Tasas de Oposiciónes 2026: Precios y Exenciones
Uno de los primeros costes a los que se enfrenta cualquier opositor al formalizar su inscripción es el pago de las tasas de examen. Su importe varía según el organismo convocante, el grupo de la plaza y la situación personal del candidato. Conocer cuánto vas a pagar, si tienes derecho a alguna reducción y cómo acreditarla correctamente te evitará sorpresas en el momento de la inscripción.
Esta guía recoge los importes más habituales en las convocatorias de 2026, los colectivos exentos y las condiciones para obtener reducciones del 50%.
Qué son las tasas de oposiciones y para qué sirven
Las tasas de derechos de examen son una exacción parafiscal que el candidato paga al organismo convocante en el momento de formalizar su solicitud de participación en un proceso selectivo. No son un pago por el empleo: son el precio por el derecho a ser evaluado.
La base legal de estas tasas se encuentra en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, y en las leyes de presupuestos generales del Estado de cada ejercicio, que actualizan los importes anualmente. Las comunidades autónomas tienen sus propias normativas de tasas, por lo que los importes y las condiciones de exención pueden diferir de las estatales.
Cuánto cuestan las tasas en 2026
Los importes de las tasas para oposiciones de la Administración General del Estado en 2026 se articulan en función del grupo de titulación exigido para la plaza:
Grupo A (A1 y A2): Las plazas que exigen titulación universitaria, como las de Técnico Superior, Inspector de Hacienda o Médico del Cuerpo de Sanidad Nacional, tienen tasas que oscilan entre los 27 y los 35 euros aproximadamente, dependiendo del cuerpo concreto.
Grupo C (C1): Las plazas que requieren Bachillerato o ciclo formativo de grado superior, como Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión Procesal, aplican tasas de entre 17 y 25 euros.
Grupo C (C2) y otros grupos: Las plazas de acceso con ESO o titulación equivalente suelen tener tasas de entre 12 y 20 euros.
Estos son importes orientativos basados en las convocatorias de ejercicios anteriores. Cada convocatoria específica fija su propio importe en las bases reguladoras, por lo que debes consultar siempre el texto oficial publicado en el BOE para saber exactamente cuánto debes pagar.
En las convocatorias de comunidades autónomas, los importes varían considerablemente. Algunas comunidades aplican tasas más bajas que las estatales, mientras que otras tienen importes similares o superiores. Las oposiciones de sanidad y educación autonómica, por ejemplo, pueden superar los 40 euros en algunas comunidades.
Quién está exento de pagar las tasas
La ley reconoce varios colectivos que tienen derecho a la exención total del pago de las tasas de examen. Los principales son:
Personas con discapacidad igual o superior al 33%: La exención es total para quienes tengan reconocido un grado de discapacidad del 33% o más. Esta exención está recogida de forma expresa en la Ley 8/1989 y en las sucesivas leyes de presupuestos. Para acreditarla, debes adjuntar a tu solicitud una copia del certificado de discapacidad expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
Víctimas de terrorismo: Las personas reconocidas oficialmente como víctimas del terrorismo, así como sus cónyuges e hijos, tienen derecho a la exención total. La acreditación se realiza mediante el certificado expedido por el Ministerio del Interior.
Estas son las exenciones reconocidas a nivel estatal. Algunas comunidades autónomas amplían estos supuestos, incluyendo, por ejemplo, exenciones para familias numerosas de categoría especial o para víctimas de violencia de género. Consulta la normativa de la comunidad convocante para conocer las exenciones aplicables en cada caso.
Reducción del 50% por desempleo
Además de las exenciones totales, la normativa estatal reconoce una reducción del 50% en el importe de la tasa para las personas en situación de desempleo que no perciban prestación o subsidio por desempleo.
Los requisitos para aplicar está reducción son:
- Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico correspondiente.
- No percibir prestación contributiva ni subsidio por desempleo en el momento de la inscripción.
- Acreditar ambas circunstancias mediante el certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o por el servicio autonómico de empleo.
Es importante subrayar que percibir cualquier tipo de prestación por desempleo, incluido el subsidio para mayores de 52 años o la Renta Activa de Inserción, excluye el derecho a está reducción. Solo quienes no reciban ningún tipo de ayuda económica por desempleo pueden acogerse al descuento del 50%.
Algunas convocatorias autonómicas aplican reducciones similares, pero con condiciones distintas. Por ejemplo, algunas comunidades conceden la reducción incluso a quienes perciben prestación, siempre que estén inscritos como demandantes de empleo. Lee con atención las bases de cada convocatoria.
Cómo solicitar la exención o reducción
El procedimiento para acogerse a una exención o reducción de tasas es el siguiente:
Paso 1 - Marcar la opción correspondiente en el formulario: Al rellenar la solicitud de inscripción, encontrarás un apartado específico donde debes indicar si solicitas alguna exención o reducción. Selecciona la que corresponde a tu situación.
Paso 2 - Adjuntar la documentación acreditativa: En función del tipo de exención o reducción solicitada, deberás adjuntar el documento que acredita tu condición (certificado de discapacidad, certificado del SEPE, etc.). La documentación puede adjuntarse de forma digital a través de la sede electrónica.
