Test: Jurisdicción social (Ley 36/2011)

10 preguntas — Tramitación Procesal

Este test de Jurisdicción social (Ley 36/2011) contiene 10 preguntas tipo examen para la oposicion de Tramitación Procesal y Administrativa. Cada pregunta incluye la referencia legal exacta (BOE) y una explicacion detallada de la respuesta correcta.

Pulsa Comenzar Test para responder de forma interactiva con correccion instantanea, o consulta las preguntas y respuestas en la seccion de referencia mas abajo.

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas tipo examen: Jurisdicción social (Ley 36/2011)

10 preguntas tipo test basadas en Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social. Pulsa Comenzar Test arriba para responder de forma interactiva y ver las respuestas correctas con explicacion legal.

Pregunta 1

Según el artículo 1 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), ¿de qué materias conocen los órganos jurisdiccionales del orden social?

  • A) Exclusivamente de los conflictos entre empresarios y trabajadores
  • B) De las pretensiones que se promuevan dentro de la rama social del Derecho, tanto en su vertiente individual como colectiva, incluyendo las cuestiones litigiosas en materia de Seguridad Social y las relativas a la prevención de riesgos laborales
  • C) De los asuntos mercantiles relacionados con el empleo
  • D) De los procedimientos de extranjería y permisos de trabajo

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 1 (BOE)

Pregunta 2

Según el artículo 6 de la LRJS, ¿cuáles son los órganos jurisdiccionales del orden social?

  • A) Solo los Juzgados de lo Social y el Tribunal Supremo
  • B) Los Juzgados de lo Social, las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y la Sala de lo Social del Tribunal Supremo
  • C) Los Juzgados de lo Social y las Audiencias Provinciales
  • D) Los Juzgados de lo Social y el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 6 (BOE)

Pregunta 3

Según el artículo 63 de la LRJS, ¿qué requisito previo es necesario antes de interponer demanda ante la jurisdicción social?

  • A) Autorización previa del Ministerio de Trabajo
  • B) El intento de conciliación o, en su caso, de mediación previa ante el servicio administrativo correspondiente
  • C) Un dictamen vinculante de la Inspección de Trabajo
  • D) La resolución de un expediente de regulación de empleo

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 63 (BOE)

Pregunta 4

Según el artículo 64 de la LRJS, ¿en cuál de los siguientes procesos NO es necesaria la conciliación previa?

  • A) En los procesos de despido
  • B) En los procesos de reclamación de cantidad salarial
  • C) En los procesos que versen sobre Seguridad Social, los que se inicien de oficio y los de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas
  • D) En los procesos de clasificación profesional

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 64 (BOE)

Pregunta 5

Según el artículo 80 de la LRJS, ¿qué contendrá la demanda laboral?

  • A) Solo los datos del demandante y la empresa demandada
  • B) La designación del órgano ante quien se presente, los datos del demandante y demandado, la enumeración clara y concreta de los hechos, la súplica o petición, y la fecha y firma
  • C) Únicamente la descripción del despido o la reclamación económica
  • D) Los mismos requisitos que la demanda civil del juicio ordinario

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 80.1 (BOE)

Pregunta 6

Según el artículo 85 de la LRJS, ¿cómo se desarrolla el acto de juicio en el proceso laboral?

  • A) Por escrito, sin celebración de vista oral
  • B) Oralmente, con fase de conciliación judicial, alegaciones de las partes, práctica de prueba, conclusiones e informe del Ministerio Fiscal cuando proceda
  • C) Mediante intercambio de escritos entre las partes
  • D) Exclusivamente mediante la práctica de prueba documental

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 85 (BOE)

Pregunta 7

Según el artículo 103 de la LRJS, ¿cuál es el plazo para interponer la demanda de despido?

  • A) Un mes desde la fecha de efectos del despido
  • B) Veinte días hábiles desde la fecha de efectos del despido
  • C) Quince días naturales desde la notificación del despido
  • D) Dos meses desde la fecha de efectos del despido

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 103.1 (BOE)

Pregunta 8

Según el artículo 108 de la LRJS, ¿cuáles son las posibles calificaciones del despido en la sentencia?

  • A) Válido o inválido
  • B) Procedente, improcedente o nulo
  • C) Lícito, ilícito o abusivo
  • D) Justo o injusto

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 108.1 (BOE)

Pregunta 9

Según el artículo 191 de la LRJS, ¿qué recurso cabe contra las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social?

  • A) Recurso de casación directamente ante el Tribunal Supremo
  • B) Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia correspondiente
  • C) Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial
  • D) No cabe recurso alguno; las sentencias de los Juzgados de lo Social son siempre firmes

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 191 (BOE)

Pregunta 10

Según el artículo 21 de la LRJS, ¿es necesaria la intervención de Abogado y Procurador en el proceso laboral?

  • A) Sí, en todos los casos sin excepción
  • B) La intervención de Abogado no es preceptiva en instancia, pudiendo las partes comparecer por sí mismas o ser representadas por graduado social, o por cualquier persona en pleno ejercicio de sus derechos civiles
  • C) Es obligatorio siempre un Procurador, pero no un Abogado
  • D) Solo es necesario Abogado cuando la cuantía supere los 6.000 euros

Ref: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, Art. 21 (BOE)