EBEP Resumen para Oposiciónes 2026

· legislación

Qué es el EBEP y cuál es su ámbito de aplicación

El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, es la norma de referencia para todo lo relacionado con el personal al servicio de las Administraciones Públicas. Para las oposiciones al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, el EBEP es una de las leyes con mayor presencia en el examen.

El EBEP establece los principios generales aplicables al conjunto de las relaciones de empleo público. Su finalidad es fijar las bases comunes del empleo público en todas las administraciones: estatal, autonómica y local.

Su ámbito de aplicación incluye a:

  • El personal funcionario de las Administraciones Públicas
  • El personal laboral que presta servicios en las Administraciones Públicas

No es aplicable directamente al personal de empresas públicas, aunque éstas pueden desarrollar normas propias inspiradas en el EBEP.

Las clases de empleados públicos según el artículo 8

El EBEP distingue cuatro grandes categorías de empleados públicos que debes conocer perfectamente para el examen.

Funcionarios de carrera (artículo 9)

Son los que están vinculados a la Administración por una relación de servicios profesionales y retribuidos, regulada por el Derecho Administrativo, con carácter permanente. Acceden mediante procesos selectivos y tienen reconocido el derecho a la inamovilidad en la condición de funcionario.

Esta categoría representa la estabilidad máxima en el empleo público. Su nombramiento es definitivo y sólo pueden perder su condición por causas muy específicas establecidas en la ley.

Funcionarios interinos (artículo 10)

Son nombrados con carácter temporal para cubrir necesidades urgentes o inaplazables. Sus causas de nombramiento son:

  • Existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera
  • Sustitución transitoria de titulares
  • Ejecución de programas de carácter temporal no superior a tres años (prorrogable un año más)
  • Exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de 6 meses dentro de un período de 12

El cese del interino se produce automáticamente cuando finalice la causa que motivó su nombramiento. Es importante recordar que su situación es temporal y no genera derecho a la permanencia.

Personal laboral (artículo 11)

Vinculado a la Administración mediante contrato de trabajo. Puede ser fijo, por tiempo indefinido o temporal. En el examen es importante saber que sus condiciones se rigen fundamentalmente por el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos, aunque el EBEP les aplica en determinadas materias.

La diferencia principal con los funcionarios es que su relación jurídica se basa en el derecho laboral, no en el administrativo.

Personal eventual (artículo 12)

Nombrado discrecionalmente por los órganos correspondientes para desempeñar puestos de trabajo de confianza o asesoramiento especial. Cesa cuando cesa el órgano que lo nombró. No puede suponer mérito para el acceso a la función pública.

Este personal tiene una vinculación política y su continuidad depende de la confianza del órgano que lo designa.

El acceso al empleo público: principios y sistemas selectivos

Principios constitucionales de acceso (artículo 55)

El acceso a la función pública está regido por los principios constitucionales fundamentales:

  • Igualdad: en condiciones para todos los ciudadanos
  • Mérito: los mejores deben acceder según su capacidad
  • Capacidad: quienes acrediten las aptitudes necesarias

Adicionalmente, los procesos selectivos deben garantizar transparencia, publicidad, imparcialidad, profesionalidad de los órganos de selección e independencia de los órganos de selección respecto a los responsables de la gestión.

Sistemas selectivos (artículo 61)

Para el acceso de funcionarios de carrera se utilizan tres sistemas principales:

  • Oposición: uno o varios ejercicios para determinar la capacidad y aptitud
  • Concurso-oposición: valoración de méritos más realización de pruebas
  • Concurso: sólo valoración de méritos (excepcional para funcionarios de carrera)

Para los opositores al Auxiliar del Estado, el sistema es la oposición. Es el más exigente pero también el más transparente: el orden depende exclusivamente de la nota obtenida en las pruebas.

Oferta de Empleo Público (artículo 70)

Cada año, las Administraciones deben aprobar su Oferta de Empleo Público para las plazas vacantes dotadas presupuestariamente. La oferta debe publicarse en el Diario Oficial correspondiente y constituye el primer paso para la convocatoria de procesos selectivos.

Los grupos de clasificación profesional (artículo 76)

Los cuerpos y escalas se clasifican en grupos según la titulación exigida:

GrupoSubgrupoTitulación requerida
AA1Título universitario de Grado
AA2Título universitario de Grado (determinadas especialidades)
BTécnico Superior (FP)
CC1Bachillerato o Técnico
CC2Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

El Cuerpo General Auxiliar pertenece al subgrupo C2, por lo que la titulación mínima exigida es la Educación Secundaria Obligatoria.

