Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (en adelante, LOI) es norma de referencia obligatoria en las oposiciones de Correos. Regula los planes de igualdad, las medidas antidiscriminación y los derechos de conciliación que afectan directamente a la relación laboral del personal de la empresa pública. Su conocimiento es imprescindible porque genera preguntas de alta frecuencia en el examen tipo test.
Marco normativo
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE núm. 71, de 23 de marzo de 2007).
- Modificada de forma sustancial por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación (BOE núm. 57, de 7 de marzo de 2019).
- Rango: ley orgánica, lo que implica mayoría absoluta del Congreso para su aprobación y modificación (art. 81 CE).
Estructura del tema
La LOI se organiza en un Título Preliminar y ocho Títulos:
- Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
- Título II: Políticas públicas de igualdad.
- Título III: Igualdad y medios de comunicación.
- Título IV: El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
- Título V: El principio de igualdad en el empleo público.
- Título VI: Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios.
- Título VII: La igualdad en la responsabilidad social de las empresas.
- Título VIII: Disposiciones organizativas.
Para la oposición de Correos, los Títulos I, IV y VII concentran la mayor parte de las preguntas.
Conceptos clave
Discriminación directa e indirecta
El art. 6 LOI distingue:
- Discriminación directa: situación en que una persona es tratada de manera menos favorable por razón de sexo que otra en situación comparable.
- Discriminación indirecta: disposición, criterio o práctica aparentemente neutros que ocasionan una desventaja particular a personas de un sexo respecto del otro, salvo que puedan justificarse objetivamente.
Truco: “directa = trato diferente explícito; indirecta = norma neutra con efecto desigual”.
Acoso sexual y acoso por razón de sexo
El art. 7 LOI los diferencia:
- Acoso sexual: comportamiento verbal o físico de naturaleza sexual no deseado, con el propósito o efecto de atentar contra la dignidad de la persona.
- Acoso por razón de sexo: comportamiento relacionado con el sexo de una persona (no necesariamente sexual) con el mismo propósito o efecto.
Ambos se consideran discriminación y están expresamente prohibidos.
Acciones positivas
El art. 11 LOI permite adoptar medidas específicas a favor del sexo menos representado para corregir situaciones de desigualdad de hecho. No vulneran el principio de igualdad cuando existe una justificación objetiva y razonable.
Transversalidad del principio de igualdad
El art. 15 LOI establece que el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres informará, con carácter de transversalidad, la actuación de todos los poderes públicos.
Planes de igualdad (arts. 45-49 LOI)
Este bloque es el más preguntado en el examen de Correos.
Obligación de elaborar planes de igualdad
Tras la reforma del RD-ley 6/2019, el art. 45 LOI establece:
- Empresas de 50 o más trabajadores: obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad.
- Antes de 2019 el umbral era de 250 trabajadores; el cambio es dato frecuente en test.
Contenido mínimo del plan de igualdad (art. 46 LOI)
El plan de igualdad debe incluir, al menos:
- Proceso de selección y contratación.
- Clasificación profesional.
- Formación.
- Promoción profesional.
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial.
- Ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación.
- Infrarrepresentación femenina.
- Retribuciones.
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
Diagnóstico previo
El art. 46 LOI exige que los planes de igualdad vayan precedidos de un diagnóstico negociado con la representación legal de los trabajadores.
Registro, depósito y publicidad
Los planes de igualdad deben ser objeto de inscripción en el registro correspondiente (art. 46 LOI, en la redacción dada por RD-ley 6/2019). La norma de desarrollo reglamentario fija el procedimiento de registro.
Vigencia
El art. 46 LOI no fija una duración máxima única; la duración la determina el propio plan, aunque la norma reglamentaria de desarrollo establece un máximo de cuatro años.
Representación equilibrada
El art. 51 LOI obliga a las Administraciones Públicas a respetar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad. Se entiende por presencia equilibrada que ninguno de los sexos supere el 60 % ni sea inferior al 40 %.
Esta regla del 40-60 % es dato de examen recurrente.
Derechos de conciliación relevantes para Correos
La LOI modifica y complementa el Estatuto de los Trabajadores en materia de conciliación. Los preceptos más preguntados:
- Permiso de paternidad / corresponsabilidad: el RD-ley 6/2019 equiparó progresivamente el permiso del progenitor distinto de la madre al de la madre biológica. Desde el 1 de enero de 2021, ambos progenitores disponen de 16 semanas, de las cuales las 6 primeras son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto.
- Reducción de jornada por cuidado de menores (art. 37 ET, modificado por LOI): el menor debe tener menos de 12 años.
Atención: la LOI modifica el ET pero no lo sustituye. Las preguntas pueden citar ambas normas.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- 50 trabajadores: umbral a partir del cual es obligatorio el plan de igualdad (art. 45 LOI tras RD-ley 6/2019).
- 40 %-60 %: horquilla de presencia equilibrada (art. 51 LOI).
- 16 semanas: duración del permiso de cada progenitor desde el 1 de enero de 2021.
- 6 semanas: período obligatorio e ininterrumpido tras el parto para cada progenitor.
- 12 años: edad máxima del menor para la reducción de jornada por cuidado.
- 4 años: duración máxima del plan de igualdad (norma reglamentaria de desarrollo).
- 23 de marzo de 2007: fecha de publicación en el BOE de la LOI (BOE núm. 71).
Errores típicos del opositor
- Confundir el umbral antiguo con el nuevo: antes de 2019 eran 250 trabajadores; desde el RD-ley 6/2019, son 50. El examen suele poner las dos cifras como opciones.
- Confundir acoso sexual con acoso por razón de sexo: el primero tiene componente sexual explícita; el segundo se basa en el sexo de la persona sin necesidad de connotación sexual.
- Creer que la presencia equilibrada exige el 50 %: la ley habla de 40-60 %, no de paridad exacta.
- Atribuir a la LOI artículos del ET: la LOI modifica el ET, pero los derechos de conciliación concretos (reducción de jornada, excedencias) están en el ET. La LOI es la norma que impone la obligación de igualdad; el ET regula el derecho laboral concreto.
- Olvidar el diagnóstico previo: el plan de igualdad no puede elaborarse sin diagnóstico negociado previo con la representación de los trabajadores.
Trucos mnemotécnicos
- “50 = plan obligatorio”: a partir de 50 trabajadores, plan de igualdad. Recuerda: cincuenta = cinco decenas = cinco letras en “igual” (i-g-u-a-l). Asociación forzada pero útil.
- “40-60, ni más ni menos”: la presencia equilibrada nunca baja del 40 % ni sube del 60 %. Piensa en un semáforo: el 50 % es el verde ideal, pero el amarillo llega hasta el 40 y el 60.
- “Directa = cara a cara; indirecta = por detrás”: la discriminación directa es explícita y visible; la indirecta se esconde en una norma aparentemente neutra.
- “LOI = 2007, RD-ley 6 = 2019”: la ley nació en 2007 y la gran reforma llegó en 2019 con el número 6. Año olímpico de invierno (2018) más uno = 2019.
- “SCFPCRIP”: inicial de cada materia del contenido mínimo del plan de igualdad (Selección, Clasificación, Formación, Promoción, Condiciones, Retribución, Infrarrepresentación, Prevención del acoso). Memoriza la cadena de letras para no olvidar ningún bloque en preguntas de contenido.