Test: Derecho Administrativo general: LPAC y LRJSP

10 preguntas tipo examen para Guardia Civil — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Derecho Administrativo general es materia recurrente en los exámenes de Guardia Civil. Las leyes 39/2015 (LPAC) y 40/2015 (LRJSP), ambas de 1 de octubre, forman el eje del procedimiento administrativo y del régimen jurídico del sector público. Dominar sus plazos, órganos y garantías es imprescindible para superar el test.


Marco normativo

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC). Publicada en el BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). Publicada en el BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.

Ambas leyes entraron en vigor el 2 de octubre de 2016 (un año después de su publicación), salvo las previsiones relativas a la administración electrónica, que lo hicieron el 2 de abril de 2021 para las entidades locales.


Estructura del tema

Ley 39/2015 — LPAC

Regula el procedimiento administrativo común: iniciación, instrucción, terminación, recursos y ejecución. También regula los actos administrativos, la notificación y la revisión de oficio.

Ley 40/2015 — LRJSP

Regula el régimen jurídico interno de las Administraciones Públicas: órganos, competencia, órganos colegiados, relaciones interadministrativas, responsabilidad patrimonial y potestad sancionadora.


Conceptos clave

Acto administrativo (LPAC)

Los actos administrativos se dictan por los órganos de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus potestades. Deben ser motivados cuando así lo exige el art. 35 LPAC (actos que limiten derechos, resuelvan recursos, se separen del criterio del órgano consultivo, etc.).

Notificación (art. 40 y ss. LPAC)

  • Toda resolución que afecte a derechos e intereses debe notificarse.
  • Plazo para notificar: 10 días desde la fecha en que el acto haya sido dictado (art. 40.2 LPAC).
  • La notificación debe contener: texto íntegro del acto, indicación de si es o no definitivo en vía administrativa, recursos procedentes, órgano ante el que interponerlos y plazo para ello.
  • Notificación electrónica: obligatoria para los sujetos del art. 14.2 LPAC (personas jurídicas, entidades sin personalidad, profesionales con colegiación obligatoria, empleados públicos para trámites de su relación de servicio, etc.).
  • Notificación por comparecencia en sede electrónica: si el interesado no accede en 10 días naturales desde la puesta a disposición, la notificación se entiende rechazada (art. 43.2 LPAC).

Silencio administrativo (arts. 24 y 25 LPAC)

  • Procedimientos iniciados a solicitud del interesado: el silencio es estimatorio como regla general (art. 24.1 LPAC). Excepciones: cuando una norma con rango de ley establezca el silencio desestimatorio, o cuando el procedimiento implique transferencia de facultades sobre el dominio público o servicio público.
  • Procedimientos iniciados de oficio: el silencio produce caducidad si son desfavorables o de gravamen; si son favorables, produce desestimación (art. 25 LPAC).

Plazos del procedimiento (art. 21 LPAC)

  • La Administración está obligada a resolver y notificar en plazo máximo.
  • Plazo máximo general para resolver: 3 meses si no hay norma específica (art. 21.3 LPAC).
  • Transcurrido el plazo sin resolución expresa: silencio administrativo según las reglas anteriores.

Caducidad del procedimiento (art. 95 LPAC)

  • En procedimientos iniciados de oficio susceptibles de producir efectos desfavorables: si se paraliza por causa imputable al interesado más de 3 meses, se produce la caducidad.
  • La caducidad no produce la prescripción de las acciones de la Administración.

Recursos administrativos (LPAC)

  • Recurso de alzada (arts. 121-122 LPAC): contra actos que no agotan la vía administrativa. Plazo: 1 mes si el acto es expreso; 3 meses si es presunto (silencio). El órgano competente es el superior jerárquico.
  • Recurso potestativo de reposición (arts. 123-124 LPAC): contra actos que agotan la vía administrativa. Plazo: 1 mes si el acto es expreso; 3 meses si es presunto. Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto.
  • Recurso extraordinario de revisión (art. 125 LPAC): contra actos firmes en vía administrativa. Solo procede por causas tasadas (error de hecho, aparición de documentos nuevos, etc.). Plazo: 4 años desde la notificación del acto si el motivo es error de hecho; 3 meses desde el conocimiento del documento o sentencia en los demás casos.

Revisión de oficio (art. 106 LPAC)

  • Las Administraciones pueden declarar de oficio la nulidad de sus actos nulos de pleno derecho en cualquier momento.
  • Para los actos anulables, el cauce es la declaración de lesividad y posterior impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Nulidad y anulabilidad (arts. 47 y 48 LPAC)

  • Nulidad de pleno derecho (art. 47 LPAC): causas tasadas. Entre ellas: actos que lesionen derechos fundamentales, dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio, de contenido imposible, constitutivos de infracción penal, dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento.
  • Anulabilidad (art. 48 LPAC): cualquier infracción del ordenamiento jurídico que no sea causa de nulidad. La anulabilidad solo puede alegarse dentro de los plazos de recurso.

