Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El Tema 1 es el punto de partida de casi cualquier oposición pública en España. Para AENA - Personal de Operaciones Aeroportuarias, las preguntas sobre la Constitución Española de 1978 (CE) suelen centrarse en artículos concretos del Título Preliminar, el Título I y el Título VIII. Dominar los preceptos exactos, las cifras y las distinciones conceptuales es imprescindible para no perder puntos en el test.
Marco normativo
- Constitución Española de 1978 (BOE de 29 de diciembre de 1978).
- Título Preliminar: arts. 1 a 9.
- Título I: “De los derechos y deberes fundamentales”, arts. 10 a 55.
- Título VIII: “De la organización territorial del Estado”, arts. 137 a 158.
Estructura del tema
1. Principios fundamentales (Título Preliminar, arts. 1-9)
Art. 1 CE — Forma de Estado y valores superiores
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho. Los valores superiores del ordenamiento jurídico son:
- La libertad
- La justicia
- La igualdad
- El pluralismo político
La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE).
Distinción clave: “Monarquía parlamentaria” ≠ “Monarquía constitucional”. La CE usa expresamente “parlamentaria”.
Art. 2 CE — Nación española y autonomías
La CE se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.
Art. 3 CE — Lenguas
- El castellano es la lengua oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
- Las demás lenguas españolas serán también oficiales en sus respectivas Comunidades Autónomas.
Art. 4 CE — Bandera
La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
Art. 6 CE — Partidos políticos
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la CE y a la ley.
Art. 7 CE — Sindicatos y asociaciones empresariales
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.
Art. 9 CE — Principios de legalidad y seguridad jurídica
- Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la CE y al resto del ordenamiento jurídico (art. 9.1 CE).
- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo sean reales y efectivas (art. 9.2 CE).
- El art. 9.3 CE garantiza: la legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
2. Derechos y deberes fundamentales (Título I, arts. 10-55)
Art. 10 CE — Fundamento del orden político
La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Las normas relativas a los derechos fundamentales se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados internacionales ratificados por España (art. 10.2 CE).
Estructura del Título I — Capítulos
- Capítulo I (arts. 11-13): De los españoles y los extranjeros.
- Capítulo II (arts. 14-38): Derechos y libertades.
- Sección 1.ª (arts. 15-29): Derechos fundamentales y libertades públicas.
- Sección 2.ª (arts. 30-38): Derechos y deberes de los ciudadanos.
- Capítulo III (arts. 39-52): Principios rectores de la política social y económica.
- Capítulo IV (arts. 53-54): De las garantías de las libertades y derechos fundamentales.
- Capítulo V (art. 55): De la suspensión de los derechos y libertades.
Derechos fundamentales más preguntados (Sección 1.ª)
- Art. 15: Derecho a la vida e integridad física y moral. Abolición de la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
- Art. 16: Libertad ideológica, religiosa y de culto. Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
- Art. 17: Derecho a la libertad y seguridad. El detenido preventivamente no podrá ser retenido más de 72 horas sin ser puesto a disposición judicial.
- Art. 18: Derecho al honor, intimidad personal y familiar e inviolabilidad del domicilio.
- Art. 19: Libertad de residencia y circulación.
- Art. 20: Libertad de expresión, producción y creación literaria, artística, científica y técnica, y libertad de cátedra.
- Art. 23: Derecho de participación en asuntos públicos, directamente o por medio de representantes.
- Art. 27: Derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
- Art. 28: Derecho a sindicarse libremente y derecho a la huelga.
- Art. 29: Derecho de petición individual y colectiva.
Art. 14 CE — Igualdad
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Art. 53 CE — Garantías
- Los derechos de la Sección 1.ª (arts. 15-29) solo podrán regularse por Ley Orgánica.
- Cualquier ciudadano puede recabar la tutela de los derechos del art. 14 y la Sección 1.ª ante los tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, mediante el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
3. Organización territorial del Estado (Título VIII, arts. 137-158)
Art. 137 CE — Entidades territoriales
El Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
Art. 138 CE — Solidaridad y equilibrio
El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad y vela por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español.
Art. 140 CE — Municipios
La CE garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos.
Art. 141 CE — Provincias
La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado.
Art. 143 CE — Iniciativa autonómica
Las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas.
Art. 149 CE — Competencias exclusivas del Estado
El art. 149.1 CE enumera las materias de competencia exclusiva estatal. Entre las más relevantes para AENA:
- Aeropuertos de interés general (art. 149.1.20.ª CE).
- Tráfico y circulación de vehículos a motor (art. 149.1.21.ª CE).
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- 72 horas: plazo máximo de detención preventiva sin pasar a disposición judicial (art. 17.2 CE).
- 3 franjas: roja, amarilla, roja; la amarilla de doble anchura (art. 4 CE).
- 4 valores superiores: libertad, justicia, igualdad, pluralismo político (art. 1.1 CE).
- Ley Orgánica: instrumento necesario para regular los derechos fundamentales de la Sección 1.ª (art. 53.1 CE).
- Mayoría de 3/5 de cada Cámara: requerida para la reforma constitucional ordinaria (art. 167 CE).
- Mayoría de 2/3 de cada Cámara + referéndum: requerida para la reforma agravada (art. 168 CE).
Errores típicos del opositor
- Confundir “Monarquía constitucional” con “Monarquía parlamentaria”: la CE dice expresamente “parlamentaria” (art. 1.3 CE).
- Situar el art. 14 (igualdad) dentro de la Sección 1.ª: el art. 14 está fuera de la Sección 1.ª, aunque goza de las mismas garantías del art. 53.2 CE.
- Creer que el castellano es solo un derecho: es también un deber de conocimiento para todos los españoles (art. 3.1 CE).
- Confundir los principios rectores (Capítulo III) con derechos fundamentales: los principios rectores no son directamente exigibles ante los tribunales sin desarrollo legislativo previo.
- Olvidar que la pena de muerte está abolida, salvo lo que dispongan las leyes penales militares para tiempos de guerra (art. 15 CE).
Trucos mnemotécnicos
- “LJIP” → Libertad, Justicia, Igualdad, Pluralismo: los cuatro valores del art. 1.1 CE.
- “72 horas = 3 días”: el detenido no puede estar más de 3 días sin pasar al juez (art. 17.2 CE).
- “Roja-Amarilla-Roja, la del medio es el doble”: bandera del art. 4 CE.
- “Municipio → Provincia → CCAA”: orden ascendente de la organización territorial del art. 137 CE.
- “Aeropuertos = Estado”: competencia exclusiva estatal por art. 149.1.20.ª CE, clave para AENA.