Test: Recursos administrativos (LPAC: alzada, reposicion, extraordinario de revision)

10 preguntas tipo examen para Auxiliar Estado — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

Los recursos administrativos son el mecanismo que permite a los ciudadanos impugnar actos de la Administración ante la propia Administración, antes de acudir a la vía judicial. Para la oposición de Auxiliar Administrativo del Estado, este tema es de alta rentabilidad: los exámenes incluyen sistemáticamente preguntas sobre plazos, órganos competentes y causas de inadmisión de cada recurso.

Marco normativo

La regulación de los recursos administrativos se encuentra en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), concretamente en el Título V, arts. 112 a 126.

Esta ley derogó la anterior Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y entró en vigor el 2 de octubre de 2016.


Estructura del Título V LPAC: los tres recursos

La LPAC regula tres recursos administrativos ordinarios y extraordinarios:

  • Recurso de alzada (arts. 121 y 122 LPAC)
  • Recurso potestativo de reposición (arts. 123 y 124 LPAC)
  • Recurso extraordinario de revisión (arts. 125 y 126 LPAC)

Antes de entrar en cada uno, el art. 112 LPAC establece las disposiciones generales comunes a todos los recursos.


Disposiciones generales (art. 112 LPAC)

  • Contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse recursos administrativos.
  • Los actos de trámite ordinarios no son recurribles de forma autónoma.
  • Las leyes pueden sustituir los recursos de alzada y reposición por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje (art. 112.2 LPAC).

Principio de no suspensión automática

La interposición de cualquier recurso no suspende la ejecución del acto impugnado, salvo que una disposición establezca lo contrario o el órgano competente acuerde la suspensión (art. 117.1 LPAC).

Causas de inadmisión (art. 116 LPAC)

El órgano competente puede inadmitir el recurso cuando:

  • Sea manifiestamente infundado.
  • Se hayan desestimado en cuanto al fondo otros recursos sustancialmente iguales.

Recurso de alzada (arts. 121 y 122 LPAC)

¿Qué actos se recurren?

Los actos que no pongan fin a la vía administrativa (art. 121.1 LPAC). Se interpone ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto.

¿Quién resuelve?

El órgano superior jerárquico. Si el acto fue dictado por delegación, el recurso se resuelve por el órgano delegante (art. 121.2 LPAC).

Plazos de interposición (art. 122 LPAC)

  • Acto expreso: 1 mes desde la notificación del acto.
  • Acto presunto (silencio administrativo): 3 meses desde que se produzcan los efectos del silencio.

Plazo de resolución

El órgano tiene 3 meses para resolver (art. 122.2 LPAC).

  • Si transcurren 3 meses sin resolución expresa: silencio negativo (desestimación por silencio).
  • Contra la resolución expresa o el silencio negativo, cabe recurso contencioso-administrativo.

Dato clave de examen: El silencio en alzada es siempre negativo, sin excepciones en la regla general.


Recurso potestativo de reposición (arts. 123 y 124 LPAC)

Naturaleza y objeto

Es potestativo (no obligatorio) y previo al recurso contencioso-administrativo. Se interpone contra actos que pongan fin a la vía administrativa (art. 123.1 LPAC).

Se resuelve por el mismo órgano que dictó el acto.

Incompatibilidad con la alzada

No se puede interponer recurso de reposición contra un acto que haya sido objeto de recurso de alzada (art. 123.2 LPAC). Son vías incompatibles.

Plazos de interposición (art. 124.1 LPAC)

  • Acto expreso: 1 mes desde la notificación.
  • Acto presunto: 3 meses desde que se produzcan los efectos del silencio.

Plazo de resolución

El órgano tiene 1 mes para resolver (art. 124.2 LPAC).

  • Si transcurre 1 mes sin resolución: silencio negativo.
  • Contra la desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo.

Distinción clave alzada vs. reposición:

  • Alzada → actos que no ponen fin a la vía administrativa → plazo resolución 3 meses.
  • Reposición → actos que ponen fin a la vía administrativa → plazo resolución 1 mes.