Órganos colegiados (arts. 15-22 LRJSP)

  • Quórum de constitución: mayoría simple de sus miembros (art. 17.1 LRJSP).
  • Quórum de adopción de acuerdos: mayoría de votos de los asistentes (art. 17.4 LRJSP).
  • El presidente tiene voto de calidad en caso de empate (art. 19.1 LRJSP).
  • El secretario no tiene voto salvo que sea miembro del órgano (art. 19.3 LRJSP).
  • Las actas deben aprobarse en la misma sesión o en la siguiente (art. 18.1 LRJSP).

Responsabilidad patrimonial (arts. 32 y ss. LRJSP)

  • Los particulares tienen derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos (art. 32.1 LRJSP).
  • Requisitos: lesión efectiva, evaluable económicamente, individualizada, relación de causalidad con el funcionamiento del servicio, y que el perjudicado no tenga obligación jurídica de soportarla.
  • Plazo para reclamar: 1 año desde que se produjo el hecho o desde que se manifestaron sus efectos lesivos (art. 67.1 LPAC).

Potestad sancionadora (arts. 25-31 LRJSP)

  • Principio de legalidad: solo pueden sancionarse conductas tipificadas por ley (art. 25.1 LRJSP).
  • Principio de irretroactividad: salvo que la disposición posterior sea más favorable (art. 26.2 LRJSP).
  • Principio de non bis in idem: no cabe sancionar dos veces por los mismos hechos (art. 31 LRJSP).
  • Principio de proporcionalidad (art. 29 LRJSP).
  • Principio de prescripción: las infracciones y sanciones prescriben según los plazos que fije la norma sectorial; en su defecto, las infracciones muy graves prescriben a los 3 años, las graves a los 2 años y las leves al año (art. 30 LRJSP). Las sanciones muy graves prescriben a los 3 años, las graves a los 2 años y las leves al año.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Plazo para notificar el acto: 10 días (art. 40.2 LPAC).
  • Plazo máximo general para resolver: 3 meses (art. 21.3 LPAC).
  • Caducidad por paralización imputable al interesado: 3 meses (art. 95 LPAC).
  • Recurso de alzada expreso: 1 mes; presunto: 3 meses (art. 122 LPAC).
  • Recurso de reposición expreso: 1 mes; presunto: 3 meses (art. 124 LPAC).
  • Recurso extraordinario de revisión por error de hecho: 4 años (art. 125.1 LPAC).
  • Reclamación de responsabilidad patrimonial: 1 año (art. 67.1 LPAC).
  • Quórum de constitución de órgano colegiado: mayoría simple (art. 17.1 LRJSP).
  • Prescripción de infracciones muy graves: 3 años; graves: 2 años; leves: 1 año (art. 30 LRJSP).

Errores típicos del opositor

  • Confundir silencio positivo (procedimientos a instancia de parte, regla general) con silencio negativo (procedimientos de oficio favorables o casos excepcionales).
  • Creer que el recurso de reposición es obligatorio antes del contencioso-administrativo: es potestativo (art. 123.1 LPAC).
  • Confundir nulidad de pleno derecho (art. 47 LPAC, causas tasadas, imprescriptible) con anulabilidad (art. 48 LPAC, cualquier infracción, sujeta a plazo de recurso).
  • Atribuir voto de calidad al secretario: corresponde al presidente (art. 19.1 LRJSP).
  • Confundir el plazo del recurso de alzada (1 mes acto expreso) con el del recurso extraordinario de revisión (4 años por error de hecho).

Trucos mnemotécnicos

  • “39 = procedimiento, 40 = régimen”: la ley con número menor regula el procedimiento (LPAC); la mayor, el régimen jurídico (LRJSP).
  • “Notificar en 10, resolver en 3”: 10 días para notificar el acto; 3 meses para resolver el procedimiento.
  • “Alzada y reposición: 1 mes expreso, 3 meses presunto”: mismos plazos para ambos recursos ordinarios.
  • “3-2-1 para sanciones”: muy graves 3 años, graves 2 años, leves 1 año (tanto infracciones como sanciones).
  • “Nulidad = nunca caduca; anulabilidad = al recurso o muere”: la revisión de oficio de actos nulos no tiene plazo; la anulabilidad solo se puede alegar en plazo de recurso.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun (LPAC), la Administracion esta obligada a dictar resolucion expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciacion. El plazo maximo para resolver y notificar, cuando la norma reguladora del procedimiento no fije plazo, sera de:

