Test: La Constitución Española y el Poder Judicial. LOPJ y Demarcación y Planta Judicial

10 preguntas tipo examen para Tramitacion Procesal — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 1 es uno de los más recurrentes en los exámenes de Tramitación Procesal y Administrativa. Combina preceptos constitucionales sobre el Poder Judicial con la estructura orgánica y territorial de los tribunales. Dominar este tema es imprescindible porque sus artículos aparecen tanto en preguntas directas como como base para entender el resto del temario procesal.


Marco normativo

  • Constitución Española de 1978 (CE): publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978. Título VI («Del Poder Judicial»), arts. 117 a 127.
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ): publicada en el BOE el 2 de julio de 1985. Norma orgánica que desarrolla el Título VI CE.
  • Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio: modifica la LOPJ e introduce, entre otras novedades, los Tribunales de Instancia y la figura del Letrado de la Administración de Justicia como denominación oficial.
  • Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial (LDPJ): publicada en el BOE el 30 de diciembre de 1988. Determina la planta, demarcación y sede de los órganos jurisdiccionales.

La Constitución Española y el Poder Judicial

Principios constitucionales de la justicia (arts. 117-127 CE)

El art. 117.1 CE establece los principios que rigen el estatuto del juez:

«La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.»

Cuatro principios clave del estatuto judicial:

  • Independencia (art. 117.1 CE)
  • Inamovilidad (art. 117.1 CE)
  • Responsabilidad (art. 117.1 CE)
  • Sometimiento a la ley (art. 117.1 CE)

El art. 117.3 CE atribuye en exclusiva a los Juzgados y Tribunales el ejercicio de la potestad jurisdiccional: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

El art. 117.4 CE prohíbe a los Juzgados y Tribunales ejercer funciones distintas de las señaladas en el apartado anterior, salvo las que expresamente les sean atribuidas por ley en garantía de cualquier derecho.

El art. 117.5 CE prohíbe los tribunales de excepción. El art. 117.6 CE prohíbe el Tribunal de Honor en el ámbito civil y de la Administración civil.

Unidad jurisdiccional (art. 117.5 CE)

El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. Se admiten, no obstante, la jurisdicción militar (art. 117.5 CE, en el ámbito estrictamente castrense) y el Tribunal de Cuentas.

El Consejo General del Poder Judicial (arts. 122-123 CE)

  • Art. 122.2 CE: el CGPJ es el órgano de gobierno del Poder Judicial.
  • Art. 122.3 CE: el CGPJ estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por 20 miembros nombrados por el Rey por un período de 5 años.
    • 12 miembros entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales.
    • 8 miembros (4 a propuesta del Congreso y 4 a propuesta del Senado) entre abogados y otros juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional.

El Tribunal Supremo (art. 123 CE)

  • Art. 123.1 CE: el Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.
  • Su Presidente es nombrado por el Rey, a propuesta del CGPJ (art. 123.2 CE).

El Ministerio Fiscal (art. 124 CE)

  • Art. 124.1 CE: el Ministerio Fiscal tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.
  • El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el CGPJ (art. 124.4 CE).

La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)

Estructura y órdenes jurisdiccionales

La LOPJ organiza la jurisdicción en cuatro órdenes:

  • Civil
  • Penal
  • Contencioso-administrativo
  • Social

A estos se añade el orden militar, regulado por su legislación específica (art. 117.5 CE).

Órganos jurisdiccionales (escala jerárquica)

De menor a mayor:

  1. Juzgados de Paz — en municipios donde no existe Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.
  2. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción / Juzgados de lo Penal / Juzgados de lo Social / Juzgados de lo Contencioso-Administrativo / Juzgados de Vigilancia Penitenciaria / Juzgados de Menores / Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
  3. Audiencias Provinciales — con sede en la capital de cada provincia.
  4. Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) — uno por Comunidad Autónoma; culminan la organización judicial en el ámbito autonómico (art. 152.1 CE).
  5. Audiencia Nacional — con jurisdicción en toda España para los asuntos que la ley le atribuye.
  6. Tribunal Supremo — órgano jurisdiccional superior (art. 123 CE).

Modificaciones introducidas por la LO 7/2015

  • Cambia la denominación de Secretario Judicial por Letrado de la Administración de Justicia (LAJ).
  • Introduce la figura de los Tribunales de Instancia como futura sustitución de los juzgados unipersonales (pendiente de desarrollo reglamentario).
  • Refuerza las competencias del LAJ en materia de impulso procesal y fe pública judicial.

Ley 38/1988, de Demarcación y Planta Judicial

Objeto y contenido

La LDPJ fija:

  • La planta (número y clase de órganos judiciales).
  • La demarcación (territorio sobre el que ejerce jurisdicción cada órgano).
  • La sede de cada órgano.

Aspectos clave para el examen

  • La modificación de la planta judicial se realiza mediante ley (art. 35 LOPJ).
  • La modificación de la demarcación judicial se realiza mediante Real Decreto a propuesta del Gobierno, previa audiencia de las Comunidades Autónomas afectadas y del CGPJ (art. 35 LOPJ).
  • Los partidos judiciales son la unidad territorial básica de la organización judicial (art. 32 LOPJ). Su delimitación corresponde al Gobierno mediante Real Decreto.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • 20 miembros del CGPJ + el Presidente del TS (art. 122.3 CE).
  • 5 años de mandato de los miembros del CGPJ (art. 122.3 CE).
  • 12 + 8 = composición del CGPJ: 12 jueces/magistrados y 8 juristas (art. 122.3 CE).
  • 15 años de ejercicio profesional exigidos a los juristas del CGPJ (art. 122.3 CE).
  • 4 órdenes jurisdiccionales ordinarios: civil, penal, contencioso-administrativo y social.
  • La CE fue publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978.
  • La LOPJ entró en vigor el 2 de julio de 1985.
  • La LDPJ es de 28 de diciembre de 1988.

