Cortes Generales: Resumen para Oposiciónes

· legislación

Configuración bicameral: Congreso y Senado

El artículo 66.1 establece que las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Esta estructura bicameral no es de igualdad total: el Congreso tiene primacía sobre el Senado en la mayoría de las materias.

Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban los Presupuestos Generales del Estado, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias atribuidas por la Constitución (art. 66.2).

Las Cámaras son inviolables (art. 66.3): no puede ejercerse ningún tipo de represalia ni acción legal contra las Cortes por sus actuaciones como institución. Esta inviolabilidad institucional protege la independencia del poder legislativo frente a posibles presiones externas.

El Congreso de los Diputados: composición y funciones

Composición y sistema electoral

El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados (art. 68.1). En la práctica, desde 1977, está integrado por 350 diputados. La circunscripción electoral es la provincia y las ciudades de Ceuta y Melilla tienen un diputado cada una.

El mandato de los Diputados es de cuatro años (art. 68.4). Si el Congreso se disuelve anticipadamente, los nuevos diputados se eligen por el período que restaba.

Los escaños se distribuyen mediante representación proporcional con el método D’Hondt. Hay una barrera mínima del 3% de los votos válidos emitidos en la circunscripción para acceder al reparto.

Funciones exclusivas del Congreso

El Congreso tiene funciones que el Senado no puede ejercer o en las que el Congreso prevalece definitivamente:

  • Investidura del Presidente del Gobierno (art. 99)
  • Moción de censura constructiva (art. 113)
  • Cuestión de confianza (art. 112)
  • Autorización del estado de alarma y prórroga (art. 116)
  • Declaración del estado de excepción (art. 116)
  • Voto de bloqueo definitivo en el proceso legislativo

Estas competencias exclusivas reflejan la posición preeminente del Congreso como cámara de representación directa del pueblo español.

El Senado: la Cámara de representación territorial

Composición y elección

El Senado es la Cámara de representación territorial (art. 69.1). Se compone de senadores elegidos por sufragio universal y senadores designados por las Comunidades Autónomas (art. 69.5).

Cada provincia peninsular elige cuatro senadores, con independencia de su población. Las provincias insulares tienen su propio sistema: cada isla principal elige tres senadores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife) y las restantes islas e islotes eligen uno. Ceuta y Melilla eligen dos senadores cada una.

Las Comunidades Autónomas designan además un senador por cada millón de habitantes de su territorio (art. 69.5). El mandato es de cuatro años (o el período restante en caso de disolución).

Función constitucional específica

El Senado es Cámara de representación territorial, lo que le confiere protagonismo en los supuestos del artículo 155 (actuación del Estado sobre las CCAA que incumplan la Constitución). La aprobación del artículo 155 requiere mayoría absoluta del Senado, no del Congreso.

Esta función territorial del Senado se manifiesta también en su participación en los procedimientos de reforma de los Estatutos de Autonomía y en el control de la aplicación del principio de solidaridad entre las diferentes partes del territorio español.

Las sesiones y el régimen de trabajo de las Cámaras

Períodos ordinarios y extraordinarios

Las Cámaras se reúnen anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: de septiembre a diciembre y de febrero a junio (art. 73.1). Este calendario permite compatibilizar el trabajo parlamentario con los períodos vacacionales tradicionales.

Las Cámaras pueden reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras (art. 73.2).

La Diputación Permanente

Cuando las Cámaras no están en sesión, cuando han sido disueltas o han expirado sus mandatos, existe la Diputación Permanente en cada Cámara, que vela por los poderes de las Cámaras y asume funciones específicas (art. 78).

La Diputación Permanente garantiza la continuidad institucional del poder legislativo. Entre sus funciones destacan la convocatoria de sesiones extraordinarias y el control de los decretos-ley cuando las Cámaras no están reunidas.

El estatuto del parlamentario

Inviolabilidad e inmunidad

Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones (art. 71.1). La inviolabilidad es permanente e ilimitada temporalmente, protegiendo la libertad de expresión parlamentaria.

Durante el período de su mandato, los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito (art. 71.2). Para ser inculpados o procesados se necesitará la previa autorización de la Cámara respectiva (suplicatorio).

Fuero especial e incompatibilidades

Las causas contra los Diputados y Senadores serán competencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (art. 71.3). Este fuero especial garantiza que los parlamentarios sean juzgados por el más alto tribunal del país.

Los miembros de las Cortes Generales no podrán ser miembros del Consejo de Estado, del Tribunal de Cuentas ni de otros órganos fijados por la ley de incompatibilidades. Estas incompatibilidades aseguran la separación de poderes y evitan conflictos de intereses.

El procedimiento legislativo ordinario

Iniciativa legislativa

La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso, al Senado, a las Asambleas de las Comunidades Autónomas y a la iniciativa legislativa popular con al menos 500.000 firmas (art. 87).

