Test: La Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana

10 preguntas tipo test de Ertzaintza

Tema 46 Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana

Test 1 de 2 de este tema

Fuente oficial: BOPV núm. 226, de 24-11-2025, anexo I · Temario comprobado el 27/09/2026

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Tema 46: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

Fuente: BOPV núm. 226, de 24-11-2025, anexo I.

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Test de este tema
10 preguntas

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Materia de estudio

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La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (conocida popularmente como «Ley de Seguridad Ciudadana») es una norma de referencia ineludible en el temario de la Escala Básica de la Ertzaintza. Regula las potestades de los poderes públicos para proteger la seguridad ciudadana, los derechos y deberes de los ciudadanos en este ámbito y el régimen sancionador aplicable. Su conocimiento preciso es imprescindible porque nutre directamente las preguntas de tipo test sobre actuaciones policiales, identificación, registros y sanciones.


Marco normativo

  • Norma principal: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (LO 4/2015).
  • Rango: Ley Orgánica, aprobada por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados (art. 81 CE).
  • Entrada en vigor: 1 de julio de 2015.
  • Derogación: Deroga la anterior LO 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
  • Estructura: 65 artículos, 4 disposiciones adicionales, 5 disposiciones finales y un amplio régimen sancionador.

Estructura del tema

La LO 4/2015 se organiza en los siguientes capítulos:

  • Capítulo I: Disposiciones generales (arts. 1-4)
  • Capítulo II: Documentación e identificación personal (arts. 8-10)
  • Capítulo III: Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana (arts. 15-23)
  • Capítulo IV: Potestades especiales de policía de seguridad (arts. 24-26)
  • Capítulo V: Régimen sancionador (arts. 27-46)
  • Capítulo VI: Procedimiento sancionador (arts. 47-54)

Conceptos clave

Seguridad ciudadana (art. 1)

La ley tiene por objeto «la protección de personas y bienes y el mantenimiento de la tranquilidad de los ciudadanos». Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad son los garantes principales, sin perjuicio de las competencias de otras Administraciones.

Obligación de identificación (arts. 8 y 9)

  • Los españoles tienen obligación de obtener el DNI y de llevarlo consigo.
  • Los extranjeros tienen obligación de disponer de documentación que acredite su identidad y situación en España.
  • El DNI tiene valor de documento público y fehaciente para acreditar la identidad y los datos personales de su titular (art. 8.2).

Identificación de personas por los agentes (art. 16)

Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de personas cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción, o cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario para la prevención de un delito.

  • La identificación se realiza en el lugar o, si no es posible, en dependencias policiales.
  • La permanencia en dependencias policiales para identificación tiene una duración máxima de 6 horas.
  • Durante ese tiempo se deben respetar los derechos del art. 520 LECrim en lo que resulte aplicable.
  • Se debe informar al interesado de las razones de la identificación y dejar constancia de la misma.

Restricción del tráfico y controles en vías públicas (art. 23)

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir la circulación o permanencia en vías o lugares públicos cuando sea necesario para el mantenimiento de la seguridad ciudadana. Asimismo, podrán establecer controles en las vías, lugares o establecimientos públicos para la identificación de personas, registro de vehículos y control de efectos.

Entrada y registro en domicilio (art. 15)

  • La entrada en domicilio requiere consentimiento del titular o resolución judicial, salvo flagrante delito (art. 18.2 CE).
  • La LO 4/2015 no modifica esta garantía constitucional; la recoge expresamente.

Disolución de reuniones y manifestaciones (art. 23)

Los agentes podrán disolver reuniones y manifestaciones en los supuestos previstos en la LO 9/1983, reguladora del derecho de reunión, cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes.

Registro corporal externo (art. 20)

Los agentes podrán practicar las comprobaciones necesarias para impedir que los interesados porten armas u otros instrumentos peligrosos. Se trata de un registro externo y superficial; no equivale a una detención.

Cacheos y registros de vehículos (art. 20)

En el marco de controles preventivos, los agentes pueden proceder al registro de vehículos cuando existan indicios de que puedan hallarse en ellos armas, explosivos, drogas u otros efectos procedentes de o destinados a la comisión de un delito.


Régimen sancionador

Clasificación de infracciones (arts. 33-37)

Las infracciones se clasifican en:

  • Muy graves (art. 35): entre otras, la organización o participación activa en reuniones o manifestaciones prohibidas cuando causen alteraciones graves del orden público; la desobediencia o resistencia grave a la autoridad; la perturbación grave de la seguridad ciudadana con armas o explosivos.
  • Graves (art. 36): entre otras, la desobediencia o resistencia leve a la autoridad; la perturbación grave del orden en actos públicos; el consumo o tenencia ilícita de drogas tóxicas en lugares públicos; la negativa a identificarse ante agentes de la autoridad.
  • Leves (art. 37): entre otras, el incumplimiento de las restricciones de circulación impuestas por los agentes; el consumo de bebidas alcohólicas en lugares no autorizados cuando perturbe la convivencia.

Sanciones económicas (art. 39)

  • Infracciones muy graves: multa de 30.001 a 600.000 euros.
  • Infracciones graves: multa de 601 a 30.000 euros.
  • Infracciones leves: multa de 100 a 600 euros.

Plazos de prescripción de infracciones (art. 30)

  • Infracciones muy graves: prescriben a los 3 años.
  • Infracciones graves: prescriben al año.
  • Infracciones leves: prescriben a los 3 meses.

Plazos de prescripción de sanciones (art. 30)

  • Sanciones por infracciones muy graves: prescriben a los 3 años.
  • Sanciones por infracciones graves: prescriben al año.
  • Sanciones por infracciones leves: prescriben a los 3 meses.

