el art. 9.1 LO 2/1986:

  • Ministerio de Defensa: dependencia orgánica y, en misiones militares, funcional.
  • Ministerio del Interior: dependencia funcional en el desempeño de funciones de seguridad ciudadana.
  • En materia de tráfico: dependencia del organismo competente en la materia.

Estructura de la LO 11/2007

La LO 11/2007 se estructura en:

  • Título Preliminar: disposiciones generales y objeto de la ley.
  • Título I: derechos individuales.
  • Título II: derechos colectivos.
  • Título III: deberes.
  • Título IV: régimen disciplinario (remisión).
  • Disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales.

Conceptos clave

Objeto de la LO 11/2007

El art. 1 LO 11/2007 establece que la ley tiene por objeto regular los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, adaptando el régimen general de derechos fundamentales a las peculiaridades derivadas de su condición militar y de instituto armado de naturaleza militar.

Ámbito de aplicación

Según el art. 2 LO 11/2007, la ley se aplica a todos los miembros de la Guardia Civil, cualquiera que sea su situación administrativa, con las particularidades que en cada caso se establezcan.

Derechos individuales (Título I)

Los miembros de la Guardia Civil tienen reconocidos los derechos fundamentales y libertades públicas de la Constitución, con las limitaciones derivadas de su condición militar. Entre los más preguntados:

  • Derecho a la vida e integridad física: reconocido sin restricciones.
  • Libertad de expresión: reconocida, pero con limitaciones. El art. 13 LO 11/2007 establece que los miembros de la Guardia Civil no podrán difundir, por ningún medio, informaciones o datos que puedan poner en peligro la seguridad nacional, la defensa nacional o el servicio.
  • Derecho de reunión: el art. 11 LO 11/2007 reconoce el derecho de reunión, pero no podrán asistir de uniforme a reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical, ni acudir a ellas haciendo uso de su condición militar.
  • Derecho de asociación: reconocido con limitaciones. Se prohíbe la pertenencia a partidos políticos y sindicatos (art. 15 LO 11/2007).
  • Derecho de petición: reconocido en el art. 16 LO 11/2007, ejercido individualmente y a través de los cauces reglamentarios.

Derechos colectivos (Título II)

El régimen de derechos colectivos es uno de los aspectos más característicos y preguntados:

  • Prohibición de sindicación: los miembros de la Guardia Civil no pueden sindicarse (art. 15 LO 11/2007). Esta limitación deriva directamente de su naturaleza militar.
  • Asociaciones profesionales: en lugar de sindicatos, la LO 11/2007 regula el derecho a constituir asociaciones profesionales para la defensa de sus intereses profesionales (art. 18 LO 11/2007).
  • Derecho de huelga: los miembros de la Guardia Civil no tienen derecho a la huelga ni a acciones sustitutivas de esta (art. 17 LO 11/2007).
  • Negociación colectiva: no se reconoce en los mismos términos que en el ámbito laboral ordinario. Existe un sistema de participación a través del Consejo de la Guardia Civil.

El Consejo de la Guardia Civil

Regulado en el art. 21 y siguientes de la LO 11/2007. Es el órgano de participación de los miembros de la Guardia Civil en las condiciones de trabajo y servicio.

Aspectos clave:

  • Es un órgano colegiado y de participación.
  • Sus funciones son de consulta, deliberación y propuesta, no de negociación vinculante.
  • Los miembros son elegidos por sufragio libre, igual, directo y secreto.
  • Pueden pertenecer al Consejo tanto miembros afiliados a asociaciones profesionales como no afiliados.

