Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El Título Preliminar y los Derechos Fundamentales de la Constitución Española de 1978 (CE) constituyen el núcleo más preguntado en los exámenes de Auxiliar Administrativo del Estado. Dominar estos preceptos es imprescindible: aparecen en prácticamente todos los modelos de examen y los errores en este bloque suelen ser los más costosos.
Marco normativo
- Constitución Española, aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978, ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978 y sancionada por el Rey el 27 de diciembre de 1978. Publicada en el BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978.
- Es la norma suprema del ordenamiento jurídico español. Todos los poderes públicos están sujetos a ella (art. 9.1 CE).
Estructura general de la Constitución
La CE se compone de:
- Un Preámbulo (sin valor normativo directo)
- 169 artículos organizados en un Título Preliminar y diez Títulos numerados (I al X)
- 4 Disposiciones Adicionales
- 9 Disposiciones Transitorias
- 1 Disposición Derogatoria
- 1 Disposición Final
Título Preliminar (arts. 1 a 9)
Es el bloque más preguntado en test. Contiene los principios estructurales del Estado.
Art. 1 — Forma del Estado y valores superiores
- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho (art. 1.1 CE).
- Los valores superiores del ordenamiento son: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político (art. 1.1 CE).
- La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (art. 1.2 CE).
- La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE).
Distinción clave: la CE no establece una “monarquía constitucional” sino una monarquía parlamentaria. Error frecuente en test.
Art. 2 — Unidad e identidad territorial
- La CE se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones y la solidaridad entre todas ellas (art. 2 CE).
Art. 3 — Lenguas
- El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla (art. 3.1 CE).
- Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas (art. 3.2 CE).
Atención: el deber de conocer solo existe respecto al castellano, no respecto a las demás lenguas cooficiales.
Art. 4 — Bandera y enseña
- La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas (art. 4.1 CE).
Art. 6 — Partidos políticos
- Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política (art. 6 CE).
Art. 7 — Sindicatos y asociaciones empresariales
- Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales (art. 7 CE).
Art. 8 — Fuerzas Armadas
- Las Fuerzas Armadas tienen como misión: defender la soberanía e independencia de España, su integridad territorial y el ordenamiento constitucional (art. 8.1 CE).
Art. 9 — Principios de legalidad y seguridad jurídica
- Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la CE y al resto del ordenamiento jurídico (art. 9.1 CE).
- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad e igualdad del individuo y de los grupos sean reales y efectivas (art. 9.2 CE).
- El art. 9.3 CE garantiza: legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, seguridad jurídica, responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Título I — De los derechos y deberes fundamentales (arts. 10 a 55)
Art. 10 — Dignidad de la persona
- La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social (art. 10.1 CE).
- Las normas relativas a derechos fundamentales se interpretarán conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados internacionales ratificados por España (art. 10.2 CE).
Capítulo II — Derechos y libertades (arts. 14 a 38)
Este capítulo se divide en dos secciones con distinto nivel de protección:
Sección 1.ª — Derechos fundamentales y libertades públicas (arts. 15 a 29)
Son los de mayor protección. Incluyen:
- Derecho a la vida e integridad física y moral; prohibición de tortura y penas inhumanas (art. 15 CE).
- Libertad ideológica, religiosa y de culto (art. 16 CE). Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
- Derecho a la libertad y seguridad (art. 17 CE). La detención preventiva no podrá durar más de 72 horas.
- Derecho al honor, intimidad personal y familiar e imagen (art. 18.1 CE). Inviolabilidad del domicilio (art. 18.2 CE). Secreto de las comunicaciones (art. 18.3 CE).
- Derecho a elegir libremente la residencia y a circular por el territorio nacional (art. 19 CE).
- Libertad de expresión e información (arts. 20.1.a y 20.1.d CE). Se reconoce la cláusula de conciencia y el secreto profesional (art. 20.1.d CE).
- Derecho de reunión pacífica y sin armas (art. 21 CE). Las reuniones en lugares de tránsito público requieren comunicación previa a la autoridad.
- Derecho de asociación (art. 22 CE).
- Derecho a la participación política, sufragio activo y pasivo, acceso a funciones y cargos públicos (art. 23 CE).
- Derecho a la tutela judicial efectiva, a no declarar contra uno mismo, a la presunción de inocencia (art. 24 CE).
- Principio de legalidad penal: nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que no constituyan delito en el momento de producirse (art. 25.1 CE).
- Derecho a la educación y libertad de enseñanza (art. 27 CE). La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
- Derecho a la sindicación y a la huelga (arts. 28.1 y 28.2 CE).
- Derecho de petición individual y colectiva (art. 29 CE).
Sección 2.ª — Derechos y deberes de los ciudadanos (arts. 30 a 38)
Incluyen el deber de defender España (art. 30 CE), el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos (art. 31 CE), el derecho a la propiedad privada y herencia (art. 33 CE), el derecho a la negociación colectiva (art. 37 CE) y la libertad de empresa (art. 38 CE).
Garantías de los derechos fundamentales (art. 53 CE)
El art. 53 CE establece tres niveles de protección:
- Todos los derechos del Capítulo II vinculan a los poderes públicos y solo pueden regularse por ley (art. 53.1 CE).
- Los derechos de la Sección 1.ª (arts. 15-29) gozan de protección reforzada: recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y procedimiento preferente y sumario ante los tribunales ordinarios (art. 53.2 CE).
- Los principios del Capítulo III (arts. 39-52) solo pueden alegarse ante la jurisdicción ordinaria conforme a las leyes que los desarrollen (art. 53.3 CE).
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- Fecha del referéndum constitucional: 6 de diciembre de 1978.
- Publicación en BOE: 29 de diciembre de 1978 (BOE núm. 311).
- Total de artículos: 169.
- Detención preventiva máxima: 72 horas (art. 17.2 CE).
- Enseñanza básica: obligatoria y gratuita (art. 27.4 CE).
- Valores superiores: 4 (libertad, justicia, igualdad, pluralismo político).
- Principios del art. 9.3: 7 (legalidad, jerarquía normativa, publicidad, irretroactividad, seguridad jurídica, responsabilidad, interdicción de la arbitrariedad).
Errores típicos del opositor
- Confundir “monarquía constitucional” con “monarquía parlamentaria”: la CE dice parlamentaria (art. 1.3).
- Atribuir el deber de conocer el idioma a las lenguas cooficiales: solo existe ese deber para el castellano (art. 3.1).
- Situar el derecho a la huelga fuera de la Sección 1.ª: está en el art. 28.2, dentro de los derechos fundamentales con amparo constitucional.
- Confundir los valores superiores (art. 1.1) con los principios del art. 9.3: son listas distintas.
- Creer que el Preámbulo tiene valor normativo directo: no lo tiene.
Trucos mnemotécnicos
- Valores superiores → “LIJP”: Libertad, Igualdad, Justicia, Pluralismo político.
- Misión de las FFAA → “SIO”: Soberanía, Integridad territorial, Ordenamiento constitucional.
- Principios art. 9.3 → “LHPIS RI”: Legalidad, Jerarquía, Publicidad, Irretroactividad, Seguridad jurídica, Responsabilidad, Interdicción de la arbitrariedad.
- Fecha clave: el 6-12-1978 es el Día de la Constitución porque fue el día del referéndum, no de la publicación.