Derechos y deberes de los empleados públicos

Derechos individuales (artículo 14)

Los empleados públicos tienen un amplio catálogo de derechos que debes conocer:

Derechos profesionales:

  • A la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera
  • Al desempeño efectivo de las funciones del puesto
  • A la progresión en la carrera profesional y a la promoción interna
  • A percibir las retribuciones y las indemnizaciones correspondientes
  • A participar en la consecución de los objetivos de la unidad donde prestan servicios

Derechos de protección:

  • A la defensa jurídica y protección de la Administración cuando actúen en ejercicio de sus funciones
  • A la formación continua y a la actualización permanente de conocimientos y capacidades
  • Al respeto a su intimidad y a la consideración debida a su dignidad
  • A la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones

Derechos de conciliación y bienestar:

  • A la adopción de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral
  • A las vacaciones, descansos, permisos y licencias
  • A recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo
  • A las prestaciones de la Seguridad Social o MUFACE correspondientes

Derechos individuales ejercidos colectivamente (artículo 15)

  • Libertad sindical
  • Negociación colectiva
  • Ejercicio de la huelga
  • Planteamiento de conflictos colectivos
  • Reunión

El código de conducta: principios éticos y de conducta

Principios éticos (artículo 52)

Los empleados públicos deben actuar con arreglo a principios éticos fundamentales:

  • Servir con objetividad a los intereses generales
  • Actuar con arreglo a los principios de la Constitución y del ordenamiento jurídico
  • No buscar ningún beneficio propio incompatible con sus funciones
  • Respetar los derechos de los ciudadanos y actuar diligentemente
  • Abstenerse en los asuntos en que tengan un interés personal
  • Administrar los recursos públicos con austeridad
  • Rechazar cualquier trato de favor o situación que les privilegie

Principios de conducta (artículo 54)

Los principios de conducta establecen pautas específicas de comportamiento:

  • Tratar con atención y respeto a los ciudadanos, superiores y compañeros
  • Desempeñar las tareas con diligencia
  • Mantener actualizada su formación
  • Observar las normas de seguridad y salud laboral
  • Poner en conocimiento de sus superiores las propuestas que contribuyan a mejorar el servicio
  • Guardar secreto de los asuntos que conozcan por razón de su cargo

Las situaciones administrativas: un tema clave para el examen

Este es uno de los bloques más preguntados en el examen. Debes conocer perfectamente las situaciones, cuándo se accede a ellas y qué derechos se conservan.

Servicio activo (artículo 86)

Es la situación ordinaria del funcionario. Ocupa un puesto de trabajo con todos sus derechos y obligaciones. Es la situación normal y habitual de la mayoría de los empleados públicos.

Servicios especiales (artículo 87)

Se pasa a esta situación cuando el funcionario es nombrado para:

  • Cargos de elección popular
  • Funciones en organismos internacionales
  • Alto cargo del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales
  • Funciones sindicales de ámbito estatal o autonómico

Efectos importantes:

  • Se reserva el puesto de trabajo
  • Se computa el tiempo a efectos de antigüedad, trienios y derechos pasivos
  • No se perciben retribuciones de la Administración de origen

Servicio en otras Administraciones Públicas (artículo 88)

Cuando el funcionario supera procesos selectivos en otras Administraciones. Se integra en la Administración de destino pero puede reincorporarse a la de origen si existe vacante adecuada.

Excedencia (artículo 89)

Existen varias modalidades con efectos diferentes:

Excedencia voluntaria por interés particular:

  • Puede solicitarse tras cinco años de servicios efectivos
  • No genera derecho a reingreso automático; depende de vacante de igual o similar nivel
  • No se computan servicios para ningún efecto
  • Duración mínima de dos años

Excedencia por cuidado de familiares:

  • Hasta tres años para el cuidado de hijos
  • Hasta dos años para el cuidado de familiar hasta segundo grado
  • Se reserva el puesto durante el primer año
  • Se computa el tiempo a efectos de trienios y carrera profesional

Excedencia por razón de violencia de género:

  • Se reserva el puesto indefinidamente
  • Se computan servicios
  • Derecho preferente al reingreso

Excedencia voluntaria por agrupación familiar:

  • Hasta 15 años cuando el cónyuge trabaja en otra localidad en la función pública
  • No se reserva puesto pero hay derecho preferente
  • No se computan servicios

Suspensión de funciones (artículo 90)

Puede ser provisional (durante tramitación de expediente disciplinario) o firme (como sanción). El funcionario suspendido no percibe retribuciones ni computa servicios para ningún efecto.