    • A) Tres meses
    • B) Seis meses
    • C) Un mes
    • D) Diez dias habiles

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 21.3

  2. Segun el articulo 53.1.a) de la Ley 39/2015 (LPAC), los interesados en un procedimiento administrativo tienen derecho, entre otros, a:

    • A) Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitacion de los procedimientos en los que tengan la condicion de interesados
    • B) Paralizar el procedimiento administrativo cuando lo consideren oportuno
    • C) Sustituir al instructor del procedimiento cuando consideren que existe parcialidad
    • D) Exigir la resolucion del procedimiento en un plazo maximo de 10 dias habiles

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 53.1.a)

  3. Segun el articulo 112.1 de la Ley 39/2015 (LPAC), contra las resoluciones y los actos de tramite que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, contra los que no es posible recurso administrativo ordinario en via administrativa se podra interponer:

    • A) Recurso de alzada o recurso potestativo de reposicion, segun proceda
    • B) Recurso de casacion ante el Tribunal Supremo
    • C) Recurso de suplica ante el organo que dicto el acto
    • D) Recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 112.1

  4. Segun el articulo 47.1 de la Ley 39/2015 (LPAC), los actos de las Administraciones Publicas son nulos de pleno derecho, entre otros casos, cuando:

    • A) Lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional
    • B) Se dicten fuera del plazo establecido para resolver
    • C) Contengan un error material o de hecho en su contenido
    • D) No se haya dado audiencia al interesado durante la tramitacion

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 47.1.a)

  5. Segun el articulo 39.1 de la Ley 39/2015 (LPAC), los actos de las Administraciones Publicas sujetos al Derecho Administrativo se presumiran validos y produciran efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa. Esta presuncion se denomina:

    • A) Presuncion de validez
    • B) Presuncion de legalidad absoluta
    • C) Principio de autotutela declarativa
    • D) Presuncion de firmeza de los actos administrativos

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 39.1

  6. Segun el articulo 121.1 de la Ley 39/2015 (LPAC), el recurso de alzada se interpondra ante el organo superior jerarquico del que dicto el acto. El plazo para interponer el recurso de alzada contra un acto expreso sera de:

    • A) Un mes
    • B) Dos meses
    • C) Diez dias habiles
    • D) Tres meses

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 122.1

  7. Segun el articulo 3.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Regimen Juridico del Sector Publico (LRJSP), las Administraciones Publicas sirven con objetividad los intereses generales y actuan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquia, descentralizacion, desconcentracion y coordinacion, con sometimiento pleno a la Constitucion, a la Ley y al Derecho. Ademas, deberan respetar en su actuacion y relaciones, entre otros, los principios de:

    • A) Buena fe, confianza legitima y transparencia
    • B) Rentabilidad economica y maximizacion de ingresos
    • C) Discrecionalidad absoluta y oportunidad politica
    • D) Autoridad, imperatividad y ejecutoriedad exclusivamente

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, LRJSP , Art. 3.1

  8. Segun el articulo 40.1 de la Ley 39/2015 (LPAC), el organo que dicte las resoluciones y actos administrativos los notificara a los interesados cuyos derechos e intereses sean afectados por aquellos. La notificacion debera practicarse en el plazo de:

    • A) Diez dias a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado
    • B) Cinco dias habiles desde que se dicte el acto
    • C) Un mes desde la fecha del acto
    • D) Quince dias habiles desde la fecha de la resolucion

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 40.2

  9. Segun el articulo 25.1 de la Ley 40/2015 (LRJSP), los organos administrativos podran dirigir las actividades de sus organos jerarquicamente dependientes mediante instrucciones y ordenes de servicio. Cuando una disposicion especifica asi lo establezca, o se estime conveniente por razon de los destinatarios o de los efectos que puedan producirse, las instrucciones y ordenes de servicio se publicaran en:

    • A) El diario oficial que corresponda
    • B) El tablon de anuncios del organo que las dicte exclusivamente
    • C) La pagina web del Ministerio correspondiente unicamente
    • D) El Boletin Oficial del Estado siempre y en todo caso

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, LRJSP , Art. 25.2

  10. Segun el articulo 77.1 de la Ley 39/2015 (LPAC), instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolucion, se pondran de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, para que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Este tramite se denomina:

    • A) Tramite de audiencia
    • B) Tramite de informacion publica
    • C) Tramite de alegaciones previas
    • D) Tramite de vista del expediente

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 82.1