Órganos competentes para sancionar (art. 41)

  • El Ministro del Interior para infracciones muy graves.
  • Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas para infracciones graves.
  • Los Subdelegados del Gobierno para infracciones leves.
  • En el ámbito de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de seguridad (como el País Vasco), los órganos autonómicos correspondientes asumen estas competencias.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Duración máxima de permanencia en dependencias policiales para identificación: 6 horas (art. 16).
  • Multa mínima infracción leve: 100 euros; máxima: 600 euros (art. 39).
  • Multa mínima infracción grave: 601 euros; máxima: 30.000 euros (art. 39).
  • Multa mínima infracción muy grave: 30.001 euros; máxima: 600.000 euros (art. 39).
  • Prescripción infracción leve: 3 meses (art. 30).
  • Prescripción infracción grave: 1 año (art. 30).
  • Prescripción infracción muy grave: 3 años (art. 30).
  • Entrada en vigor de la LO 4/2015: 1 de julio de 2015.

Errores típicos del opositor

  • Confundir el plazo de permanencia para identificación con la detención. La permanencia máxima de 6 horas para identificación (art. 16) no es una detención; no activa automáticamente todos los derechos del detenido del art. 17 CE, aunque sí se deben respetar los derechos informativos.
  • Invertir los tramos de multa. El error más frecuente es asignar la multa de 601-30.000 € a las infracciones muy graves. Recuerda: muy grave = hasta 600.000 €.
  • Confundir prescripción de infracción con prescripción de sanción. La ley los regula de forma paralela en el art. 30, con los mismos plazos, pero son conceptos distintos: la primera afecta al ejercicio de la potestad sancionadora; la segunda, al cobro de la multa ya impuesta.
  • Atribuir competencia sancionadora incorrecta. Las infracciones muy graves corresponden al Ministro del Interior, no al Delegado del Gobierno.

Trucos mnemotécnicos

  • “6 horas para saber quién eres”: la identificación en dependencias tiene un máximo de 6 horas (art. 16). Asocia el 6 con el número de letras de “NOMBRE”.
  • “Leve = 3 meses, Grave = 1 año, Muy grave = 3 años”: la prescripción sigue el patrón 3M – 1A – 3A. Fíjate en que leve y muy grave comparten el número 3, pero en unidades distintas (meses vs. años).
  • “100-600 / 601-30.000 / 30.001-600.000”: las multas se leen como una escalera que multiplica por 50 en cada peldaño. El salto de leve a grave es en el euro 601 (el que sigue al 600).
  • “MUY grave = MINISTRO”: ambas palabras empiezan por M. Grave = Delegado (D de Delegado, D de Dos escalones por debajo del Ministro).

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. ¿Cuál es el objeto de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana?

    • A) Regular las potestades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para proteger la seguridad ciudadana
    • B) Regular exclusivamente las actuaciones policiales en manifestaciones
    • C) Definir los derechos fundamentales de los ciudadanos
    • D) Establecer las infracciones y sanciones en materia de orden público

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 1

  2. Según la Ley Orgánica 4/2015, ¿cuándo pueden las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad requerir la identificación de las personas?

    • A) Cuando existan motivos fundados para considerar que han participado en la comisión de una infracción o cuando sea necesario para evitarla
    • B) Solo con autorización judicial previa
    • C) Únicamente cuando existan indicios racionales de que han cometido una infracción
    • D) En cualquier momento y sin necesidad de justificación

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 16.1.a)

  3. ¿Cuál es la duración máxima de la retención para identificación según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) 6 horas
    • B) 8 horas
    • C) 12 horas
    • D) 4 horas

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 17.2

  4. En relación con los registros corporales externos, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) Deben ser realizados por persona del mismo sexo que el registrado
    • B) Solo pueden realizarse en dependencias policiales
    • C) Requieren siempre autorización judicial previa
    • D) Pueden realizarse sin limitaciones cuando existan indicios de infracción

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 18.2

  5. ¿Qué constituye una infracción muy grave según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) El uso no autorizado de imágenes o datos personales de autoridades
    • B) La falta de respeto y consideración a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
    • C) La desobediencia o resistencia a la autoridad cuando no sean constitutivas de delito
    • D) La negativa a identificarse ante la autoridad

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 36.23

  6. ¿Cuál es la sanción máxima prevista para las infracciones muy graves según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) 1.000.000 euros
    • B) 100.000 euros
    • C) 30.000 euros
    • D) 600.000 euros

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 39.1

  7. En relación con las manifestaciones, ¿cuál es el plazo mínimo de comunicación previa según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) 24 horas antes
    • B) 15 días antes
    • C) 10 días antes
    • D) 48 horas antes

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 21.2

  8. ¿Qué se considera infracción leve según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) La perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos
    • B) La organización de espectáculos no autorizados en la vía pública
    • C) La desobediencia a las órdenes de la autoridad en materia de seguridad
    • D) El consumo o tenencia ilícitos de drogas tóxicas en lugares públicos

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 38.4

  9. ¿Cuál es el plazo de prescripción de las infracciones graves según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) 3 años
    • B) 2 años
    • C) 4 años
    • D) 1 año

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 52.2

  10. En relación con el decomiso de objetos, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta según la Ley Orgánica 4/2015?

    • A) Solo se aplica a infracciones muy graves
    • B) Solo puede acordarse tras la imposición de la sanción
    • C) Puede acordarse como medida provisional para asegurar la eficacia de la resolución
    • D) Requiere siempre autorización judicial

    Referencia: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana , Art. 50.1