Vacaciones Funciónarios Publicos: Dias y Derechos
Las vacaciones y los permisos retribuidos son uno de los aspectos más valorados de la función pública. Si estas preparando unas oposiciones y quieres saber exactamente a que tienes derecho cuando apruebes, en esta guia te explicamos el régimen completo de vacaciones de los funcionarios públicos en España, basado en el Estatuto Basico del Empleado Público (EBEP) y sus actualizaciones vigentes en 2026.
Marco legal: el EBEP y los convenios colectivos
El régimen de vacaciones de los funcionarios públicos se regula principalmente por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Basico del Empleado Público. El artículo 50 del EBEP establece el mínimo de vacaciones y el artículo 48 los permisos retribuidos.
Cada administración puede mejorar estas condiciones mínimas mediante acuerdos en la mesa de negociacion colectiva, pero nunca reducirlas. Esto significa que los funcionarios del Estado, de las autonomias y de los ayuntamientos comparten un mínimo común que luego se amplia segun el convenio de cada administración.
Dias de vacaciones anuales: la tabla completa
El artículo 50 del EBEP establece el derecho a un mínimo de 22 dias habiles de vacaciones al año, o los dias que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año es menor.
Sin embargo, el propio EBEP establece dias adicionales vinculados a la antiguedad en la Administración:
| Anos de antiguedad en la Administración | Dias habiles de vacaciones |
|---|---|
| Menos de 15 años | 22 dias habiles |
| Entre 15 y 19 años | 23 dias habiles |
| Entre 20 y 24 años | 24 dias habiles |
| 25 años o más | 25 dias habiles |
Estos dias adicionales por antiguedad se aplican desde el primer dia en que se alcanza el tramo correspondiente, independientemente de si los servicios previos se prestaron en la misma administración o en otra administración pública diferente.
Dias habiles vs dias naturales
Un punto que genera confusion frecuente: los 22-25 dias son dias habiles (de lunes a viernes, excluidos festivos). No son dias naturales. En la práctica, esto equivale a aproximadamente 4,5-5 semanas de vacaciones efectivas al año, bastante más que el mínimo laboral del sector privado (que son 30 dias naturales, equivalentes a aproximadamente 22 dias habiles).
Cuando se pueden disfrutar las vacaciones
Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural al que corresponden. Sin embargo, si por necesidades del servicio no se pueden tomar en ese período, deben disfrutarse en el primer trimestre del año siguiente.
Planificación y solicitud
- Los turnos de vacaciones se suelen fijar en el primer trimestre del año mediante negociacion entre el personal y la jefatura.
- En caso de desacuerdo, la administración tiene la potestad de fijar los turnos garantizando que cada funcionario puede tomar al menos 15 dias habiles consecutivos en verano (julio-agosto).
- El disfrute de las vacaciones tiene preferencia para quien tiene hijos en edad escolar en los períodos de vacaciones escolares.
Fraccionamiento
Las vacaciones pueden fraccionarse en varios períodos, siempre con acuerdo entre el funcionario y la administración. El fraccionamiento mínimo habitual es de 5 dias habiles por período.
Permisos retribuidos adicionales al margen de las vacaciones
El EBEP establece en su artículo 48 un catalogo de permisos retribuidos que se dan al margen de las vacaciones anuales. Estos permisos no restan dias de vacaciones.
Permisos por motivos personales o familiares
-
Matrimonio o pareja de hecho: 15 dias naturales.
-
Fallecimiento de conyugue, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado: entre 2 y 4 dias habiles segun si el fallecimiento ocurre en la misma o diferente localidad.
-
Accidente o enfermedad grave de familiar hasta segundo grado: entre 2 y 4 dias habiles segun localidad.
-
Hospitalizacion de familiar: se extiende mientras dure la hospitalizacion o el período de recuperacion domiciliaria por enfermedad grave.
-
Traslado de domicilio habitual: 1 dia habil.
-
Funciones sindicales o de representacion del personal: segun lo previsto en el convenio o acuerdo de negociacion colectiva.
Permisos por conciliacion familiar
- Maternidad: 16 semanas retribuidas, ampliables en caso de parto multiple o discapacidad del recien nacido.
- Paternidad: 16 semanas retribuidas (equiparado con la maternidad).
- Adopcion, acogimiento, tutela: mismos derechos que la maternidad/paternidad biologica.
- Lactancia: 1 hora diaria de ausencia del trabajo (o reduccion de jornada equivalente) hasta que el hijo cumpla 12 meses. Puede sustituirse por un permiso de 4 semanas a disfrutar de forma continua.
- Reduccion de jornada por cuidado de menor de 12 años o familiar dependiente: reduccion de entre 1/8 y 1/2 de la jornada, con reduccion proporcional del salario.
Permiso por asuntos propios
Uno de los permisos más caracteristicos de la función pública. Los funcionarios del Estado tienen derecho a 6 dias habiles de permiso por asuntos propios al año, sin necesidad de justificación. Estos dias se conceden siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
Algunas comunidades autonómicas han ampliado este permiso. Por ejemplo, algunas establecen hasta 9 dias de asuntos propios. Este permiso es independiente de las vacaciones anuales y no puede acumularse al año siguiente si no se disfruta.