La iniciativa popular no puede versar sobre materias propias de ley orgánica, tributarias, de carácter internacional ni sobre el derecho de gracia. Esta limitación protege las competencias más sensibles del Estado.

Tramitación parlamentaria

El proyecto de ley se tramita primero en el Congreso, donde pasa por fase de enmiendas, ponencia y comisión. El Pleno vota el dictamen de la comisión (art. 88-90).

Aprobado por el Congreso, el texto pasa al Senado, que dispone de dos meses para aprobarlo, enmendarlo o vetarlo (art. 90.2):

  • Si el Senado opone veto: el Congreso puede levantarlo por mayoría absoluta o, transcurridos dos meses, por mayoría simple
  • Si el Senado introduce enmiendas: el Congreso decide por mayoría simple si las acepta o rechaza

Sanción y promulgación

El Rey sanciona las leyes aprobadas por las Cortes Generales, las promulga y ordena su inmediata publicación (art. 91). El plazo para la sanción es de 15 días.

La sanción real es un acto debido, no discrecional. El Rey no puede negarse a sancionar una ley aprobada por las Cortes Generales conforme al procedimiento constitucional.

Los tipos de leyes en la Constitución

Leyes orgánicas

Las leyes orgánicas regulan los derechos fundamentales (Sección 1.ª del Capítulo II del Título I), los Estatutos de Autonomía, el régimen electoral general y las demás materias previstas en la Constitución (art. 81.1).

Requieren mayoría absoluta del Congreso en votación final sobre el conjunto del proyecto. El Senado puede oponerse pero el Congreso prevalece. Esta mayoría reforzada refleja la importancia de las materias reguladas.

Leyes ordinarias y especiales

Las leyes ordinarias requieren mayoría simple y no pueden regular las materias reservadas a ley orgánica. Constituyen el tipo normal de ley en nuestro ordenamiento jurídico.

Las leyes de bases permiten que el Gobierno pida a las Cortes que le deleguen la potestad de dictar normas con rango de ley mediante texto articulado (legislación delegada, art. 82).

Decretos legislativos y decretos-ley

Los decretos legislativos son las normas con rango de ley que dicta el Gobierno en virtud de delegación de las Cortes (arts. 82-85). Requieren previa autorización parlamentaria específica.

En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decreto-ley (art. 86). No pueden afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, los derechos y libertades del Título I, el régimen de las Comunidades Autónomas ni el Derecho electoral general. El Congreso debe convalidarlos o derogarlos en 30 días.

Los mecanismos de control parlamentario

Control ordinario

Las Cortes controlan al Gobierno a través de los mecanismos del Título V (arts. 108-116). Cualquier grupo parlamentario o diputado puede interpelar al Gobierno o formular preguntas. Las interpelaciones pueden dar lugar a una moción (art. 111).

Este control ordinario se ejerce de forma continuada y permite a la oposición fiscalizar la acción gubernamental. Las preguntas pueden ser orales o escritas, y las interpelaciones requieren debate en el Pleno.

Control de responsabilidad política

La moción de censura constructiva permite al Congreso exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de una moción de censura (art. 113). Es “constructiva” porque debe incluir un candidato alternativo a la Presidencia del Gobierno.

El Presidente del Gobierno puede plantear al Congreso una cuestión de confianza. Si no obtiene la confianza por mayoría simple, debe presentar su dimisión (art. 112).

Estos mecanismos garantizan que el Gobierno mantenga el apoyo parlamentario necesario para gobernar, reforzando el principio democrático de responsabilidad política.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia principal entre el Congreso y el Senado?

El Congreso es la cámara de representación directa del pueblo español, mientras que el Senado es la cámara de representación territorial. El Congreso tiene primacía en la mayoría de funciones, especialmente en la investidura del Presidente del Gobierno y en el procedimiento legislativo.

¿Qué mayoría se necesita para aprobar una ley orgánica?

Las leyes orgánicas requieren mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en la votación final sobre el conjunto del proyecto. Esta mayoría reforzada (176 diputados de 350) refleja la importancia de las materias que regulan estas leyes.

¿Cuánto tiempo tiene el Senado para pronunciarse sobre una ley?

El Senado dispone de dos meses para aprobar, enmendar o vetar un proyecto de ley que llega del Congreso. Si transcurre este plazo sin pronunciamiento, se entiende que ha dado su aprobación al texto.

¿Qué es la inviolabilidad parlamentaria?

La inviolabilidad protege a los parlamentarios por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones. Es permanente e ilimitada temporalmente, garantizando la libertad de expresión en el debate parlamentario sin temor a represalias posteriores.

¿Cuándo puede el Gobierno dictar un decreto-ley?

El Gobierno puede dictar decretos-ley en casos de extraordinaria y urgente necesidad. Estas normas tienen carácter provisional y deben ser convalidadas o derogadas por el Congreso en un plazo de 30 días desde su promulgación.

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