Paso 3 - Pagar el importe correcto: Si tu exención es total, no debes abonar ningún importe. Si tienes derecho a la reducción del 50%, debes pagar exactamente la mitad del importe establecido en la convocatoria. Pagar un importe incorrecto puede provocar la exclusión de tu solicitud.
Paso 4 - Guardar todos los justificantes: Conserva tanto el justificante de pago (o la acreditación de exención) como el documento que acredita tu derecho a la misma. Pueden ser requeridos en cualquier momento del proceso.
Qué pasa si pagas mal las tasas
El pago de las tasas es un requisito esencial del proceso de inscripción. Un pago incorrecto puede tener varias consecuencias:
Pago insuficiente: Si pagas menos de lo que corresponde sin tener derecho a exención o reducción, tu solicitud puede ser excluida. En algunos casos, el órgano convocante te da la oportunidad de subsanar el pago durante el período de corrección de defectos, pero no siempre.
Pago fuera de plazo: Las tasas deben pagarse dentro del plazo de presentación de solicitudes. Un pago realizado después del cierre del plazo no tiene validez y la solicitud será excluida.
Pago sin haber presentado solicitud: Las tasas ingresadas sin haber formalizado correctamente la solicitud no dan derecho a participar en el proceso. El ingreso de la tasa sin solicitud válida no produce efecto alguno.
No solicitar la devolución de tasas: Si finalmente no te presentes al examen, no realizas las pruebas o te retiras antes de finalizar el proceso por causas ajenas a tu voluntad (enfermedad grave acreditada, por ejemplo), algunas convocatorias permiten solicitar la devolución de las tasas abonadas. Infórmate de las condiciones para hacerlo antes de que caduque el plazo.
Tasas en las comunidades autónomas: diferencias relevantes
La diversidad normativa autonómica hace que los importes y las condiciones de exención varíen notablemente entre comunidades. Algunos ejemplos orientativos:
En Andalucía, las tasas para oposiciones de la Junta suelen ser algo superiores a las estatales para los grupos A, pero aplican exenciones para familias numerosas y para víctimas de violencia de género.
En Catalunya, las tasas de la Generalitat son comparables a las estatales. La exención por discapacidad se aplica desde el 33%, igual que en el Estado, y existen bonificaciones para menores de 30 años desempleados en algunos procesos.
En Madrid, la Comunidad de Madrid ha aplicado en los últimos años una política de reducción progresiva de tasas para determinadas categorías de plazas, con exenciones específicas en convocatorias de sanidad.
En Euskadi, el Gobierno Vasco aplica tasas propias para las oposiciones de la administración autonómica, con escalas diferenciadas por grupos y condiciones de exención similares a las estatales.
Consulta siempre la normativa de tasas de la comunidad que convoca el proceso en el que estás interesado, ya que los detalles pueden marcar una diferencia económica relevante.
Devolución de tasas: cuándo y cómo pedirla
La normativa estatal prevé la devolución de las tasas en los siguientes supuestos:
- Cuando el error en el pago es imputable a la Administración (por ejemplo, si el sistema de pago falla y se realiza un cargo duplicado).
- Cuando la convocatoria es anulada por la propia Administración antes de la celebración de las pruebas.
- Cuando el candidato no es admitido al proceso por causas no imputables al mismo.
Para solicitar la devolución, debes presentar un escrito dirigido al órgano gestor de la convocatoria, adjuntando los justificantes de pago y la documentación que acredite el motivo de la devolución. El plazo para solicitarla suele ser de cuatro años desde el ingreso, conforme a la prescripción general de los tributos.
Prepararse para el examen después de la inscripción
Una vez formalizada la inscripción y abonadas las tasas, comienza la cuenta atrás hacia el examen. Si todavía estás en fase de preparación o quieres consolidar el temario antes de la prueba, practicar con tests de oposiciones es una de las estrategias más efectivas para afianzar conocimientos y familiarizarte con el formato de las preguntas.
En testparaopos.es encontrarás tests gratuitos de las principales oposiciones convocadas en 2026, organizados por tema y con respuestas comentadas. Practicar de forma regular con preguntas tipo test te ayudará a identificar los bloques temáticos en los que necesitas reforzar y a llegar al examen con mayor seguridad.
Las tasas son un coste menor dentro de la inversión global que supone preparar unas oposiciones. Lo importante es gestionarlas correctamente desde el primer momento para no perder el derecho a participar por un error administrativo evitable.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo se tarda en aprobar una oposición?
El tiempo medio varía enormemente según la oposición. Algunas se pueden preparar en 6-12 meses, mientras que otras requieren 2-3 años de preparación. La constancia y el método son más importantes que el tiempo total.
¿Es mejor preparar una oposición con academia o por libre?
Ambas opciones tienen ventajas. La academia aporta estructura y simulacros, mientras que estudiar por libre ofrece más flexibilidad. La decisión depende de tu capacidad de autodisciplina y tu presupuesto.
¿Puedo trabajar mientras preparo una oposición?
Sí, muchos opositores compaginan trabajo y estudio. Requiere una planificación más rigurosa y aprovechar al máximo las horas disponibles, pero es perfectamente viable con organización.
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