Errores típicos del opositor

  • Confundir el CGPJ con el Tribunal Supremo. El CGPJ es el órgano de gobierno del Poder Judicial; el TS es el órgano jurisdiccional superior. Son instituciones distintas con funciones distintas.
  • Atribuir al Congreso en solitario el nombramiento de los 8 juristas del CGPJ. La propuesta es compartida: 4 el Congreso y 4 el Senado (art. 122.3 CE).
  • Creer que el Fiscal General del Estado es propuesto por el CGPJ. Lo propone el Gobierno (art. 124.4 CE); el CGPJ solo es oído.
  • Confundir planta y demarcación. La planta (número de órganos) se modifica por ley; la demarcación (territorio) por Real Decreto.
  • Olvidar que el Tribunal Supremo no es el superior en materia constitucional. Esa función corresponde al Tribunal Constitucional (art. 123.1 CE, «salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales»).
  • Confundir Secretario Judicial con LAJ. Desde la LO 7/2015 la denominación oficial es Letrado de la Administración de Justicia.

Trucos mnemotécnicos

  • «I-I-R-S» → los cuatro principios del estatuto judicial del art. 117.1 CE: Independencia, Inamovilidad, Responsabilidad, Sometimiento a la ley.
  • «12 jueces + 8 juristas = 20» → recuerda «1-2-8-20»: 12 de la carrera judicial, 8 juristas, 20 en total, 5 años de mandato.
  • «CPCS» → los cuatro órdenes jurisdiccionales: Civil, Penal, Contencioso-administrativo, Social.
  • «El Gobierno propone al Fiscal, el CGPJ solo escucha» → para no confundir quién propone al Fiscal General del Estado.
  • «Planta = Ley / Demarcación = Decreto» → la planta necesita rango de ley; la demarcación se modifica por Real Decreto.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según el artículo 117.1 de la Constitución Española, ¿de quién emana la justicia?

    • A) Del Rey
    • B) Del pueblo
    • C) Del Consejo General del Poder Judicial
    • D) Del Gobierno de la Nación

    Referencia: Constitución Española de 1978 , Art. 117.1

  2. ¿Cuál es el órgano de gobierno del Poder Judicial según el artículo 122.2 de la CE?

    • A) El Tribunal Supremo
    • B) El Ministerio de Justicia
    • C) El Consejo General del Poder Judicial
    • D) El Tribunal Constitucional

    Referencia: Constitución Española de 1978 , Art. 122.2

  3. Según el artículo 122.3 de la CE, ¿cuántos miembros componen el Consejo General del Poder Judicial?

    • A) Doce miembros más el Presidente del Tribunal Supremo
    • B) Veinte miembros más el Presidente del Tribunal Supremo que lo presidirá
    • C) Quince miembros más el Presidente del Tribunal Supremo
    • D) Veintiún miembros incluido el Presidente del Tribunal Supremo

    Referencia: Constitución Española de 1978 , Art. 122.3

  4. ¿Qué artículo de la Constitución Española regula la acción popular y la institución del Jurado?

    • A) Artículo 117
    • B) Artículo 120
    • C) Artículo 125
    • D) Artículo 124

    Referencia: Constitución Española de 1978 , Art. 125

  5. Según el artículo 117.5 de la CE, ¿qué principio rige la actuación de los Juzgados y Tribunales?

    • A) El principio de oportunidad
    • B) El principio de unidad jurisdiccional como base de la organización y funcionamiento de los Tribunales
    • C) El principio de especialidad
    • D) El principio de descentralización

    Referencia: Constitución Española de 1978 , Art. 117.5

  6. Según la LOPJ 6/1985, ¿cuál es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes?

    • A) La Audiencia Nacional
    • B) El Tribunal Constitucional
    • C) El Tribunal Supremo
    • D) El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma

    Referencia: Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , Art. 53

  7. ¿Cuántos órdenes jurisdiccionales contempla la LOPJ?

    • A) Tres: civil, penal y contencioso-administrativo
    • B) Cuatro: civil, penal, contencioso-administrativo y social
    • C) Cinco: civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar
    • D) Dos: civil y penal

    Referencia: Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , Art. 9

  8. Según la LOPJ, ¿cómo se denomina actualmente al antiguo Secretario Judicial tras la reforma de la LO 7/2015?

    • A) Secretario Judicial
    • B) Letrado de la Administración de Justicia
    • C) Oficial de Justicia
    • D) Gestor Procesal

    Referencia: Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la LO 6/1985 , Disposición adicional 1ª

  9. ¿Qué ley regula la Demarcación y la Planta Judicial en España?

    • A) Ley 38/1988, de 28 de diciembre
    • B) Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio
    • C) Ley 1/2000, de 7 de enero
    • D) Ley 50/1981, de 30 de diciembre

    Referencia: Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial , Art. 1

  10. Según el artículo 118 de la CE, ¿a qué están obligadas todas las personas respecto a las resoluciones judiciales firmes?

    • A) A conocerlas y difundirlas
    • B) A cumplirlas, y a prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales
    • C) A recurrirlas en el plazo legalmente establecido
    • D) A publicarlas en el Boletín Oficial del Estado

    Referencia: Constitución Española de 1978 , Art. 118