Deberes (Título III)

Los deberes más preguntados en examen:

  • Deber de neutralidad política: los miembros de la Guardia Civil deben actuar con neutralidad política, económica y social (art. 6 LO 2/1986, aplicable por remisión).
  • Deber de obediencia: deben obedecer las órdenes de sus superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico (art. 5 LO 2/1986).
  • Deber de secreto profesional: obligación de guardar riguroso secreto sobre las informaciones que conozcan por razón de su cargo (art. 5.4 LO 2/1986).
  • Deber de residencia: obligación de residir en el término municipal donde presten servicio, salvo autorización expresa.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • LO 11/2007: aprobada el 22 de octubre de 2007, publicada en el BOE el 23 de octubre de 2007.
  • LO 2/1986: aprobada el 13 de marzo de 1986, publicada en el BOE el 14 de marzo de 1986.
  • Ambas son Leyes Orgánicas: requieren mayoría absoluta del Congreso (art. 81 CE).
  • El Consejo de la Guardia Civil: sus miembros se eligen por sufragio libre, igual, directo y secreto (art. 21 LO 11/2007).
  • Prohibición absoluta: huelga y sindicación (arts. 15 y 17 LO 11/2007).

Errores típicos del opositor

  • Confundir dependencia orgánica con funcional: la Guardia Civil depende orgánicamente de Defensa, pero funcionalmente de Interior para funciones de seguridad ciudadana. No es al revés.
  • Creer que pueden sindicarse: la prohibición es absoluta. No se puede sustituir el sindicato por ninguna figura equivalente. Solo se permiten asociaciones profesionales.
  • Confundir el Consejo de la Guardia Civil con un comité de empresa: el Consejo es un órgano de participación y consulta, no de negociación colectiva vinculante.
  • Atribuir el derecho de huelga a la Guardia Civil: está expresamente prohibido, igual que las acciones sustitutivas.
  • Olvidar la naturaleza dual: la Guardia Civil es simultáneamente instituto armado de naturaleza militar y Fuerza y Cuerpo de Seguridad del Estado. Esta dualidad explica todas las limitaciones de derechos.
  • Confundir LO 11/2007 con LO 2/1986: la primera regula los derechos y deberes específicos de la Guardia Civil; la segunda es el marco general de todas las FCSE.

Trucos mnemotécnicos

  • “11 para la GC, 2 para las FCSE”: LO 11/2007 es exclusiva de la Guardia Civil; LO 2/1986 es para todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • “Sin huelga, sin sindicato, con asociación”: los tres conceptos juntos definen el régimen colectivo de la Guardia Civil. La ausencia de los dos primeros y la presencia del tercero es la clave.
  • “Defensa te cría, Interior te guía”: Defensa = dependencia orgánica (te cría, te forma, te estructura); Interior = dependencia funcional en seguridad ciudadana (te guía en el servicio diario).
  • “El Consejo consulta, no negocia”: para recordar que el Consejo de la Guardia Civil no tiene capacidad negociadora vinculante, solo consultiva y propositiva.
  • Fecha LO 11/2007: “el 22 de octubre, con el 23 en el BOE” — dos días consecutivos fáciles de recordar.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 1 de la Ley Organica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, la Guardia Civil es un cuerpo de seguridad publica de ambito estatal, que forma parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y que tiene naturaleza:

    • A) Militar
    • B) Civil
    • C) Mixta civil-militar
    • D) Administrativa

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 1.1

  2. Segun el articulo 3.1 de la LO 11/2007, la Guardia Civil tiene como misiones, entre otras, las derivadas del articulo 104.1 de la Constitucion, y las que atribuye a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado la Ley Organica 2/1986. Ademas, en tiempo de guerra y durante el estado de sitio:

    • A) Las misiones de caracter militar que se le encomienden dentro del sistema de Defensa Nacional
    • B) Queda disuelta y sus miembros se integran automaticamente en las Fuerzas Armadas
    • C) Cesa en sus funciones de seguridad y se dedica exclusivamente a la defensa exterior
    • D) Pasa a depender del Presidente del Gobierno directamente

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 3.1

  3. Segun el articulo 7 de la LO 11/2007, los Guardias Civiles tienen derecho a la defensa y asistencia juridica en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legitimo de sus funciones. Este derecho incluye:

    • A) La asistencia juridica gratuita proporcionada por la Administracion General del Estado
    • B) Un seguro privado obligatorio contratado a cargo del propio guardia civil
    • C) La exencion total de responsabilidad penal en todo caso
    • D) La representacion exclusiva por el Abogado del Estado en todos los procedimientos

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 7

  4. Segun el articulo 11 de la LO 11/2007, los Guardias Civiles tienen derecho a asociarse libremente y a constituir asociaciones profesionales de caracter no sindical. Sin embargo, NO podran:

    • A) Ejercer el derecho de huelga ni realizar acciones sustitutivas del mismo ni actuaciones concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios
    • B) Constituir ninguna clase de asociacion ni participar en reuniones profesionales
    • C) Presentar peticiones o quejas sobre sus condiciones laborales
    • D) Afiliarse a partidos politicos en ningun caso

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 12.1

  5. Segun el articulo 15 de la LO 11/2007, el Consejo de la Guardia Civil es el organo colegiado de participacion de los miembros del Cuerpo para la mejora de sus condiciones profesionales. Estara integrado por representantes de:

    • A) La Administracion del Estado y de los miembros de la Guardia Civil
    • B) Exclusivamente de los miembros de la Guardia Civil elegidos por sus companeros
    • C) Los sindicatos de las Fuerzas Armadas y las asociaciones profesionales de la GC
    • D) El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior exclusivamente

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 15.1

  6. Segun el articulo 18 de la LO 11/2007, los Guardias Civiles, en el ejercicio de sus funciones, deberan actuar con neutralidad politica y sindical, no pudiendo fundar ni afiliarse a:

    • A) Sindicatos ni realizar actividades sindicales
    • B) Partidos politicos, asociaciones civicas ni organizaciones no gubernamentales
    • C) Ninguna organizacion civil, incluidas asociaciones deportivas o culturales
    • D) Asociaciones profesionales de la Guardia Civil

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Arts. 11.4 y 18

  7. Segun el articulo 6.1 de la LO 11/2007, los Guardias Civiles tienen derecho a percibir una remuneracion adecuada que contemple, entre otros conceptos, su nivel de formacion, regimen de incompatibilidades, dedicacion y el riesgo que comporta su mision, asi como:

    • A) Las peculiaridades de su estatuto y la movilidad por razones de servicio
    • B) El numero de anos de servicio como unico criterio adicional
    • C) Los complementos de destino fijados por cada Comunidad Autonoma
    • D) Las horas extraordinarias realizadas exclusivamente

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 6.1

  8. Segun el articulo 20 de la LO 11/2007, los Guardias Civiles tendran derecho a un horario de trabajo que, con caracter general, se adaptara a lo previsto para el conjunto de las Administraciones Publicas. No obstante, por razones justificadas de seguridad publica:

    • A) Se podra exigir el cumplimiento de un horario especifico que se adapte a las necesidades operativas del servicio
    • B) Se podra suspender indefinidamente el derecho a horario de trabajo
    • C) Quedan exentos de todo limite de jornada laboral de forma permanente
    • D) Deben solicitar autorizacion judicial para cualquier extension de horario

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 20

  9. Segun el articulo 9 de la LO 11/2007, los Guardias Civiles tendran derecho a la proteccion eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, con las particularidades propias de las funciones que tienen encomendadas. Este derecho implica:

    • A) La evaluacion de los riesgos inherentes al servicio y la adopcion de las medidas de proteccion adecuadas
    • B) La posibilidad de negarse a cumplir ordenes que impliquen cualquier nivel de riesgo
    • C) La aplicacion directa e integra de la Ley 31/1995 de Prevencion de Riesgos Laborales sin adaptaciones
    • D) La exencion de realizar ejercicios fisicos o pruebas de aptitud que puedan causar lesiones

    Referencia: LO 11/2007, de 22 de octubre , Art. 9

  10. Segun la disposicion adicional primera de la LO 11/2007, los deberes de los miembros de la Guardia Civil incluyen, ademas de los especificos de la ley, los establecidos para los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la LO 2/1986. Entre los deberes basicos del articulo 5.1 de la LO 2/1986 se encuentra:

    • A) El secreto profesional, no revelando los datos que conozcan por razon o con ocasion del desempeno de sus funciones, salvo que lo autorice una ley
    • B) Comunicar a los medios de comunicacion todas las actuaciones realizadas
    • C) Publicar informes anuales de todas las intervenciones policiales realizadas
    • D) Compartir libremente informacion con otros cuerpos policiales sin restriccion

    Referencia: LO 2/1986, de 13 de marzo, de FCSE , Art. 5.5