Recurso extraordinario de revisión (arts. 125 y 126 LPAC)

Naturaleza

Es extraordinario: solo procede por causas tasadas y contra actos firmes en vía administrativa (art. 125.1 LPAC).

Causas de interposición (art. 125.1 LPAC)

Solo puede interponerse cuando concurra alguna de estas causas:

  1. Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
  2. Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida, o que siendo anteriores hubiera sido imposible aportarlos al expediente.
  3. Que en la resolución hayan influido documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.
  4. Que la resolución se hubiera dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible, declarada por sentencia judicial firme.

Órgano competente

El órgano administrativo que dictó el acto (art. 125.2 LPAC).

Plazos de interposición (art. 125.1 LPAC)

  • Causa 1ª (error de hecho): 4 años desde la notificación de la resolución.
  • Causas 2ª, 3ª y 4ª: 3 meses desde el conocimiento de los documentos, desde la sentencia firme o desde que se descubrió el fraude, respectivamente.

Plazo de resolución (art. 126.2 LPAC)

El órgano tiene 3 meses para resolver.

  • Si transcurren 3 meses sin resolución: silencio negativo (desestimación).

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Alzada — interposición acto expreso: 1 mes.
  • Alzada — interposición acto presunto: 3 meses.
  • Alzada — resolución: 3 meses → silencio negativo.
  • Reposición — interposición acto expreso: 1 mes.
  • Reposición — interposición acto presunto: 3 meses.
  • Reposición — resolución: 1 mes → silencio negativo.
  • Revisión extraordinaria — causa 1ª (error de hecho): 4 años.
  • Revisión extraordinaria — causas 2ª, 3ª y 4ª: 3 meses.
  • Revisión extraordinaria — resolución: 3 meses → silencio negativo.
  • Entrada en vigor de la LPAC: 2 de octubre de 2016.

Errores típicos del opositor

  • Confundir el plazo de resolución de alzada y reposición: Alzada = 3 meses; reposición = 1 mes. Es el error más frecuente.
  • Creer que el silencio en alzada puede ser positivo: En alzada el silencio es siempre negativo (art. 122.2 LPAC).
  • Pensar que reposición y alzada son compatibles: Son incompatibles (art. 123.2 LPAC). No se puede interponer reposición si ya se interpuso alzada.
  • Aplicar el plazo de 4 años a todas las causas del recurso extraordinario: Solo corresponde a la causa 1ª (error de hecho). Las demás son 3 meses.
  • Creer que la interposición de un recurso suspende el acto: La regla general es la no suspensión automática (art. 117.1 LPAC).
  • Confundir el órgano que resuelve reposición y alzada: Reposición = mismo órgano; alzada = órgano superior jerárquico.

Trucos mnemotécnicos

  • “ALZADA = ARRIBA”: La alzada sube al órgano superior. Plazo de resolución más largo: 3 meses (sube más, tarda más).
  • “REPOSICIÓN = REPITE”: Resuelve el mismo órgano que dictó el acto. Plazo de resolución más corto: 1 mes (no sube, es más rápido).
  • “4-3 en revisión”: Error de hecho → 4 años; resto de causas → 3 meses. El “4” va con el error porque es el más leve y tiene más tiempo.
  • “Los tres recursos, los tres silencios negativos”: Alzada, reposición y revisión extraordinaria tienen silencio negativo al vencer el plazo de resolución.
  • “Acto expreso = 1 mes; acto presunto = 3 meses”: Esta regla de interposición es idéntica en alzada y en reposición. Solo cambia el plazo de resolución.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 112.1 de la Ley 39/2015 (LPAC), contra las resoluciones y los actos de tramite que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefension o perjuicio irreparable a derechos e intereses legitimos, podran interponerse por los interesados los recursos de:

    • A) Alzada y potestativo de reposicion
    • B) Alzada y extraordinario de revision en todos los casos
    • C) Reposicion y casacion
    • D) Queja y suplica

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 112.1

  2. Segun el articulo 121.1 de la Ley 39/2015, las resoluciones y actos a que se refiere el articulo 112.1, cuando no pongan fin a la via administrativa, podran ser recurridos en alzada ante el organo superior jerarquico del que los dicto. El plazo para interponer el recurso de alzada es de:

    • A) Un mes si el acto fuera expreso; si no lo fuera, el interesado podra interponerlo en cualquier momento a partir del dia siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo
    • B) Dos meses en todo caso, tanto para actos expresos como presuntos
    • C) Quince dias habiles desde la notificacion del acto
    • D) Tres meses desde que se tenga conocimiento del acto

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 122.1

  3. Segun el articulo 122.2 de la Ley 39/2015, el plazo maximo para dictar y notificar la resolucion del recurso de alzada es de:

    • A) Tres meses, transcurridos los cuales se podra entender desestimado el recurso
    • B) Un mes, transcurrido el cual se entendera estimado por silencio positivo
    • C) Seis meses, transcurridos los cuales se entendera desestimado
    • D) Dos meses, transcurridos los cuales se entendera estimado

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 122.2

  4. Segun el articulo 123.1 de la Ley 39/2015, los actos administrativos que pongan fin a la via administrativa podran ser recurridos potestativamente en reposicion ante el mismo organo que los hubiera dictado. El plazo de interposicion del recurso potestativo de reposicion contra un acto expreso es de:

    • A) Un mes
    • B) Dos meses
    • C) Quince dias habiles
    • D) Tres meses

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 124.1

  5. Segun el articulo 124.2 de la Ley 39/2015, el plazo maximo para dictar y notificar la resolucion del recurso de reposicion es de:

    • A) Un mes
    • B) Tres meses
    • C) Dos meses
    • D) Quince dias habiles

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 124.2

  6. Segun el articulo 125.1 de la Ley 39/2015, contra los actos firmes en via administrativa podra interponerse el recurso extraordinario de revision ante el organo administrativo que los dicto, que tambien sera competente para su resolucion, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. Cual de estas es una causa?

    • A) Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente
    • B) Cualquier infraccion del ordenamiento juridico
    • C) La discrepancia del interesado con la valoracion juridica del organo
    • D) El cambio de doctrina administrativa posterior al acto

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 125.1

  7. Segun el articulo 125.1 de la Ley 39/2015, el recurso extraordinario de revision por error de hecho debera interponerse dentro del plazo de:

    • A) Cuatro anos siguientes a la fecha de la notificacion de la resolucion impugnada
    • B) Un mes desde la notificacion del acto
    • C) Un ano desde el conocimiento del error
    • D) No tiene plazo, puede interponerse en cualquier momento

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 125.1.a)

  8. Segun el articulo 114.1 de la Ley 39/2015, ponen fin a la via administrativa una serie de actos. Cual de los siguientes pone fin a la via administrativa?

    • A) Las resoluciones de los recursos de alzada
    • B) Los actos de tramite que no decidan el fondo del asunto
    • C) Las resoluciones dictadas por organos que tengan superior jerarquico
    • D) Los actos presuntos por silencio negativo en todos los casos

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 114.1

  9. Segun el articulo 115.2 de la Ley 39/2015, el error o la ausencia de la calificacion del recurso por parte del recurrente no sera obstáculo para su tramitacion, siempre que se deduzca su verdadero caracter. Ademas, el escrito de interposicion debera expresar:

    • A) El acto que se recurre, la razon de su impugnacion, el nombre y apellidos del recurrente, asi como la identificacion del medio y del lugar preferente para la practica de las notificaciones
    • B) Unicamente la identidad del recurrente y la fecha del acto
    • C) La fundamentacion juridica completa con cita de jurisprudencia
    • D) La propuesta de resolucion alternativa al acto impugnado

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 115.1 y 115.2

  10. Segun el articulo 117.1 de la Ley 39/2015, la interposicion de cualquier recurso administrativo, excepto en los casos en que una disposicion establezca lo contrario:

    • A) No suspendera la ejecucion del acto impugnado
    • B) Suspendera automaticamente la ejecucion del acto
    • C) Suspendera la ejecucion durante los primeros 30 dias
    • D) Suspendera la ejecucion si el recurrente presta caucion suficiente

    Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC , Art. 117.1