Dias adicionales de libre disposicion
La Ley de Presupuestos Generales del Estado o los acuerdos de función pública pueden establecer dias adicionales de libre disposicion. En los últimos años, los PGE han incluido habitualmente entre 2 y 3 dias adicionales vinculados al cumplimiento de los objetivos de reduccion del deficit.
Reduccion de jornada y su efecto en las vacaciones
Los funcionarios a tiempo parcial o con reduccion de jornada tienen derecho a vacaciones proporcionales a la jornada realizada. Por ejemplo, un funcionario con reduccion del 50% de jornada tiene derecho a la mitad de los dias de vacaciones correspondientes a jornada completa.
Sin embargo, los permisos retribuidos (matrimonio, defunción, etc.) se disfrutan integros independientemente de la jornada reducida.
Vacaciones durante la incapacidad temporal
Si un funcionario cae enfermo antes o durante las vacaciones, tiene derecho a disfrutar esos dias en otro momento del año. La jurisprudencia europea y española ha reconocido que la incapacidad temporal interrumpe el período de vacaciones, que debe ser recuperado tras la alta médica.
Si la incapacidad temporal se prolonga y no se pueden disfrutar las vacaciones dentro del año natural, el funcionario tiene hasta 18 meses desde el final del año al que corresponden las vacaciones para disfrutarlas.
Diferencias entre administraciones
Aunque el EBEP establece los mínimos, cada administración puede mejorar las condiciones:
Administración General del Estado
Además de los 22-25 dias de vacaciones, el personal de la AGE tiene:
- 6 dias de asuntos propios.
- Dias adicionales establecidos por los PGE (normalmente 2-3 dias).
- La posibilidad de compensar en descanso las horas de trabajo extraordinario.
Comunidades autonómicas
Muchas autonomias han mejorado el catalogo del EBEP:
- Algunas tienen hasta 9 dias de asuntos propios.
- Algunas reconocen permisos por cuidado de familiares con mayor amplitud.
- La Comunitat Valenciana, por ejemplo, tiene un catalogo de permisos especialmente generoso para el personal al servicio de la Generalitat.
Administración local
Los ayuntamientos y diputaciones pueden tener condiciones distintas dependiendo del acuerdo regulador de sus funcionarios. Los grandes ayuntamientos suelen tener condiciones similares o superiores al Estado.
Vacaciones de los funcionarios interinos
Los funcionarios interinos tienen los mismos derechos en materia de vacaciones y permisos retribuidos que los funcionarios de carrera. No hay diferencia en este aspecto entre funcionario de carrera e interino.
La diferencia esta en que el interino, al cesar en su puesto, tiene derecho al cobro de los dias de vacaciones devengados y no disfrutados, igual que ocurre en el ambito laboral privado.
Comparacion con el sector privado
Para que puedas valorar bien el régimen de vacaciones de la función pública en contexto:
| Concepto | Sector privado (mínimo ET) | Función pública (mínimo EBEP) |
|---|---|---|
| Vacaciones básicas | 30 dias naturales (~22 hab.) | 22 dias habiles |
| Dias extra por antiguedad | Segun convenio | Hasta 3 dias extra (25 años) |
| Asuntos propios | No existe por ley | 6 dias habiles en AGE |
| Permiso matrimonio | 15 dias naturales | 15 dias naturales |
| Permiso familiar grave | 2 dias (4 si hay desplazamiento) | 2-4 dias habiles |
| Dias adicionales de libre disposicion | No existen | 2-3 dias segun PGE |
En terminos reales, un funcionario de la AGE con menos de 15 años de antiguedad tiene aproximadamente 30-31 dias habiles de ausencia retribuida al año (22 vacaciones + 6 asuntos propios + 2-3 dias adicionales), frente a los 22 dias habiles aproximados del sector privado con el mínimo legal.
Preguntas frecuentes
Los dias de asuntos propios se pueden coger cualquier dia?
Si, siempre que las necesidades del servicio lo permitan. La administración puede denegar el permiso si hay razones de servicio justificadas, pero debe ofrecer fechas alternativas.
Que pasa si me jubilo sin haber disfrutado todas las vacaciones?
Tienes derecho a la compensacion económica de los dias de vacaciones devengados y no disfrutados. Este derecho esta reconocido tanto por la jurisprudencia española como por el Tribunal de Justicia de la Union Europea.
Puedo acumular las vacaciones de dos años?
Solo en casos especiales: maternidad, paternidad, incapacidad temporal prolongada o excedencia por cuidado de familiares. En circunstancias normales, las vacaciones no disfrutadas en el año natural se pierden (salvo que se puedan trasladar al primer trimestre del siguiente año por necesidades del servicio).
Los festivos nacionales y locales se anaden a las vacaciones?
Los festivos nacionales, autonómicos y locales no se descuentan de los dias de vacaciones. Los 22-25 dias habiles son dias de vacaciones puros, independientes del calendario de festivos.
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