Reingreso al servicio activo (artículo 91)

El reingreso depende de la situación en que se encuentre el funcionario. En excedencia voluntaria por interés particular, requiere vacante adecuada y no hay derecho automático al reingreso.

Régimen disciplinario: faltas, sanciones y prescripción

Clasificación de las faltas disciplinarias (artículo 95)

Faltas muy graves:

  • Abandono del servicio
  • Adopción de acuerdos ilegales que causen perjuicio grave
  • Notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas
  • Acoso laboral
  • Condena penal firme por delito doloso relacionado con el servicio
  • Incumplimiento de las normas de incompatibilidades

Faltas graves:

  • Falta de obediencia debida a superiores y autoridades
  • Abuso de autoridad en el ejercicio del cargo
  • Conductas constitutivas de delito relacionadas con el servicio que no sean muy graves
  • Grave desconsideración hacia superiores, compañeros o ciudadanos
  • Incumplimiento o abandono de las funciones o tareas encomendadas

Faltas leves:

  • Incumplimiento injustificado del horario de trabajo
  • Incorrección con el público, superiores o compañeros
  • Descuido en el cumplimiento de las funciones encomendadas
  • Incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario

Sanciones disciplinarias (artículo 96)

Las sanciones que pueden imponerse son:

  • Separación del servicio (sólo para faltas muy graves)
  • Suspensión firme de funciones (de 3 días a 6 años según la gravedad)
  • Traslado forzoso sin derecho a indemnización
  • Demérito: penalización en la carrera, promoción o movilidad voluntaria
  • Apercibimiento (sólo para faltas leves)

No puede imponerse una sanción más grave que la correspondiente a la falta cometida, respetando el principio de proporcionalidad.

Prescripción de faltas y sanciones (artículo 97)

Tipo de faltaPrescripción de la faltaPrescripción de la sanción
Muy graves3 años3 años
Graves2 años2 años
Leves6 meses1 año

La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa encaminada a su averiguación o sanción.

Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas

El EBEP hace referencia a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Los funcionarios públicos no pueden ejercer actividades privadas o públicas que supongan conflicto de intereses con sus funciones.

Actividades compatibles:

  • Actividades de investigación científica y técnica
  • Docencia universitaria
  • Actividades artísticas, literarias o de carácter técnico
  • Colaboraciones esporádicas en publicaciones

Estas actividades requieren autorización previa o reconocimiento de compatibilidad para poder ejercerse junto con la función pública.

Estrategias para el examen del EBEP

Para preparar eficazmente este tema, prioriza estos aspectos:

  1. Clases de empleados públicos: Memoriza las diferencias entre funcionarios de carrera, interinos, personal laboral y eventual
  2. Grupos de clasificación: Conoce perfectamente qué titulación corresponde a cada grupo
  3. Principios de acceso: Igualdad, mérito y capacidad son fundamentales
  4. Derechos del artículo 14: Aparecen constantemente en preguntas tipo test
  5. Código de conducta: Distingue entre principios éticos y de conducta
  6. Situaciones administrativas: Especialmente las modalidades de excedencia y sus efectos
  7. Régimen disciplinario: Tipos de faltas, sanciones correspondientes y plazos de prescripción

La clave está en la práctica constante con tests específicos que te ayuden a identificar los matices y detalles que suelen preguntarse en el examen oficial.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un funcionario de carrera y uno interino?

El funcionario de carrera tiene una relación permanente con la Administración y derecho a la inamovilidad, mientras que el interino tiene carácter temporal y cesa cuando finaliza la causa que motivó su nombramiento. El funcionario de carrera accede mediante proceso selectivo público, el interino por necesidades urgentes.

¿Cuánto tiempo debo trabajar para solicitar excedencia voluntaria por interés particular?

Debes tener al menos cinco años de servicios efectivos como funcionario de carrera. La excedencia tiene una duración mínima de dos años y no genera derecho automático al reingreso.

¿Qué titulación necesito para el Cuerpo General Auxiliar del Estado?

El Cuerpo General Auxiliar pertenece al subgrupo C2, por lo que necesitas como mínimo el título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.

¿Cuándo prescribe una falta disciplinaria grave?

Las faltas graves prescriben a los dos años desde que se cometieron. Las sanciones por faltas graves también prescriben a los dos años desde que la resolución sancionadora adquiere firmeza.

¿Puedo trabajar en otra empresa siendo funcionario público?

En general no, debido a la Ley de Incompatibilidades. Sólo puedes ejercer actividades privadas en casos muy específicos y con autorización previa, como actividades de investigación, docencia universitaria o colaboraciones esporádicas.

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